Regl. 5710
Plan Conceptual de Desarrollo Turístico de la Costa Norte de Puerto Rico:
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Cite as Reglamento Núm. 5710
OFICINA DEL GOBERNADOR
JUNTA DE PLANIFICACION
SANTURCE, PUERTO RICO
Núm.
5710
5
de
Fecha:
RESOLUCION NUM. JP-96-PUT-PDTCN
Por:
RESOLUCION
Secretario Auxiliar de Servicios
ADOPTANDO EL PLAN CONCEPTUAL DE DESARROLLO TURISTICO
DE LA COSTA NORDESTE DE PUERTO RICO
POR
CUANTO : La Junta de Planificación de Puerto Rico está
facultada para preparar y adoptar planes de
usos de terrenos al amparo de la Ley Núm. 75
del 24 de junio de 1975, según enmendada.
POR CUANTO : Los planes de usos de terrenos pueden ser
regionales, urbanos, rurales, municipales y de
otras escalas geográficas.
POR CUANTO
:
Los planes de usos de terrenos designarán la
distribución, localización, extensión e
intensidad de los usos de los terrenos para
propósitos urbanos, rurales, agrícolas,
implantación minera, bosques, conservación y
protección de los recursos naturales,
recreación, transportación y comunicaciones,
generación de energía y para actividades
residenciales, comerciales, industriales,
educativas, públicas e institucionales.
POR
CUANTO
:
La Ley Núm. 75 del 24 de junio de 1975, según
enmendada, faculta a la Junta de Planificación
a propiciar la creación e implantación de
planes de desarrollo socio- económico y
urbano, que propendan al mejoramiento de las
condiciones económicas de la población y
elevar la calidad de vida.
- the . - -
OPICINA en
JUNTA or PLAINPICACIÓN
-2-
POR CUANTO : La Junta de Planificación y la Compañía de
Turismo han establecido una alianza
estratégica con el propósito de formular e
implantar políticas y estrategias orientadas
al desarrollo de la actividad turística como
alternativa para impulsar el desarrollo
económico.
POR CUANTO : La política económica de la administración
gubernamental, actualmente favorece
intensificar la actividad turística y si
posible duplicar la misma.
POR CUANTO
:
Se han llevado a cabo talleres interagenciales
y reuniones donde se han obtenido
recomendaciones e insumos referentes a definir
la actividad turística como una de las
variables principales para impulsar el
crecimiento económico.
POR CUANTO
:
El día 16 de diciembre de 1994 se presentó en
vista pública el documento correspondiente al
Plan Conceptual para el desarrollo turístico
de la Costa Nordeste de Puerto Rico, que
incluye los Municipios de Río Grande, Luquillo
y Fajardo.
POR CUANTO : Esta Junta de Planificación al celebrar dicha
vista le ofreció la oportunidad a los
organismos gubernamentales y entidades
privadas, así como a la ciudadanía en general
de someter sus recomendaciones y comentarios.
POR CUANTO : La Junta de Planficación de Puerto Rico,
estudió y ponderó los planteamientos y
recomendaciones de la ciudadanía y organismos
gubernamentales, así como los estudios e
- Live Associate - here -
.
OFICIRA BIL
ARTA 04 PLANTICACION
-3-
información relacionados a los recursos
naturales, características físicas,
económicas y urbanas de la Región Nordeste.
POR TANTO : La Junta de Planificación luego de incorporar
los insumos y recomendaciones relevantes y
pertinentes RESUELVE ADOPTAR el Plan
Conceptual de Desarrollo Turístico de la Costa
Nordeste de Puerto Rico.
Adoptado en San Juan, Puerto Rico, hoy 12 de junio de 1996.
Norma Burgos Andújar
Inc R. Caballen Mercado
Dillars
José R. Caballero Mercado
William Figueroa Rodriguez
Miembro Asociado
Miembro Asociado
Victoria
CERTIFICO: Que la anterior es copia fiel y exacta de la
Resolución adoptada por la Junta de Planificación de Puerto
Rico, en su reunión celebrada el 12 de junio del996 y para
su conocimiento y uso general expido la presente copia bajo
mi firma y sello oficial de la Junta, en San Juan, Puerto
Rico, hoy 18 NOV 1996
Trian
Luis A. Frías Taboas
Secretario
les law -
OFICINA
-
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
LA FORTALEZA
SAN JUAN, PUERTO RICO
Boletin Administrativo Núm. OE-1996-38
ORDEN EJECUTIVA DEL GOBERNADOR DEL
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
PARA APROBAR EL PLAN CONCEPTUAL DE DESARROLLO
TURISTICO DE LA COSTA NORDESTE DE PUERTO RICO.
POR CUANTO:
La Junta de Planificación de Puerto Rico, a tenor con las disposiciones de la
Ley Núm. 75 de 24 de junio de 1975, según enmendada, conocida como
"Ley Orgánica de la Junta de Planificación de Puerto Rico", está facultada
para preparar, adoptar y enmendar Planes de Usos de Terreno.
POR CUANTO:
Los "Planes de Usos de Terreno" pueden ser regionales, urbanos, rurales,
municipales, sectoriales y de otras escalas geográficas.
POR CUANTO:
La misión de la Junta de Planificación comprende el desarrollo de
instrumentos de planificación que, a través de su implantación, propenden al
desarrollo económico y a mejorar la calidad de vida de la población.
POR CUANTO:
La Junta de Planificación, en coordinación y alianza estratégica con la
Compañía de Turismo, ha considerado recomendable impulsar el crecimiento
económico de determinados sectores a través de la actividad turistica.
POR CUANTO:
A tenor con las disposiciones contenidas en los Artículos 23 y 27 de la Ley
Núm. 75, antes citada, la Junta de Planificación celebró el día 16 de diciembre
de 1994 una vista pública donde agencias gubernamentales, entidades
ambientalistas y comunales y diversos sectores de la ciudadanía, se
expresaron ampliamente sobre el documento presentado correspondiente al
Plan.
POR CUANTO:
Los insumos, señalamientos y recomendaciones que surgieron en la vista
pública antes mencionada, fueron considerados significativamente en el
proceso de revisión del documento en cuestión y en los mapas
correspondientes.
2
POR CUANTO:
La Junta de Planificación de Puerto Rico acordó adoptar el "Plan Conceptual
de Desarrollo Turistico de la Costa Nordeste de Puerto Rico", el día 12 de
junio de 1996.
POR TANTO:
YO, PEDRO ROSSELLO, Gobernador de Puerto Rico, en virtud de los
poderes inherentes a mi cargo y de la autoridad que me ha sido conferida por
la Constitución y las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por la
presente dispongo lo siguiente:
PRIMERO:
Apruebo el "Plan de Desarrollo Turístico de la Costa Nordeste de Puerto
Rico".
SEGUNDO:
Esta Orden Ejecutiva tendrá vigencia inmedia.
JEN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido la presente bajo mi firma
y hago estampar en ella el Gran Sello del Estado Libre Asociado de
Puerto Rico, en la Ciudad de San Juan, hoy día 11 de
agosto de 1996.
Line
INSURED
111
OF
Pideo Roselio
THE
PEDRO ROSSELLO
GOBERNADOR
CELL
Promulgada de acuerdo con la ley, hoy 14 de agosto de 1996.
Alcidee Ortiz Ferrari
Secretari de Estado Interino
Pian Conceptual de
Desarrollo Turístico de la
Costa Nordeste de Puerto Rico
5710
OCEANO ATLANTICO
mayo 1996
Hon. Pedro J. Rosselló
Gobernador
Plan. Norma E. Burgos
Presidenta
Lcdo. Luis Fortuño
OFICINA DEL GOBERNADOR
Birector Ejecutivo
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
Compañía de Turismo
Plan Conceptual de Desarrollo
Turistico de la Costa Nordeste
de Puerto Rico
5710
HON. PEDRO J. ROSSELLO
GOBERNADOR
PLAN. NORMA E. BURGOS
LCDO. LUIS FORTUÑO
PRESIDENTA
DIRECTOR EJECUTIVO
JUNTA DE PLANIFICACION
COMPANIA DE TURISMO
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
LA FORTALEZA
SAN JUAN, PUERTO RICO
Boletin Administrativo Núm OE-1996-38
5910
ORDEN EJECUTIVA DEL GOBERNADOR DEL
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
PARA APROBAR EL PLAN CONCEPTUAL DE DESARROLLO
TURISTICO DE LA COSTA NORDESTE DE PUERTO RICO.
POR CUANTO:
La Junta de Planificación de Puerto Rico, a tenor con las disposiciones de la
Ley Núm. 75 de 24 de junio de 1975, según enmendada, conocida como
"Ley Organica de la Junta de Planificación de Puerto Rico", está facultada
para preparar. adoptar y enmendar Planes de Usos de Terreno
POR CUANTO:
Los "Planes de Usos de Terreno" pueden ser regionales, urbanos, rurales.
municipales, sectoriales y de otras escalas geográficas.
POR CUANTO:
La misión de la Junta de Planificación comprende el desarrollo de
instrumentos de planificación que, a través de su implantación, propenden al
desarrollo económico y a mejorar la calidad de vida de la población.
POR CUANTO:
La Junta de Planificación, en coordinación y alianza estratégica con la
Compañia de Turismo, ha considerado recomendable impulsar el crecimiento
económico de determinados sectores a través de la actividad turistica.
POR CUANTO:
A tenor con las disposiciones contenidas en los Artículos 23 y 27 de la Ley
Núm. 75, antes citada. la Junta de Planificación celebró el dia 16 de diciembre
de 1994 una vista pública donde agencias gubernamentales, entidades
ambientalistas y comunales y diversos sectores de la ciudadania, se
expresaron ampliamente sobre el documento presentado correspondiente al
Plan.
