Regl. 5412

Res. PUT-RMSJ, 8va. Enmienda al Plan Vial y Otros Elementos del Plan de Transportación , Región Metropolitana de San Juan:

Length: 1,103 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 5412

Núm. 5412 OFICINA DEL GOBERNADOR 23 Fecha abril do 11.03 A.U. JUNTA DE PLANIFICACION SANTURCE, PUERTO RICO Por: Lunder Ide Pablicise Secretario de Estado Resolición PUT-RMSJ Secretaria Auxiliar de Estado Octava Enmienda RESOLUCION ADOPTANDO ENMIENDAS AL PLAN VIAL Y OTROS ELEMENTOS DEL PLAN DE TRANSPORTACION QUE FORMA PARTE DEL PLAN DE USOS DE TERRENOS PARA LA REGION METROPOLITANA DE SAN JUAN POR CUANTO: La Ley Orgánica de la Junta de Planificación de Puerto Rico, Ley Número 75 del 24 de junio de 1975, según enmendada, autoriza a la Junta de Planificación a preparar y adoptar planes de usos de terrenos que pueden ser regionales, urbanos, rurales, municipales y de otras escalas geográficas. POR CUANTO: Los Planes de Usos de Terrenos designarán la distribucion, localización, extension e intensidad de los usos de los terrenos para propósitos urbanos, rurales, agricolas de explotación minera, bosques, conservación y protección de los recursos naturales, recreación, transportación y comunicaciones, generación de energia y para actividades residenciales, comerciales, industriales, educativas, publicas e institucionales. POR CUANTO: Mediante la Resolución PUT-AMSJ del 22 de septiembre de 1981, se adopto el Plan Vial y Otros Elementos del Plan de Transportación que forma parte del Plan de Usos del Terreno para la Resolución PUT-RMSJ Página 2 POR CUANTO: E1 municipio de Guaynabo presentó a la consideración de la Junta varias posibles enmiendas al Plan Vial, Elemento del Plan de Usos del Terreno y de Transportación para la Región Metropolitana de San Juan. POR CUANTO: La enmienda propuesta consiste en: La inclusion del desvio de la Carretera Estatal Nom. 834 desde la Carretera Estatal Núm. 20, Kilometro 9.2 al norte, extendiendose 4.6 kilometros hacia el sur y terminando en la Carretera Estatal Num. 835. Aproximadamente 1.4 kilometros de la via propuesta ubica dentro del area de expansion urbana delimitada para el Municipio de Guaynabo, y los restantes 3.2 kilometros ubican en zona rural. E1 derecho de vía propuesto para esta carretera es de 24.85 metros. A estos efectos radicó una consulta de ubicación y transacción especial con el número 95-16-0019-JGE-T. POR CUANTO: E1 2 de marzo de 1995, la consulta de ubicación y transacción, así como la propuesta enmienda al Plan Vial fue discutida en vista pública. En dicha vista pública se consideró, entre estos, la necesidad, viabilidad fisica y económica de la propuesta. POR CUANTO: La Junta estudio, analizo y pondero los planteamientos y recomendaciones hechos por los Resolución PUT-RMSJ Página 3 POR LO TANTO: La Junta de Planificación de Puerto Rico, en virtud de los poderes que le confiere la Ley, por la presente RESUELVE: Adoptar las enmiendas al Plan Vial y Otros Elementos del Plan de Transportación para la Region Metropolitana de San Juan, según propuesta y discutida, así como en consideración de los fundamentos expuestos por el Municipio de Guaynabo. NORMA E BURGOS ANDUJAR PRESIDENTA Jose R. Caballeso Mercado JOSE R. CABALLERO MERCADO FIGUEROA RODRIGUEZ MIEMBRO ASOCIADO MIEMBRO ALTERNO Certifico adoptada hoy 12 de abril de 1995. Trias ESTADO IRPE ASOCIADO DE PUERTO RICO LUIS A. FRIAS TABOAS OFICINA DEL GOBERNADOR JUNTA DE PLANIFICACION SECRETARIO JUAN UNICIPIO 8 of % x M M El Deberints " 134 mey ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO LA FORTALEZA SAN JUAN. PUERTO RICO 5412 Boletin Administrativo Num OE-1995-34 