Regl. 4710

Res. 92-11 para enmendar el Reglamento 4453, Reglamento de Personal.

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Cite as Reglamento Núm. 4710

4710 INDICE ENMIENDA A LA SECCION 107.61 DEL REGLAMENTO DE PERSONAL APROBADO EL 19 DE SEPTIEMBRE DE 1990 RESOLUCION NUMERO 92-11 PAGINA Resolución 1 107.61 - Término para Apelar 1 2 Resuelvase 2 Firma Presidente Junta de Directores: Secretario Junta de Directores; Certificación Sub-Secretaria Junta de Directores 2 Nt 4710 Fecha Secretario de Estado JUNTA DE DIRECTORES Secretaria Auxiliar de Estado AUTORIDAD DE LOS PUERTOS DE PUERTO RICO SAN JUAN, PUERTO RICO RESOLUCION PARA LA AUTORIDAD DE LOS PUERTOS DE PUERTO RICO El Director Ejecutivo de la Autoridad de los Puertos, sometió el siguiente asunto a la consideración y aprobación de la Junta de Directores: ENMIENDA A LA SECCION 107.61 DEL REGLAMENTO DE PERSONAL APROBADO EL 19 DE SEPTIEMBRE DE 1990 Informó el Director Ejecutivo que en umplimiento con las disposiciones de la Ley Núm. 170, del 12 de agosto de 1988, según enmendada, la propuesta enmienda fue notificada en un periódico de circulación general en Puerto Rico, y que pasado 30 días a partir de la fecha de publicación, no se han recibido comentarios al respecto. Explicó el Director que el propósito de la enmienda es atemperar la Sección 107.61 del Reglamento de Personal con el Artículo VI, Inciso 2 del Reglamento de la Junta Apelativa de la Autoridad de los Puertos, el cual establece U. término de 30 días calendarios para apelar las decisiones de la autoridad nominadora ante dicho organismo. La enmienda propuesta al Reglamento de Personal deberá leer de la siguiente manera: 107.61 Término para Apelar El término para apelar cualquier caso ante la Junta Apelativa será de treinta (30) días calendarios a partir de la notificación de la acción tomada. Este término será final e improrrogable, por lo que la Junta Apelativa carecerá de jurisdicción para entender en cualquier caso en que la apelación se haya nterpuesto fuera de dicho término. Analizados los planteamientos hechos por el Director Ejecutivo de la Autoridad de los Puertos, la Junta de Directores aprobó la siguiente Resolución: RESOLUCION NUM. 92-11 RESUELVASE: Aprobar la enmienda propuest a la Sección 107.61 del Reglamento de Personal de la Autoridad de los Puertos por considerar la misma conveniente y necesaria al interés público y en armonía con los propósitos para los cuales fue creada la Autoridad de los Puertos. Dada en San Juan, Puerto Rico, hoy 13 de mayo de 1992. aefunds PRESIDENTE DE Salizar DIRECTORES JUNTA DE DIRECTORES Certifico que la presente es copia fiel y exacta de la Resolución Núm. 92-11 del 13 de 5 de 1992 merical America Lameiro de Irizarr Sub-Secretaria
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