POR CUANTO:
Los insumos, señalamientos y recomendaciones que surgieron en la vista
pública antes mencionada, fueron considerados significativamente en el
proceso de revisión del documento en cuestión y en los mapas
correspondientes.
POR CUANTO:
La Junta de Planificación de Puerto Rico acordó adoptar el "Plan Conceptual
de Desarrollo Turistico de la Costa Nordeste de Puerto Rico", el dia 12 de
junio de 1996.
POR TANTO:
YO, PEDRO ROSSELLO, Gobernador de Puerto Rico, en virtud de los
poderes inherentes a mi cargo y de la autoridad que me ha sido conferida por
la Constitución y las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por la
presente dispongo lo siguiente:
PRIMERO:
Apruebo el "Plan de Desarrollo Turistico de la Costa Nordeste de Puerto
Rico"
SEGUNDO:
Esta Orden Ejecutiva tendrá vigencia inmedia.
EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido la presente bajo mi firma
y hago estampar en ella el Gran Sello del Estado Libre Asociado de
Puerto Rico, en la Ciudad de San Juan, hoy día 11 de
agosto de 1996.
CODE
STATE
1111
Pedio Roselio
the
PEDRO ROSSELLO
GOBERNADOR
call
Promulgada de acuerdo con la ley, hoy 14 de agosto de 1996.
Secretario de Estado Interino
Alcidee Di Ortiz Ferrari
GOBIERNO DE PUERTO RICO
OFICINA DEL GOBERNADOR
JUNTA DE PLANIFICACION Núm. 5710
SANTURCE,
PUERTO
RICO
Fecha:
de
1947
Aprobade: Norma Burgos
Secretaria de Estado
RESOLUCION NUM. JP-96-PUT-PDTCN
Por:
RESOLUCION
Secretario Auxiliar de Servicios
ADOPTANDO EL PLAN CONCEPTUAL DE DESARROLLO TURISTICO
DE LA COSTA NORDESTE DE PUERTO RICO
POR
CUANTO : La Junta de Planificación de Puerto Rico está
facultada para preparar y adoptar planes de
usos de terrenos al amparo de la Ley Núm. 75
del 24 de junio de 1975, según enmendada.
POR
CUANTO Los planes de usos de terrenos pueden ser
regionales, urbanos, rurales, municipales y de
otras escalas geográficas.
POR
CUANTO
Los planes de usos de terrenos designarán la
distribución, localización, extensión e
intensidad de los usos de los terrenos para
propósitos urbanos, rurales, agrícolas,
implantación minera, bosques, conservación y
protección de los recursos naturales,
recreación, transportación y comunicaciones,
generación de energía y para actividades
residenciales, comerciales, industriales,
educativas, públicas e institucionales.
POR CUANTO
:
La Ley Núm. 75 del 24 de junio de 1975, según
enmendada, faculta a la Junta de Planificación
a propiciar la creación e implantación de
planes de desarrollo socio- económico y
urbano, que propendan al mejoramiento de las
condiciones económicas de la población y
elevar la calidad de vida.
POR CUANTO : La Junta de Planificación y la Compañía de
Turismo han establecido una alianza
estratégica con el propósito de formular e e
implantar políticas y estrategias orientadas
al desarrollo de la actividad turística como
alternativa para impulsar el desarrollo
económico.
POR CUANTO
: La política económica de la administracion
gubernamental, actualmente favorece
intensificar la actividad turística y si
posible duplicar la misma.
POR CUANTO
: Se han llevado a cabo talleres interagenciales
y reuniones donde se han obtenido
recomendaciones e insumos referentes a definir
la actividad turística como una de las
variables principales para impulsar el
crecimiento económico.
POR CUANTO
:
El día 16 de diciembre de 1994 se presentó en
vista pública el documento correspondiente al
Plan Conceptual para el desarrollo turístico
de la Costa Nordeste de Puerto Rico, que
incluye los Municipios de Río Grande, Luquillo
y Fajardo.
POR CUANTO
: Esta Junta de Planificación al celebrar dicha
vista le ofreció la oportunidad a los
organismos gubernamentales y entidades
privadas, así como a la ciudadanía en general
de someter sus recomendaciones y comentarios.
POR CUANTO : La Junta de Planficación de Puerto Rico,
estudió y ponderó los planteamientos y
recomendaciones de la ciudadanía y organismos
gubernamentales, así como los estudios e
-3-
información relacionados a los recursos
naturales, características físicas,
económicas y urbanas de la Región Nordeste.
POR TANTO
: La Junta de Planificación luego de incorporar
los insumos y recomendaciones relevantes Y
pertinentes RESUELVE ADOPTAR el Plan
Conceptual de Desarrollo Turístico de la Costa
Nordeste de Puerto Rico.
Adoptado en San Juan, Puerto Rico, hoy 12 de junio de 1996.
Norma Burgos Andújar
Presidenta
Im n. Caballero Mucado
José R. Caballero Mercado
William Figueroa Rodríguez
Miembro Asociado
Miembro Asociado
Astrid
CERTIFICO: Que la anterior es copia fiel y exacta de la
Resolución adoptada por la Junta de Planificación de Puerto
Rico, en su reunión celebrada el 12 de juniode 1996 y para
su conocimiento y uso general expido la presente copia bajo
mi firma y sello oficial de la Junta, en San Juan, Puerto
Rico, hoy
Luis A. Frías Taboas
Secretario
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
JUNTA DE PLANIFICACION
OFICINA DEL GOBERNADOR
SANTURCE, PUERTO RICO
Resolución JPD-11-96-009
5710
DELEGANDO FUNCIONES EN LA
ADMINISTRACION DE REGLAMENTOS Y PERMISOS
DENTRO DEL ÁREA DELIMITADA EN EL PLAN DE DESARROLLO TURISTICO
DE LA COSTA NORDESTE DE PUERTO RICO
Las Leyes Núm. 75 y 76 del 24 de junio de 1975, según
enmendadas, facultan a la Junta de Planificación para delegar
deberes y responsabilidades en la Administración de Reglamentos
y Permisos (ARPE). La Junta de Planificación en su reunión
del 15 de enero de 1982, adoptó la Resolución JPD-11 mediante la
cual delega funciones en la ARPE, con el fin de facilitar y
agilizar los trámites en la consideración de proyectos, con las
salvaguardas correspondientes, para beneficio de la ciudadania
en general. Dicha Resolución fue adoptada por el Gobernador de
Puerto Rico el 5 de abril do 1982, siendo la misma enmendada
posteriormente para incluirle delegaciones adicionales.
El Plan de Desarrollo Turistico de la Costa Nordeste de
Puerto Rico fue discutido en Vista Pública el 16 de diciembre
de 1994 y adoptado por la Junta de Planificación el 12 de junio
de 1996. Su objetivo principal es alentar y propiciar el
desarrollo turistico deseado para la Costa Nordeste de Puerto
Rico. El mismo delimita estratégicamente las áreas objeto de
desarrollo y los parámetros a ser utilizados para cualquier
proyecto propuesto on el área de estudio.
Con el propósito de agilizar los trámites en la
consideración de estos proyectos y por ende la adjudicación de
los mismos, la Junta de Planificación considera necesario
ampliar las delegaciones contenidas en la Resolución JPD-11
anteriormente señalada.
Continuación: Resolución JPD-11-96-009
Se faculta a la ARPE para aceptar proyectos que cumplan con
las siguientes condiciones:
1- Que se obtenga el endoso de la Compañía de Turismo
para los proyectos propuestos.
2- Que los proyectos se enmarquen en los parámetros
establecidos por el Plan de Desarrollo Turistico,
a saber:
a- Proyectos de villas turisticas separadas de
cinco (5) unidades de vivienda básica por
cuerda. Villas turisticas agrupadas
"clustered" de cuarenta (40) unidades de
vivienda básica por cuerda.
b- Proyectos de hoteles de veinticinco (25)
unidades de vivienda básica por cuerda.
c- Proyectos de condo hoteles de cuarenta (40)
unidades de vivienda básica por cuerda.
d- Proyectos de apartamentos de cuarenta (40)
unidades de vivienda básica por cuerda.
e- Proyectos de recreación comercial según lo
dispuesto en el Reglamento de Planificación
Número 4, Sección 41.00 en el Distrito CT-2.
f- Proyectos residenciales unifamiliares según
lo dispone el Reglamento de Planificación
Número 4 en su Sección 11.00 en el Distrito
R-1.
g- Proyectos residenciales de interés social
que provean alcantarillado sanitario, bajo
los parámetros del Departamento de la
Vivienda, según lo dispone la JP-242.
h- Proyectos recreativos tales como Campos de
Golf, Parques, Plazas, entre otros.
i- Proyectos agro-industriales
the
Live
DI
Continuación: Resolución JPD-11-96-009
3- Que en aquellos casos en que sea necesaria la
provisión y/o mejoramiento de infraestructura se
coordine con las agencias concernientes la
aportación de los desarrolladores para esos
propósitos.
4- En proyectos de hoteles y casas de apartamentos se
permitirá convertir el número de unidades de
viviendas básicas permitidas en un número mayor o
menor de unidades a base del número de dormitorios
por tipo de unidad, y de acuerdo con la siguiente
relación:
NÚMERO DE DORMITORIOS
EQUIVALENCIA EN TÉRMINOS DE
POR UNIDAD
UNIDAD DE VIVIENDA BÁSICA
0 (Estudio o "Efficiency")
0.4
1
0.6
2
0.8
3
1.0
Cuando se provean más de tres (3) dormitorios por
unidad de vivienda, cada dormitorio adicional se
computará a razón de 0.2 unidades de vivienda
básica adicionales. En ningún caso el número de
unidades de viviendas básicas excederá el número
de unidades de vivienda permitidas en el solar.