ORDEN EJECUTIVA DEL GOBERNADOR DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO PARA ENMENDAR EL PLAN VIAL Y OTROS ELEMENTOS DEL PLAN DE TRANSPORTACION QUE FORMA PARTE DEL PLAN DE USOS DEL TERRENO PARA LA REGION METROPOLITANA DE SAN JUAN POR CUANTO: La Ley Núm. 75 de 24 de junio de 1975, según enmendada, conocida coma "Ley Orgánica de la Junta de Planificación de Puerto Rico", autoriza a la Junta de Planificación a preparar y adoptar planes de usos de terrenos que pueden ser regionales. urbanos, rurales, municipales y de otras escalas geográficas. POR CUANTO: Los Planes de Usos de Terrenos designarán la distribución, localización, extensión e intensidad de los usos de los terrenos para propósitos urbanos, rurales. agricolas de explotación minera, bosques, conservación y protección de los recursos naturales, recreación, transportación y comunicaciones, generación de energia y para actividades residenciales, comerciales, industriales, educativas, públicas e institucionales. POR CUANTO: Mediante la Resolución PUT-AMSJ del 22 de septiembre de 1981, se adoptó el Plan Vial y otros Elementos del Plan de Transportación que forma parte del Plan de Usos del Terreno para la Región Metropolitana de San Juan, en cuyos mapas se ilustran las vias propuestas 0 futuras. POR CUANTO: El Gobernador de Puerto Rico aprobó el Plan de Usos del Terreno y Transportación para la Región Metropolitana de San Juan, el 31 de marzo de 1982. Estatal Num 34 desde la Carretera Estatal Num 20. kilometro 9.2 al norte. extendiendose 46 kilometros hacia el sur y terminando en la Carratera Estatal Num 835 Aproximadamente. 14 kilometros de la via propuesta ubica dentro del area de expansion urbana delimitada para el Municipio de Guaynabo, y los restantes 3.2 kilómetres ubican en zona rural. El derecho de via propuesto para esta carretera es de 24.85 metros. A estos efectos se radico una consulta de ubicación y transacción especial con el número 95-16- 0019-JGE-T POR CUANTO: El 2 de marzo de 1995, la consulta de ubicación y transacción, asi como la propuesta enmienda al Plan Vial fue discutida en vista pública. En dicha vistal pública se considero. entre estos. la necesidad, viabilidad fisica y económica de la propuesta. POR CUANTO: La Junta estudió, analizo y ponderó los planteamientos y recomendaciones hechos por los organismos gubernamentales y la ciudadania sobre las propuestas enmiendas e incorporó aquéllos que consideró viables y beneficiosos al interés público. POR CUANTO: La Junta de Planificación de Puerto Rico, en virtud de los poderes que le confiere la Ley, adoptó el 12 de abril de 1995, la enmienda al Plan Vial y otros Elementos de Transportación para la Región Metropolitana de San Juan, según propuesta y discutida, asi como en consideración de los fundamentos expuestos por el Municipio de Guaynabo. POR TANTO: YO, PEDRO ROSSELLO, Gobernador de Puerto Rico, en virtud de lo dispuesto en la Ley Núm. 75 de 24 de junio de 1975, según enmendada, conocida como "Ley Orgánica de la Junta de Planificación de Puerto Rico" por la presente dispongo lo siguiente: SEGUNDO: Esta Orden Ejecutiva tendra vigencia inmediata EN TESTIMONIO DE LO CUAL. expido la presente baio mi firma y hago estampar en ella el Gran Sello del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. en la Ciudad de San Juan. how dia ! de junic de 1995 = Tedu Keneler PEDRO ROSSELLO GOBERNADOR Promulgada de acuerdo con la ley, hoy 1 de junio de 1995 Tate Baltasar Corrada del Río Secretario de Estado
Regl. 5412: Res. PUT-RMSJ, 8va. Enmienda al Plan Vial y Otros Elementos del Plan de Transportación , Región Metropolitana de San Juan: | Justis AI