Regl. 4121

Enmienda el Reglamento Num. 9 sobre propiedad excedente. No incluido en el Índice bajo la Ley 149 del 12/dic./2005

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4121 20 Núm. Fecha: Aprobado; Antonio J. Colorado Secretario de Estado Por. Secretario Auxiliar de Estado ADMINISTRACION DE SERVICIOS GENERALES ENMIENDAS AL REGLAMENTO NUMERO 9 DE PROPIEDAD EXCEDENTE Para enmendar el Artículo 22 en su inciso 5.a.1) d) e) y cambiar el orden de las letras: f) por g) y g) por f), para que lea como sigue: "5. Procedimiento Para la Venta de Medios de Transportación Motorizados, Gomas Baterías y Chatarra al Sector Público a. Automóviles declarados excedentes para la venta 1) Normas para la Venta a) b) c) d) Para cada unidad a subastarse se hará una tasación por el Departamento de Hacienda, sin que se entienda que esta acción limita al Administrador de la Administración de Servicios Generales a poder contratar los servicios de un tasador privado. e) El precio mínimo aceptable para adjudicar una partida de la subasta será el cincuenta porciento (50%) del valor tasado. f) En caso de que alguna unidad reciba ofertas por debajo del precio mínimo aceptable la Junta de Subastas celebrará una segunda subasta del remanente, Página #2 excepto que no se establecerá precio mínimo sino que se adjudicará a la oferta mayor. g) En caso de que a alguna unidad no reciba ofertas de compra en la segunda subasta, la Junta de Subastas instruirá al Area de Transporte de la Administración de Servicios Generales para que proceda a extraerle las partes utilizables a la unidad con el propósito de reparar vehículos activos de la flota y el resto convertirlo en chatarra y disponer de el según la reglamentación vigente." VIGENCIA: Estas enmiendas entrarán en vigor treinta (30) días después de su radicación en el Departamento de Estado de Puerto Rico, conforme las disposiciones de la Ley Núm. 170 del 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida como "Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Estado Libre Asociado de Puerto Rico". APROBADO en San Juan, Puerto Rico, a los 20 días del mes de febrero de 1990. Franklin Martinez Monge Administrador
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