Cualquier uso residencial que se proponga deberá proveer el
acceso a la calle independientemente del acceso a los usos
comerciales y a su estacionamiento. Las unidades residenciales
en este distrito, no podrán ser utilizadas para fines comerciales, a menos que se demuestre lo siguiente: que la totalidad
de las unidades residenciales que comparten acceso están
vacante; que sus propietarios están de acuerdo con el cambio de
uso propuesto y que se ha provisto estacionamiento adicional
para suplir el aumento en la intensidad del uso.
-
on
Continuación: Resolución JPD-11-96-009
La Administración de Reglamentos y Permisos velará porque
se cumpla con los instrumentos de implantación y los parámetros
de diseños establecidos en el plan conceptual que incluyen
alturas de edificios y la calle interna que conecta las fincas.
Todo procedimiento relacionado con la Ley Número 9 del
18 de junio de 1970 (Ley Sobre Politica Pública Ambiental), se
tramitará ante la ARPE, quien será la agencia responsable del
proceso ambiental para el proyecto, a menos, que alguna agencia
gubernamental relacionada, se comprometa a responsabilizarse.
De existir alguna duda por parte de la ARPE en torno a la
compatibilidad de los proyectos propuestos, con las disposiciones del Plan de Desarrollo Turistico de la Costa Nordeste de
Puerto Rico, ésta podrá someter el proyecto ante el Comité
Junta-ARPE para la acción pertinente. No obstante, cualquier
enmienda, cambio y/o interpretación que sea necesaria hacer a
las disposiciones de dicho Plan deberá radicarse ante esta
Junta. Quedan exentos de aquellos proyectos que sean conformes
con el uso de terreno y los parámetros de diseño del Plan
Conceptual de desarrollo turistico para la costa Nordeste de
Puerto Rico.
Cualquier parte interesada podrá someter un uso específico
o una combinación de éstos, siempre y cuando, se cumpla con
todos los requisitos reglamentarios aquí establecidos, en
adición a las facilidades de estacionamiento, amenidades
turisticas (entiendase, entre otras, piscinas, canchas, paseos y
veredar), reforestación, zonas de amortiguamiento, áreas verdes,
etc.
oncine
on
-
PLANPICACIÓN
Continuación: Resolución SPD-11-96-004
Es menester señalar que se le dará especial atención a los
recursos naturales existentes, tales como: mangles, quebradas,
rios, áreas de anidaje de tortugas, parajes de extraordinaria
belleza, pero sin limitarnos a estos. Además, para los
proyectos que ubiquen C colinden con alguno de estos recursos,
la parte proponente, deberá someter las medidas de mitigación
necesarias para conservar los mismos.
En virtud de las facultades concedidas por las Leyes
Número 75 y 76, antes citadas, la Junta de Planificación de
Puerto Rico mediante la presente Resolución, ACUERDA ENMENDAR la
Resolución JPD-11 del 15 de enero de 1982, para DELEGAR, como a
los efectos DELEGA a la ARPE, la consideración de todo tipo de
proyecto que se someta dentro del limite establecido en el Plan
de Desarrollo Turistico de la Costa Nordeste de Puerto Rico, por
lo que, se exime de radicar la correspondiente consulta de
ubicación ante la Junta de Planificación.
ADOPTADA en San Juan, Puerto Rico, hoy 12 de junio de 1996.
Norma Burgos Andújar
Presidenta
for R. Caballero Mucado
José R. Caballero Mercado
William Figueroa Roetiguez
Miembro Asociado
Miembro Asociado
Astrid López de Victoria
Miembro Alterno
CERTIFICO:
Que la anterior es copia fiel y exacta de la
Resolución adoptada por la Junta de Planificación
en su reunión celebrada el 12 de junio de 1996 y
para su conocimiento y uso general expido y
notifico a las partes la presente copia, bajo mi
firma y sello oficial de esta Junta en San Juan,
Puerto Rico hoy
18 NOV 1996.
Luis Frias Taboas
Secretario
Plan Conceptual de Desarrollo Turístico de la Costa Nordeste de Puerto Rico
COLABORADORES
Equípo de Trabajo
Junta de Planificación
Plan Norma E. Burgos
Maribel Maldonado Serrano
Presidenta
Analista de Planificación
José R. Caballero Mercado
Héctor Pérez Carrasquillo
Vice-Presidente
Arquitecto, Ex funcionario
William Figueroa Rodríguez
Rafael Morales Martínez
Miembro Asociado
Hidrólogo
Astrid López de Victoria
Victor Rivera Pagán
Miembro Alterno
División de Zonificación
Lilliane D. López
Arsenio Clemente Febles
Ex Miembro Alterno
Cartógrafo
Bijan Ashrafi Mahabadi
Feliciano Santos Rojas
Director
Supervisor
Unidad de Reproducciones
Cristobal Colindres
Director
Manuel Cosme Ortiz
Negociado de Planes
Diseño y Composición
de Usos de Terrenos
Nydia T. Cruz
Eva Tamayo Matos
Secretaria Ejecutiva
Subdirectora
Negociado de Planes
Olga I. Andino Llanos
de Usos de Terrenos
Oficinista Mecanógrafa
Juan Portalatín López
División de Zonificación
Analista de Planiticación
y Cartografía
Rolando Mosquera Moreno
Lourdes Ayala Santiago
Analista de Planificación
Secretaria Ejecutiva
Edwin Ríos Aponte
Mateo R. Burgos Torres
Arquitecto
Analista de Planificación
ALIANZA ESTRATÉGICA ENTRE LA JUNTA DE PLANIFICACIÓN Y LA COMPAÑÍA DE TURISMO
Plan Conceptual de Desarrollo Turistico & at Costa Nordeste de Puerto Rico
Compañía de Turismo
Luis G. Fortuño
Director Ejecutivo
Compañía de Turismo
Compañía de Fomento Industrial
11.
Jaime Morgan Stubbe
Director Ejecutivo
Andrés Gómez Alayón
Vice-Presidente
Auxiliar de Desarrollo
Departamento de Recursos
Naturales y Ambientales
Pedro A. Gelabert Márquez
Secretario
Carmen Reverón
Secretaria
Vicente Quevedo
Científico
ALIANZA ESTRATÉGICA ENTRE LA JUNTA DE PLANIFICACIÓN Y LA COMPAÑÍA DE TURISMO
ALJAI
TABLA DE CONTENIDO
5710
INTRODUCCION
1
I. DEFINICION DE METAS, OBJETIVOS Y AREA DE ESTUDIO
6
II. SITUACION PREVALECIENTE EN EL AREA DE
ESTUDIO E INTERVENCION
9
A. Reconocimiento de las Variables Significativas
9
1. Población
9
2. Recursos Naturales
17
3. Recurso Tierra
23
4. Instalaciones Turísticas Existentes y/o Programadas
24
5. Infraestructura
29
a. Vial
29
b. Aérea
37
c. Marítima
39
d. Eléctrica
40
e. Acueductos
41
f. Alcantarillados
43
g. Comunicaciones
44
h. Desperdicios Sólidos
45
B. Identificación de Recursos y Necesidades Referentes
al Desarrollo
45
1. Potencialidades
45
2. Limitaciones
47
3. Conclusiones
50
C Cursos de Acción
50
1. Designación de Zona de Interés Turístico
51
2. Diseño e Implantación de Políticas Públicas
51
3. Definición del Area de Intervención como una de
Carácter especial y a tales propósitos se establecen
Normas Especiales para Orientar el Desarrollo
52
4. Participación Ciudadana al Inicio de la Estructuración
del plan a través del "Charrette"
52
2
III. ASPECTOS NORMATIVOS, DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS Y
PRACTICAS DE DISENO Y CONSTRUCCION A TOMAR EN CONSIDE-
RACION DURANTE LA FASE DE IMPLANTACION
58
A. Alcance y Criterios Normativos
58
B. Zonificación
60
1. Areas Desarrolladas (AD)
63
2. Agrícola Mecanizable (A-1)
63
3. Agrícola General (A-2)
64
4. Agropecuario (A-3)
65
5. Bosques de Mangle (B-2)
65
6. Conservación de Recursos Arqueológico (C-R-A)
66
7. Conservación de Recursos Uno (C-R-1)
67
8. Conservación de Cuencas (CR-3)
68
9. Desarrollo Turístico Selectivo (D.T.S.)
69
10. Playas Públicas (P.P.)
70
11. Preservación de Recursos (P.R.)
72
12. Ruta Escénica (R.E.)
72
D. Desarrollos en Zona Costanera
74
E. Humedales
75
F. Manglares, Dunas, Arrecifes y Lagunas
76
G. Barreras Costeras
79
H. Zonas Susceptibles a Inundaciones
85
I. Playas Públicas
86
J. Vegetación Submarina y de las Orillas de las Playas
88
K. Tortugas Marinas,
89
L. Impacto de las Luces Artificiales sobre el Comportamiento
de las Tortugas Marinas en las Playas de Anidaje y Aguas
Cercanas
91
IV. CARACTERISTICAS Y RECURSOS DE LAS FINCAS COMPRENDIDAS
EN EL PLAN
97
1. Monserrate
97
2. San Miguel I
102
3. San Miguel II
106
4. Las Paulinas
109
- 3 -
5. Seven Seas, Convento Norte y Convento Sur
113
6. Convento Norte y Seven Seas
117
7. Convento Sur
122
8. Josefa
123
V. INSTRUMENTOS DE INTERVENCION-IMPLANTACION
131
A. Zonificación
131
B. Normas Especiales
132
VI. OTROS MECANISMOS EN LA FASE DE IMPLANTACION
135
A. Consultas de Ubicación
135
B. Componente de Participación Ciudadana en las Actividades
Económicas y Socio-centrales a Realizarse
136
C. Financiamiento
139
D. Nuevas Competencias
140
BIBLIOGRAFIA
142
a
Núm. 5710
de minimbre
Aprobade: Secretaria Norma de Burg Estado 05
Por
Secretario Auxiliar de Servicios
INTRODUCCION
Por primera vez en Puerto Rico se ha reconocido al Turismo como un
contribuidor clave en la economía puertorriqueña; el Nuevo Modelo de
Desarrollo Económico así lo indica y la visión del Plan Estratégico de la
Compañía de Turismo es transformar a Puerto Rico en uno de los destinos
turísticos principales del Caribe. Sin embargo, Puerto Rico, comparado con
otros destinos del Caribe como Cancún y Aruba, no ha alcanzado su justa
porción del mercado aunque posee muchos atributos que lo distinguen tales
como:
Estabilidad política
Reconocimiento del mercado
Acceso aéreo
Condiciones de clima y suelo ideales para desarrollos atractivos que
pueden disfrutarse durante todo el año.
Apoyo del gobierno para incentivos turísticos y programas de
financiamiento
Extraordinarios recursos naturales y culturales
Uno de los factores más relevantes en torno a esta problemática es la necesidad
de proporcionar mayor número de oferta de habitaciones que respondan al
mercado. Además de esto, para lograr una mejor competitividad con otros
destinos exitosos del Area del Caribe es necesario trabajar con elementos como
lo son la percepción de seguridad de los visitantes, la transportación terrestre
1
y el servicio al cliente. Los planes de desarrollo turístico deben ser realistas y
sustentables para crear un destino preciso y consistente. Deben tomar en
consideración su contexto y proveer diversas alternativas de desarrollo con
variedad en tarifas y amenidades de acuerdo a la época que se vive.
Se debe diseñar para que los visitantes se queden y disfruten mayor tiempo a
Puerto Rico y, por ende, contribuyan más a su economía y desarrollo. No
obstante, es importante que además de impulsar la economía de Puerto Rico, el
turismo aporte a su calidad de vida, creando empleos, mejorando la
infraestructura e integrando la naturaleza, que es uno de los principales
atractivos turísticos a lo edificado.
Un estudio realizado por la firma Resort Development Consultants, Inc. señala
las siguientes tendencias en la industria del mercado turístico actual:
Segmentación del mercado y creciente preferencia por vacaciones con
todo incluido "all-inclusive packages": estadía, comidas, actividades
recreativas, transportación terrestre, impuestos y propinas bajo un sólo
precio. Cadenas como el Jac-Tar Village y el Club Med han sido muy
exitosos con este concepto, aunque han tenido que modificar sus
filosofías según los cambios en el mercado turístico para atender a sus
clientes efectivamente.
Desarrollos de mercado medio que en muchas ocasiones queda rezagado
por el turismo de alta escala.
2
Proyectos enmarcados en el ambiente con comunidades recreativas de
densidades mixtas y principios de diseño y planificación sensitivos a la
ecología. Estos deben incluir reciclaje y manejo de energía, etc.
Aunque las medidas de protección ambiental pueden añadir costos al
desarrollo, existen excelentes ejemplos; tales como "Sea Pine" en
Carolina del Sur y "Amelia Island Plantation" en la Florida que han
demostrado el valor de combinar una comunidad recreativa de densidad
mixta con un concepto de planificación sensitiva al ambiente.
Instalaciones orientadas a la naturaleza con intervención mínima de
edificaciones y requisitos de infraestructura. Dos de los mejores
ejemplos de esto es "Maho Bay" y "Cinnamon Bay" en St. John.
Hoteles de lujo pequeños con campos de golf.
Condohoteles o "time share".
Desarrollos orientados a la familia que incluyan actividades recreativas
y servicios tales como eventos planificados, gimnasios, piscinas,
deportes y programas de supervisión de niños.
"Spa Resorts"-hoteles de lujo enmarcados en la salud física y mental. Se
incluyen actividades para adelgazar y tonificar el cuerpo en un
ambiente relajado.
Instalaciones para el mercado de reuniones pequeñas y medianas.
3
"All Suites" Hotel - hoteles orientados a familias o estadías más largas que
incluyen sala y cocina en todas sus habitaciones.
Campos de golf de campeonato.
Además de estos, están los desarrollos tradicionales como los Paradores, las
Villas Turísticas y las Casas de Huéspedes.
La costa Nordeste ha sido identificada por la Junta de Planificación y por la
Compañía de Turismo como un área de alto potencial para el desarrollo de
instalaciones turísticas por los siguientes factores:
Recursos naturales sobresalientes que incluyen cuatro reservas
naturales designadas y el Bosque Nacional del Caribe.
Tiene una tasa de crecimiento poblacional mayor al promedio de la Isla.
En la región existen facilidades de puerto y aeropuerto, con mejoras
programadas para atender la demanda actual y proyectada.
Está próxima al área metropolitana, especialmente al Aeropuerto
Internacional Luis Muñoz Marín y la construcción de la extensión la
Carretera PR-3 hacia Humacao proveerá mayor accesibilidad a los
municipios del Sureste.
Existe una conexión directa con las Islas de Vieques, Culebra y otros
cayos e isletas de gran atractivo turístico y a un marcado número de
proyectos turísticos establecidos.
4
Existen terrenos con gran extensión territorial para desarrollar
proyectos planificados con espectaculares vistas al mar y al bosque y
muchos de estos son propiedad del gobierno.
Tiene balnearios de aguas claras y tranquilas, muy frecuentados por el
turismo interno como Seven Seas y Monserrate.
Por todas estas razones esta región tiene una gran presión de desarrollo que
puede resultar en desorden y desarmonía en los usos del terreno si no se toman
las prácticas adecuadas de planificación. Para evitar que esto ocurra, el Plan
Conceptual de Desarrollo Turístico para la Costa Nordeste señalará aquellas
áreas donde habrán de ubicarse desarrollos turísticos de forma ordenada y
balanceada al mismo tiempo que se protegerán los terrenos que por sus
condiciones naturales deban mantenerse fuera del proceso urbanizador. Se
trazarán guías y parámetros de desarrollo en términos de escala, calidad y tipos
de conceptos. A pesar de que el plan se concentra en los lotes de terreno sin
desarrollar, se identificarán los recursos turísticos existentes y de así
entenderlo, se recomendará intervención para su preservación y/o
mejoramiento. Finalmente, el plan servirá de base para que las agencias de
infraestructura programen sus obras y se cree el ambiente propicio para el
desarrollo turístico adecuado en la región. Este esfuerzo constituye una alianza
estratégica entre la Junta de Planificación y la Compañía de Turismo.
5
OCEANO ATLANTICO
Punia UDERO
AEREOPUESTO
Luis MOMOE
RIVERD
Coco BEACH
BIRLOCE
LOIZA
AREA
winlb
DEL
RIO PREDEAD
Proyecto
P.R
Conceptual de Desarro, .urístico de la Costa Nordeste de Puerto Rico
CAROLINA
P.R3
R10 SCARDE
bit
ALIANZA ESTRATÉGICA ENTRE LA JUNTA DE PLANIFICACIÓN Y LA COMPAÑÍA DE TURISMO
CAHOUANAS
tRwillo ALTO
P.R3
Desarrollo Turistico de la Costa Nordeste
No ESCALD
Plan
4
I.
Definición de Metas, Objetivos y Area de Estudio
Meta
Fomentar un desarrollo turístico sustentable que propicie una solidez
socio-económica que lo convierta en una actividad de gran
competitividad ante la dinámica del mercado internacional, en aquellos
terrenos que por sus características tienen el máximo potencial.
Objetivos Generales
Para llevar a cabo esta meta establecemos los siguientes Objetivos
Generales:
Promover el desarrollo del turismo como actividad económica
esencial para el proceso de desarrollo económico sostenible.
Desarrollar e implantar incentivos turísticos para estimular la
inversión de capital de las empresas locales y extranjeras.
Propulsar la imagen de Puerto Rico como destino turístico.
Estimular el desarrollo del turismo decentralizando, diversificando y
mejorando la calidad de la oferta de facilidades turísticas.
Promover un desarrollo socio-económico que a la vez que propicia la
actividad ecoturística salvaguarde la protección y conservación de
los recursos naturales y los ecosistemas del área de implantación. En
6
otras palabras, propiciar un balance entre desarrollo y conservación
que propenda a un desarrollo económico sustentable.
Incorporar los recursos humanos de los municipios que comprenden
el territorio donde se edificarán las instalaciones.
Area de Estudio
Definimos el área de estudio e intervención para incluir todos los
terrenos en los municipios de Río Grande, Luquillo y Fajardo que
colinden por el Norte con el Océano Atlántico, por el Sur con la
Carretera PR-3, (exceptuando la porción Sur de la Finca Monserrate) por
el Este con la Bahía Demajagua y al Oeste con el Río Herrera.
Río Grande
Río Grande está localizado en la costa Norte, al Este de
los Municipios de Loíza y de Canóvanas. Colinda por
el Norte con el Océano Atlántico, al Sur con Naguabo
y Las Piedras y al Este con Luquillo y Ceiba. La
jurisdicción de Río Grande comprende 62 millas
cuadradas, que equivalen aproximadamente a 40,000
cuerdas, de las cuales 19,328 cuerdas pertenecen al
Bosque Nacional del Caribe (El Yunque). El ámbito
urbano comprende aproximadamente 2,623 cuerdas,
o sea, el 6.56% del área total.
7
Luquillo
El Municipio de Luquillo está localizado al Norte de
Puerto Rico, entre los Municipios de Río Grande y
Fajardo. Sus límites abarcan una superficie total de
25.71 millas cuadradas, lo que equivale a 16,900
cuerdas, de las cuales aproximadamente 977 cuerdas
(5.7%) son parte del ámbito urbano. La topograffa
del municipio es variada: llanos costaneros, colinas
moderadamente empinadas y tierras montañosas al
Sur en el barrio Sabana, donde ubica parte del
Bosque Nacional del Caribe (El Yunque).
Fajardo
El Municipio de Fajardo está localizado al Nordeste de
la Isla. El Océano Atlántico baña sus irregulares
costas al Norte y al Este. Al Oeste colinda con el
Municipio de Luquillo y por el Sur con el Municipio
de Ceiba. Al Suroeste del municipio, en el barrio Río
Arriba, 3,347 cuerdas pertenecen al Bosque Nacional
del Caribe (El Yunque).
El Municipio de Fajardo comprende un área total de
20,513.82 cuerdas, y consta de nueve (9) barrios. El
8
ámbito urbano representa el 9% (1,875.5 cuerdas) del
área del municipio.
II. SITUACION PREVALECIENTE EN EL AREA DE ESTUDIO
A. Reconocimiento de Variables Significativas
Mediante la recopilación de datos y el análisis de los mismos, se levanta
un perfil del contexto urbano rural y ambiental de la Región Nordeste
con la finalidad de proponer alternativas al turismo desarrollado hasta
el presente y viabilizar nuevas estrategias de intervención,
particularmente en lo que se refiere a la calidad del desarrollo físico
espacial de la zona bajo consideración, atendiendo el eslabonamiento
de ésta con la industria turística.
1. POBLACION
El crecimiento poblacional en esta región en las últimas décadas es
significativo en comparación con el de Puerto Rico. Debemos
considerar también que estos municipios tienden a recibir grandes
concentraciones poblacionales en momentos de actividades
específicas, tales como regatas y festivales, por lo que deberá
considerarse la magnitud de población flotante que acude al
municipio, particularmente en fines de semana y días festivos.
En la década del '70 la población para estos tres municipios se estimó en
55,454 habitantes, para la década del '80 se estimó en 81,265 habitantes
9
y para la década del '90 en 100,630 habitantes. Para la década del '70 al
'80 el aumento en la población es de aproximadamente un 47%,
teniendo Puerto Rico un aumento de 18%. Para la década siguiente (de
1980 al 1990), el aumento en la población fue de aproximadamente un
24%, lo que representa una reducción en casi la mitad del porcentaje
de aumento de la década anterior. Para esta década el crecimiento
poblacional en la Isla también se redujo, en aproximadamente un 10%.
De los tres municipios en este estudio, Río Grande fue el de mayor
crecimiento poblacional durante las décadas del '70 al '80 y del '80 al '90
con 55.6% y 33.2%, respectivamente. Le sigue el Municipio de Luquillo
con 43.4% y 21.5% respectivamente, y finalmente el Municipio de
Fajardo con 39.3% y 14.9%, respectivamente.
Río Grande
Según el Censo de Población de 1990, la población de
Río Grande ascendió a 45,648 habitantes en 1990, con
un crecimiento poblacional significativamente
mayor en la última década en comparación con los
demás municipios de la costa Nordeste y con Puerto
Rico.
Una de las principales razones que explican el
acelerado crecimiento poblacional de este municipio
es su localización dentro del área de influencia socio
económica de la Región Metropolitana de San Juan.
10
La tabla 2 ilustrada muestra la población por barrios
en el Municipio. La mayor concentración de
población la tiene el barrio Ciénaga Baja, que tuvo
un aumento de 28% de 1980 al 1990. El grupo
trabajador del municipio de Río Grande aumentó de
8,902 trabajadores en 1980 a 15,604 trabajadores en
1990. Durante el mismo período el desempleo
aumentó de 13.95% a 24.6%.
Los sectores que más empleos generaron en 1980
fueron la manufactura y los servicios, que
representaban el 26.51% y el 24.09%
respectivamente. Esto equivale a más de un 50% del
empleo que generaba el municipio para ese año. Sin
embargo, en 1990, los sectores industriales que más
empleos generaron fueron la agricultura, bosque y
pesca, los servicios y la manufactura con 27%, 18% y
17% respectivamente. Sin embargo, el sector
industrial que más crecimiento tuvo en la década de
1980 al 1990 fue el de las finanzas, seguido por el del
comercio al por mayor y agricultura; el empleo en la
manufactura solo experimentó un crecimiento de un
.10%.
11
Luquillo
Según el Censo de Población de 1990 la población
total de Luquillo ascendió a 18,100 habitantes. Esto
significa un cambio de 21.5 porciento en la década de
1980 al '90. Para la década del 1970 al 1980, el cambio
fue de 43.4%. El Municipio de Luquillo cuenta con
una población flotante durante la época del verano
bastante significativa. Gran parte de las residencias
y apartamentos del casco urbano son utilizados con
propósito de vacacionar. El movimiento de vehículos
y personas durante el verano aumenta
significativamente,
Actualmente, su población es significativamente
menor que la de los Municipios que le circundan,
esto es a pesar de que para la década de 1970 su tasa
de crecimiento fue de 43%, lo cual fue una bastante
elevada en comparación con la Región
Metropolitana y el Area Metropolitana de San Juan
que fueron, para las décadas del 1970 y 1980, de
19.1% y 16% respectivamente. El barrio de mayor
población lo es Mata de Plátano en el cual ubican
comunidades de gran extensión como lo son Fortuna
I y II, y el ámbito de expansión urbana hacia el Sur.
12
El grupo trabajador civil de 16 años o más en el
Municipio de Luquillo ascendió a 6,226 trabajadores
en 1990, lo que representa un aumento del 70% en la
década de 1980 al 1990. Del total del grupo trabajador,
el 75% están empleados, esto equivale a 4,671
personas empleadas y el 25% (1,555 personas) están
desempleadas.
Los sectores industriales que mayor cantidad de
empleos generaron en 1990 son la manufactura y el
sector de los servicios, que incluyen salud,
educación y otros, éstos emplean 1,042 y 1,094
personas respectivamente. Sin embargo, los
sectores que generaron un aumento mayor en el
número de empleos en la década de 1980 a 1990
fueron los de finanzas y comercio al por mayor; que
aumentaron en 832 y 349 personas empleadas
respectivamente.
Fajardo
Para la década de 1970 al 1980, el crecimiento
porcentual de Fajardo fue de 39.3%, uno de los más
altos en las últimas décadas para este municipio.
Para la última década, de 1980 al 1990 el cambio
porcentual fue de 14.9%, reduciéndose el aumento de
13
manera significativa. El crecimiento porcentual de
Río Grande y Luquillo en la última década sobrepasó
el de Fajardo. Ambos tuvieron 33.3% y 21.5%
respectivamente.
Aunque Fajardo ha sido el municipio de menor
crecimiento, poblacional (de los tres bajo estudio)
tuvo también un crecimiento porcentual mayor al de
la Isla. Actualmente este municipio se está
transformando intensamente en términos turísticos,
recreativos, comerciales y como proveedor de
servicios básicos esenciales a los demás municipios e
islas que le rodean, entre los que se destacan los
servicios de salud. Con excepción del barrio
Naranjo, que perdió el 50% de su población, todos los
demás aumentaron. Sobresale entre ellos, el barrio
Demajagua que aumentó en un 62.2% su población.
Según el Censo de 1990 el grupo trabajador civil de
16 años o más del Nordeste se estima en 34,583
personas. Si lo comparamos con la cifra de 1980, se
observa que ha aumentado en un 39.9%. Para el
mismo período, el total de personas empleadas subió
de 17,779 en 1980 a 26,312 en 1990, para un aumento
de 32.4%. Como podemos observar, este aumento en
14
personas empleadas es menor al aumento en el
grupo trabajador, lo que conlleva un aumento en el
desempleo. En 1980, el total de personas
desempleadas era de 14.4% mientras que en 1990
aumentó a 23.9%. Aunque todos los sectores
experimentaron aumento, sobresale los sectores
finanzas (73.2%), comercio al por mayor (67.4%),
agricultura, bosque y pesca (49.50%), y comercio al
detal (39.8%).
En el municipio de Fajardo el grupo trabajador civil
de 16 años o más ascendió un 55% en la década de
1980 a 1990, siendo de 12,712 trabajadores en 1990.
Del total de trabajadores, el 78% (9,886 personas)
están empleadas y el 22% (2,826 personas) no lo
están. Los sectores industriales que más empleos
generaron para 1990 son los servicios, que incluyen
salud, educación y otras, con 22%, y la manufactura
con 21%. Estos emplean 2,221 y 2,048 personas,
respectivamente.
La población total para los municipios de Río Grande,
Luquillo y Fajardo muestran una tendencia
ascendente durante las décadas 1960 al 2000. En la
década del 1990, Río Grande muestra un aumento de
15
33.15% respecto a 1980, Luquillo 21.52% y Fajardo un
14.94%. Respecto al año 2000, se observa un aumento
de 17.87, 8.73 y 4.17% respectivamente.
Respecto a la población por barrios se observa lo
siguiente: en Río Grande todos los barrios muestran
una tendencia ascendente constante durante las
décadas 1970 al 1990, excepto el de Guzmán Arriba
(fluctuación) y el Pueblo (reducción); en Luquillo se
observa la misma tendencia antes descrita excepto
en las Barrios Juan Martín y Mameyes I; finalmente
en el municipio de Fajardo se observa un aumento
en población en todos los barrios excepto en Cabezas
(reducción), en Demajagua (fluctuación) y Naranjo
(reducción).
Los barrios con mayor densidad (1,000 personas ó
más por milla cuadrada) en 1990 fueron: en Río
Grande -Ciénaga Baja y Pueblo; en Luquillo -Pueblo
y Mata de Plátano; en Fajardo -Pueblo, Florencio,
Quebrada Fajardo y Sardinera.
La densidad poblacional en 1990 para Río Grande es
de 752.0, Luquillo 704.3 y Fajardo 1,233.5. El empleo,
el grupo trabajador civil, el ingreso per cápita y el
ingreso mediano familiar para los tres municipios
16
muestran una tendencia ascendente durante las
décadas analizadas. Así mismo, el nivel de pobreza,
la deserción escolar y la criminalidad muestran una
tendencia descendente, mientras que la dependencia
económica muestra lo opuesto.
La vivienda total muestra una tendencia ascendente
durante la décadas de 1960 al 2000. La demanda y
necesidad por vivienda, la mediana del valor y de la
renta pagada muestran la misma tendencia.
2. RECURSOS NATURALES
La Región Nordeste se destaca por sus recursos naturales de gran
interés ambiental y escénico. Este litoral cuenta con áreas naturales
de belleza excepcional que incluyen tres reservas naturales.
Río Grande
A lo largo de la costa, al Norte del Municipio de Río Grande, está
ubicada la Reserva Natural del Río Espíritu Santo. En ella se
encuentran áreas naturales de gran importancia como son los cocales,
playas con grandes extensiones de arrecifes, ciénagas, el río y
manglares. A lo largo de la costa están las Puntas San Agustín, Percha,
Miquillo y Picúa; éstos son brazos de tierra que se extienden hacia el
mar, siendo los últimos dos los más prominentes en tamaño. En esta
costa también se ubican: La Ciénaga, La Picúa, que está frente a
17
Ensenada Comenzón, entre Punta Picúa y Punta Miquillo y se extiende
hacia el Sur hasta una cadena de montes calcáreos (mogotes) de poca
altitud; cubre un total de 347.81 cuerdas. El Manglar del Río Espíritu
Santo cubre una franja de .3 kilómetros y se extiende a lo largo del Río
Espíritu Santo desde Punta Miquillo al Norte, hasta 2.5 kilómetros antes
de llegar a la Carretera Estatal PR-3 en el Sur, y otra franja que
discurre a lo largo del Caño San Luis hasta la Región de Herreras al
Oeste. Esta área cubre aproximadamente 587.82 cuerdas.
El Río Espíritu Santo, el de mayor importancia en el municipio, nace en
la Sierra de Luquillo y desemboca al mar, al Este de Punta Miquillo.
Este río tiene gran potencial turístico y recreativo por ser navegable y
por su gran belleza.
Al Sur de la Carretera Estatal PR-3 la topograffa va aumentando su
elevación en la Sierra de Luquillo, que es parte del Bosque Nacional del
Caribe (El Yunque) y que se compone de los bosques Palmas de Sierra,
Colorado, Enano y Pantano Alto. En esta región se encuentran los picos
El Yunque, (que es uno de los montes más altos en la Isla con una
elevación de 3,496 pies sobre el nivel del mar), Los Picachos y Monte
Britton. El Yunque, comprende un área de 28,716 cuerdas. De éstas, un
12% (3,347 acres) pertenecen al Municipio de Fajardo, un 22% (6,208
acres) al Municipio de Luquillo y un 67% (19,328 acres) al Municipio
de Río Grande. Está bajo la jurisdicción del Servicio Forestal Federal
del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos.
18
Luquillo
Los atractivos naturales principales en Luquillo son sus playas y parte
del Bosque Nacional del Caribe (El Yunque). La costa Norte de Luquillo
está constituída por bellas playas que incluyen: el Balneario de
Luquillo, La Pared, que es muy frecuentada por "Surfers" de todo el
mundo y playas vírgenes hacia el Este de la desembocadura del Río
Sabana. De gran belleza natural, esta costa está compuesta por
segmentos de las fincas San Miguel I, San Miguel II y Las Paulinas.
Todo Este segmento de costa constituye un recurso natural de gran
importancia. Consiste de un sistema de dunas, sistemas estuarinos,
pantanos herbáceos y un bosque pantanoso de aproximadamente 15
cuerdas que se extiende en gran parte de la zona estuarina del Río
Pitahaya. En este bosque se encuentra el mangle rojo, el mangle
blanco y el Pterocarpus. La biota que la compone es de una amplia
diversidad. A lo largo de todo este segmento de costa anidan el Tinglar
y el Carey, que son especies en peligro de extinción.
En la punta Nordeste de la finca San Miguel I y adyacente a la finca Las
Paulinas, está la desembocadura del Río Juan Martín. El sistema de
mangle ribereño es el de mayor tamaño. Su altura máxima, según un
inventario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, es
de 20 metros y puede alcanzar más de medio metro de ancho. En Este
mangle existe también el Pterocarpus (Palo de Pollo). Este sistema
ribereño abarca aproximadamente 14 cuerdas.
19
Fajardo
El Municipio de Fajardo abarca una gran variedad de ambientes
naturales y climáticos. El área Sur-Oeste consta de montañas, que van
desde los 650 metros sobre el nivel del mar en un ambiente de bosque
tropical húmedo (El Yunque), hasta las costas con áreas ondulantes y
llanos. En éstas ubican reservas naturales que incluyen bosques secos
y de mangle, lagunas, pantanos, salitrales, bahías biolumi-niscentes,
praderas submarinas, sistemas estuarinos y un ambiente marino, que
comprende arrecifes de coral, cayos e islas de excepcional belleza.
Desde su límite con Luquillo, al Noroeste del municipio, se encuentra
parte de la finca Las Paulinas, de topografía ondulante, que contiene el
último segmento de la Sierra de Luquillo. En este segmento de finca
existe un bosque secundario maduro con potencial para el albergue de
la vida silvestre y ciertas especies críticas. Colinda hacia el Este con la
Finca El Convento y el Balneario de Ensenada Yegua ("Seven Seas").
Estas fincas poseen ecosistemas de gran valor. Entre los que se
encuentran: Laguna Grande, Laguna Aguas Prietas, el Estuario de
Quebrada Fajardo y alrededor de 356 cuerdas de mangles asociados a
ellos. Las lagunas son vitales para la crianza de peces que van a poblar
luego los arrecifes de coral que están a ambos lados de Cabeza Chiquita.
El segmento El Convento es un área de gran importancia para la vida
silvestre y marina. Sus playas son áreas de anidaje de tortugas
marinas, especialmente para el Tinglar y el Carey de Concha. Según el
20
Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, las siguientes
características son importantes para la conservación de esta especie:
Costa poco alterada sin desarrollos a su alrededor.
Playa arenosa de alta energía protegida por arrecifes de coral.
No hay iluminación artificial en los alrededores, exceptuando los
edificios del área urbana de Luquillo.
Litoral con vegetación estable y poco alterada.
Playas poco visitadas debido a que los accesos vehiculares son
limitados.
Al Este del Balneario "Seven Seas" está la Reserva Natural Cabezas de
San Juan, donde se encuentra el Faro de Fajardo. Este es un lugar de
gran valor ecológico que comprende un sistema de lagunas, una de
ellas bioluminiscente, que son criaderos de vida marina.
Adyacente a este lugar se encuentra la Reserva Natural La Cordillera
que incluye, entre otros, los Cayos La Cucaracha, Hicaco, Ratones,
Blanquilla, Diablo, Los Barriles y Palominos. Esta área de singular
belleza, apropiada para el esparcimiento, la recreación y el estudio
científico, es rica en nutrientes y hábitat de algunos recursos marinos,
como el manatí, el carey y el tinglar en amenaza o en peligro de
extinción.
21
Los terrenos al Sur del Río Fajardo en su mayoría fueron de alta
productividad agrícola (A-1). Estuvieron sembrados de caña en el
pasado y actualmente son utilizados para pastos. En la costa al Sur de la
desembocadura del Río Fajardo se encuentra el Bosque de Ceiba,
zonificado B-2 y con un área de 363 cuerdas. Este bosque es clasificado
como uno seco subtropical. Se han delimitado cuatro asociaciones de
vegetación en este Bosque, que son:
1. El mangle negro 0 mangle de cuenca (253.5 cuerdas)
2. El mangle rojo o mangle de franja (42.3 cuerdas)
3. Los Salitrales (60.5 cuerdas)
4. El matorral de playa o arboleda siempre verde del litoral (6.7
cuerdas).
Adyacente al Bosque de Ceiba está la Finca Josefa, la cual se clasifica
como A-3 ó terrenos agrícolas sujetos a desarrollos desparramados
como ha ocurrido con muchos de los terrenos a lo largo de la PR-3, los
cuales han sido alterados con urbanizaciones y comunidades rurales.
Al Sur del Bosque de Ceiba está localizada la Bahía Demajagua, en la
cual se construyó recientemente la Marina Puerto del Rey.
22
AREAS CRITICAS PARA VIDA SILVESTRE EN PELIGRO DE EXTINCION
CRITICAL AREAS FOR ENDANGERED WILDLIFE
C
C
E
A
2
o
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A
N
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Plan Conceptual de Desarrollo ._.istico de la Costa Nordeste de Puerto Rico
ALIANZA ESTRATÉGICA ENTRE LA JUNTA DE PLANIFICACIÓN Y LA COMPAÑÍA DE TURISMO
M
A
R
C
^
B
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M
MAPA DE ZOMAS DE INVEDACIONES, BARRENAS COSTERA3 Y PLAYAS
JUNTA DE PLANIFICACION
- N
3. RECURSO TIERRA
Río Grande
Dentro de la zona de estudio existen una serie de terrenos
desarrollables, entretejidos por recursos naturales y unidos por el
litoral costero y por el corredor. En el Municipio de Río Grande estos
terrenos, aunque pueden permanecer vacantes, han sido autorizados
mediante consultas de ubicación. Algunos de los mismos, permanecen
vigentes otros, aunque perdieron vigencia, pueden regresar a la
Junta de Planificación a solicitar reapertura. Se encuentran, entre
otros:
Finca Berwind
Finca Bahía Beach Plantation
Finca Coco Beach
Luquillo y Fajardo
Sin embargo, los municipios de Luquillo y Fajardo presentan una serie
de fincas vacantes (de gran potencial turístico). Son grandes
extensiones de terrenos, mucha en tenencia del Estado. Las que están
en tenencia privada son de muy pocos dueños, lo que facilita el
desarrollo.
Hemos identificado las siguientes fincas como prioritarias al desarrollo
turístico y serán objeto de estudios ulteriores.
23
Finca Monserrate
Fincas San Miguel I y II
Finca Paulina
Finca Convento Norte Y Sur
4. INSTALACIONES TURISTICAS EXISTENTES Y/O PROGRAMADAS
Río Grande
Adyacente a la desembocadura del Río Herreras se construyó el
"Berwind Recreational Facilities". Estas instalaciones incluyen 120
apartamentos vacacionales, campo de golf de 18 hoyos, áreas
recreativas y salones para actividades. Hacia el Este, y adyacente a este
proyecto, está "Bahía Beach" Plantation, el cual también tiene en
funcionamiento un campo de golf de 18 hoyos. En el 1991 se autorizó la
enmienda al proyecto sometido. Dicha enmienda consistió en permitir
reagrupar las áreas de hotel, reubicar las áreas de estacionamiento,
aumentar las unidades en el condohotel y añadir un Club de Yatismo.
Sin embargo, el mismo actualmente no está en vigencia. Este proyecto
está adyacente a la Reserva Natural del Río Espíritu Santo y dentro de
un área de amortiguamiento de dicha Reserva. Le sigue hacia el Este el
proyecto residencial-turístico "Coco Beach" con un área residencial ya
construída y con aproximadamente unas 434 cuerdas propuestas a
desarrollarse en 1,435 residencias, 2,000 unidades de condohotel y 905
unidades hoteleras, marina y otras áreas recreativas. Este proyecto
24
propuesto ubica en Punta Miquillo, terrenos al Sur y aledaños al Río
Espíritu Santo. Toda esta finca ubica dentro de la Reserva Natural del
Río Espíritu Santo designada en 1985.
Hacia el Este de Punta Picúa ubica el proyecto residencial turístico
Playas del Yunque, el cual está construído con una densidad aplicable
al RT-3. Aledaño a este proyecto se está proponiendo otro proyecto
residencial turístico de nombre Yunque Mar.
Adyacente a estos proyectos está Río Mar, proyecto residencialturístico que consta de 278 villas residenciales, 118 unidades en
condohotel y un campo de golf de 18 hoyos, un hotel de 600
habitaciones construídos y quedan por construirse 714 unidades, un
segundo campo de golf de 18 hoyos y otras instalaciones recreativas.
Otro proyecto en el sector es Cascadas del Yunque, proyecto residencial
turístico (condohotel). Consiste en 94 unidades, restaurantes, canchas
y otras áreas recreativas en 44.57 cuerdas en la Carretera Núm. 968 del
Barrio Mameyes. Ubica cerca de los proyectos Playas del Yunque y Río
Mar.
A pesar de estar fuera del área de estudio, los proyectos que se
describen a continuación representan áreas de atracción turística.
Estos proyectos están ubicados en áreas aledañas al Bosque Nacional del
Caribe (El Yunque) por lo que tiene que respetar al máximo la
zonificación rural del área. No obstante, el recurso bosque es un
25
atractivo diferente que provee alternativas distintas para el desarrollo
turístico y recreativo. Este proyecto es:
Río Grande Plantation: Proyecto turístico ubicado en la Carretera
Estatal Núm. 956 del Barrio Guzmán Abajo, que incluye
instalaciones de un hotel de 20 habitaciones, restaurantes, piscinas
y salones para conferencias. Las instalaciones construidas crean
un ambiente completamente rústico.
Luquillo
Los "Kioskos" de Luquillo están localizados en las inmediaciones del
lado Oeste del balneario. Se compone de aproximadamente sesenta (60)
"kioskos" donde sirven comidas típicas como frituras, mariscos y dulces
de coco y almendras. El Balneario "La Monserrate" de Luquillo es uno
de los más conocidos y frecuentados en la Isla. Recientemente, el
Gobernador anunció la construcción del proyecto "Mar sin Barreras"
novel en hacer accesible este recurso a la población en silla de ruedas
y con otros impedimientos de movilidad.
Al Norte de la Carretera PR-3 y dentro del ámbito urbano del municipio
existen desarrollos que absorben gran cantidad de turistas locales y del
exterior. Estos son:
La Comunidad Fortuna: se desarrolló como un complejo de parcelas
para trabajadores agrícolas y pescadores, pero ha ido
26
transformando todo su segmento de costa en viviendas y
apartamentos para vacacionar.
Complejo residencial Costa Azul: una de las primeras
urbanizaciones que luego se transformó para uso vacacional.
Condominio "Sandy Hills": estas son dos torres de apartamentos
utilizados primordialmente para vacacionar.
Parador Martorell: pequeña instalación de alojamiento a pasos de la
playa.
Fajardo
En Fajardo ubican las nuevas instalaciones ampliadas y remodeladas
del antiguo Hotel El Conquistador, el cual ocupa un área de 221.94
cuerdas. La primera fase, ya construída, consiste en 900 habitaciones
hoteleras, campo de golf de 18 hoyos y 8 canchas de tenis, marina e
instalaciones recreativas en Isla Palominos. La segunda fase autoriza
la construcción de 300 habitaciones en dos conjuntos de 50
apartamentos. La tercera etapa permite la construcción de 300 villas
en la periferia del Campo de Golf, 300 habitaciones adicionales de hotel.
La topografía elevada de esta área ofrece unas amplias visuales hacia
el mar y los Cayos de la Cordillera, que es también una reserva natural.
En el área de las Cabezas de San Juan también se autorizó la ubicación
de varias hospederías. Una de ellas, denominado Parador Vista del
27
Faro, consta de un edificio de 3 plantas para 38 habitaciones en una
finca de 1.168 cuerdas. La otra, mucho más pequeña sólo contiene 11
habitaciones. En este mismo sector se le extendió la vigencia en el
1993 a un muelle para marina deportiva.
Otro proyecto que ha solicitado extensión de vigencia y enmiendas es
el caso de Villa Marina, en la Playa Sardinera, a la cual se le autorizó
enmienda en el 1993 para construir un hotel de 150 habitaciones y
marina de 125 atracaderos. En otra finca de 300 cuerdas del barrio
Sardinera, se autorizó la ubicación de un Hotel de 210 habitaciones,
con su campo de golf, instalaciones comunales, piscina y canchas de
tenis.
Con terrenos en ambos barrios, Al Conquistador Estates S.E., la Junta de
Planificación le ha aprobado consulta de ubicación para el
establecimiento de un hotel de 100 habitaciones, un área comercial de
24,000 pies cuadrados, 486 casas en hileras y 242 solares en finca de
230.6 cuerdas.
De naturaleza residencial-turístico autorizamos en Puerto Real la
ubicación de 126 apartamentos y 44 solares en finca de 20 cuerdas.
La Urb. Las Gaviotas está localizada al Oeste de la Carretera Núm. 3
sobre un área de elevada topografía y tiene visuales directas hacia la
Bahía Demajagua. Su amplia visual hacia el mar y su buena
localización la convierten en un área exclusiva.
28
La Marina Puerto del Rey es un proyecto turístico que está creando
fuerte presión de desarrollo en esta área. Atrae turistas locales y
extranjeros que buscan actividades relacionadas con el mar. Para esta
clientela, se irán creando otras instalaciones complementarias a las de
la marina. Por tal razón, el desarrollo del foco será impulsado hacia los
terrenos vacantes que circundan la marina. De hecho, recientemente
esta Junta de Planificación aprobó el desarrollo de un hotel de 600
habitaciones, dos condominios y tres campos de golf en un área de 656
cuerdas adicionales.
Fajardo también cuenta con otras instalaciones de alojamiento
debidamente reconocidas por la Compañía de Turismo. Estas son:
Hotel Delicias: cercano a Puerto Real consta de 20 habitaciones.
Parador Familia: instalación de alojamiento con 28 habitaciones.
"Fajardo Inn": casa de huéspedes de 9 habitaciones cercano al
Sector Beltrán.
5. INFRAESTRUCTURA EXISTENTE Y/O PROGRAMADA
a. Infraestructura Vial
La Carretera Estatal PR-3 comunica a Río Grande con el Area
Metropolitana de San Juan y con los demás municipios de la Costa
Nordeste y Este. Esta carretera funciona como troncal distribuidor
intermunicipal y está. sujeta a presión de desarrollo, lo que podrá
29
afectar adversamente la perspectiva de desarrollo del sector.
Recientemente esta vía estuvo y está sujeta a obras de mejoras y
próximamente se espera construir una realineación desde Fajardo
hacia el Sur. Las carreteras que conectan de la PR-3 a los
diferentes atractivos turísticos existentes están en relativamente
buenas condiciones. No obstante, algunas cuentan con problemas
urbanos tales como: congestión, limitaciones de estacionamiento,
aglomeración de negocios y residencias sin orden ni estética,
particularmente las desarrolladas a lo largo de la Carretera Estatal
PR-3 y de la Carretera Estatal PR-987, del Municipio de Fajardo.
Otro dato significativo es la Ruta 53, actualmente en construcción
que se conecta de la PR-52 en Salinas hasta la PR-3 en Fajardo. Esta
mejorará el acceso de los municipios del Sur a la Costa Nordeste.
Río Grande
La Carretera Estatal PR-187 se extiende desde la Carretera Estatal
PR-3 hasta el extremo Noroeste del Municipio de Río Grande. Esta
carretera comunica a este municipio con el Municipio de Loíza,
Carolina y San Juan. En términos generales está en muy buenas
condiciones excepto en el Municipio de Loíza, que tiene tramos
bastante deteriorados. Cabe señalar que el tramo que comprende el
Municipio de Río Grande es uno de gran belleza natural. Sus orillas
están todas cubiertas de vegetación variada incluyendo árboles de
almendros, flamboyanes, acacias y pinos entre otros que forman
30
túneles a lo largo de la ruta. Los terrenos adyacentes a esta
Carretera son bosques y áreas verdes de cocoteros, manglares y
pastos. Toda esta área es inundable y está adyacente a la Reserva
Natural del Río Espíritu Santo.
Al Sur de la PR-3, otras vías de mayor importancia son: la PR-186 y
PR-191 que comunican con la Comunidad El Verde y El Yunque, la
PR-956 que da acceso al Barrio Ciénaga Alta, la PR-959 y la PR-958
que dan acceso al Sector Dolores y a la Barriada Malpica,
respectivamente. La PR-968 comunica a los proyectos turísticos de
Río Mar, Playas del Yunque y al área Natural de Las Picúas. Esta
carretera conduce hacia el Norte desde la Carretera Estatal PR-3 en
el barrio Mameyes.
En su recorrido se pueden apreciar
restaurantes típicos con terrezas para observar el paisaje. En su
punta más alta se puede observar gran parte de la Costa Nordeste de
este Municipio de Río Grande, lo cual representa un espectáculo
visual de gran belleza: mar, bosques de mangles y campo.
Luquillo
En Luquillo, la PR-3 intersecta con otras vías secundarias como la
PR-992, la PR-983 y la PR-940 y dan acceso a los barrios Mameyes I,
Sabana, Pitahaya y Juan Martín, que están al Sur de la PR-3.
31
Fajardo
Al igual que los municipios de Río Grande y Luquillo, Fajardo se
conecta con el resto de la Región Metropolitana de San Juan, a
través de la Carretera Estatal PR-3. Esta vía fue ampliada en varios
sitios a través de su recorrido. Otras vías internas de importancia
en el Municipio son: la PR-194, la PR-195, la PR-976 y la PR-987, que
dan acceso al casco urbano, a los muelles y al área Norte del
Municipio donde ubican Las Croabas, el balneario "Seven Seas" y
Las Cabezas de San Juan.
El Programa de Construcción de Cinco Años (1993-98) de la
Autoridad de Carreteras y Transportación tiene la siguiente
programación de obras:
Río Grande
Tiene cuatro (4) proyectos en etapa de diseño y adquisición de
terrenos para un costo de $715,000 y dos (2) proyectos en etapa de
construcción tienen; uno es el de la Carretera PR-3, la cual consiste
con mejoras geométricas, operacionales y al sistema de semáforos
desde PR-26 en Carolina, hasta PR-3 en Luquillo. Se ha realizado un
72% de la obra con un costo de $.108 ms. El otro, de la PR-966 del
cual se ha realizado un 95% de la obra y cuyo costo es de $.55 ms.
32
Luquillo
Tiene cinco (5) proyectos en etapa de diseño y adquisición de
terrernos para un costo de $6,307,000 y sólo tiene un proyecto en
etapa de construcción el cual consiste en mejoras geométricas,
operacionales y al sistema de semáforos en la PR-3 desde PR-26 en
Carolina, hasta Fajardo de la PR-3.
Fajardo
Tiene cuatro (4) proyectos en etapa de diseño y adquisición de
terrenos para un costo de $9,436,000 y en etapa de construcción
tiene dos (2); uno es el de la Carretera PR-3, de Luquillo a Ceiba, del
cual se ha realizado un 72% de la obra para un costo total de $.167 y
el proyecto de la Carretera PR-53 del cual se ha realizado un 64% de
la obra y cuyo costo total son $8,822.000.
Proyectos de Carreteras Sobresalientes Terminados en los Años Fiscales
1994-95 y 1995-96 correspondientes al Territorio del Nordeste*
Entre los proyectos que mencionamos a continuación se incluyen unos
que aunque están fuera de la jurisdicción de los municipios que
integran el área de implantación son proyectos de carreteras que al
Esta información está contenida en los informes referentes a propuestas
presupuestarias y el Programa de Inversiones de la Autoridad de Carreteras y
Transportación correspondientes a los años fiscales 1994-95, 1995-96 y 1996-97.
33
vincularse a la red vial del Nordeste tienen un impacto en la actividad
económico-social y en el flujo vehicular del área.
Proyectos Terminados 1994-95
Construcción de PR-53, sección de la PR-3 kilómetro 47.60 al Sur de
Fajardo hasta la PR-982 en el Municipio de Fajardo con una longitud de
3.35 kilómetro y un costo de $9.27 millones.
Extensión de la PR-30 desde Humacao a Yabucoa en el Municipio de
Humacao con una longitud de 2.01 kilómetro y un costo de $6.88
millones.
Extensión de PR-30 a PR-906 en el Municipio de Humacao con una
longitud de 1.34 kilómetro y un costo de $6.83 millones.
Proyectos Terminados Durante el Año Fiscal 1995-96
PR-53, Sección PR-3 existente a la futura expansión PR-30. Incluye
puente de 600 metros. Este proyecto se ubica en la jurisdicción de
Humacao. Tiene una longitud de 3.14 kilómetro a un costo de
$21,528,000.
Reconstrucción PR-31 (PR-3 a PR-924) kilómetro 0.00 a kilómetro
13.3 en el Municipio de Naguabo. Tiene una longitud de 13.40
kilómetro y se construyó a un costo de $461,500.
34
Proyectos Sobresalientes en Proceso de Construcción
Existen dos (2) proyectos que tienen relación con la red vial en
desarrollo del Nordeste.
Uno es las mejoras al desvío Sur de Humacao desde la PR-908 hasta la
PR-30 (entrada a Humacao). Se construye con una longitud de 1.19
kilómetro a un costo de $3.07 millones.
El otro proyecto sobresaliente en construcción que tiene la Autoridad
de Carreteras y Transportación es la relocalización de la Ruta Tres (3)
desde Fajardo a Salinas (nueva ruta de la Autopista PR-53).
Esta nueva ruta se ha desarrollado en tres (3) etapas: Fajardo-Yabucoa,
Yabucoa-Guayama y Guayama-Salinas. Su longitud será de 102.0
kilómetro a un costo estimado de $433.1 millones.
De dicha ruta se han terminado los proyectos pertenicientes al tramo
Guayama-Salinas, el desvío de Patillas dos (2) tramos entre Fajardo y
Ceiba y tres (3) tramos entre Humacao y Yabucoa desde la intersección
con la Ruta treinta (30) en Humacao hasta la Ruta 906 en Yabucoa.
Estos tramos tienen una longitud de 40.1 kilómetro a un costo de $149.22
millones.
Están en ejecución cinco (5) tramos con una longitud de 25.09
kilómetro a un costo estimado de $134.08 millones localizados en Ceiba,
Naguabo y Humacao.
35
Este proyecto, dado que mejora significativamente la comunicación
vial del Nordeste con el Sur de Puerto Rico creará las condiciones
viales para que esa población del Sur también interactue con la
clientela turística que visitará el Nordeste.
Programación para los Municipios de Río Grande, Luquillo y Fajardo
A continuación la programación de la Autoridad de Carreteras y
Transportación para los próximos cinco años en el Programa de
Construcción para los municipios de Río Grande, Luquillo y Fajardo.
Río Grande
Tiene siete (7) proyectos en etapa de diseño, adquisición de terrenos y
programación para un costo de $3,768,000.00 y en etapa de
construcción tiene un proyecto, el cual consiste de la instalación del
sistema de alumbrado en la Carretera Estatal PR-3 desde Río Grande
hasta el puente sobre el Río Mameyes. Se ha realizado un 63% de la
obra a un costo de $400,000.00.
Luquillo
Tiene un proyecto en etapa de diseño, adquisición de terreno y
programación a un costo de $229,000.00.
Fajardo
Tiene dos (2) proyectos en etapa de diseño, adquisición de terreno y
programación a un costo de $1,043,000.00 y un proyecto en etapa de
36
diseño a un costo de $2,500,000.00. En etapa de construcción tiene un
proyecto, el cual consiste de la extensión de la Calle Marginal en la PR-
53, desde la PR-194 hasta la Comunidad Cintrón a un costo de $846,526
con un 95% de obra realizada.
b. Infraestructura Aérea
Las instalaciones aéreas para los Municipios de Río Grande,
Luquillo y Fajardo se encuentran en el Municipio de Fajardo. El
Aeropuerto Diego Jiménez Torres fue inaugurado en 1980. Se
encuentra localizado justo al Norte del Río Fajardo, con un área de
95 acres equivalentes a 97.82 cuerdas. En 1992 se convirtió en el
primer aeropuerto regional en cuanto al movimiento anual de
pasajeros.
Con el propósito de tener una guía para el desarrollo de este
aeropuerto, la Autoridad de los Puertos contrató los servicios de la
firma Landrum & Brown en 1990 para realizar un Plan Maestro
(MP). Suponiendo que el aeropuerto se mantendrá como una
instalación de transportación sirviendo mayormente a Vieques,
Culebras e Islas Vírgenes y anticipando un cambio significativo en
la demanda del ferry por el servicio aéreo, se calculó un volumen
de cerca de medio millón de abordajes para 2010, que representa un
aumento de cinco veces los niveles de 1990. No así la actividad de
carga que se pronostica que en 2010 duplique el volumen de 1990.
37
El Plan concluye que las necesidades más inmediatas son de
instalaciones para el área del terminal ya que de acuerdo con los
estudios realizados, la demanda actual excede la capacidad del
edificio terminal, estacionamiento de automóviles y la rampa del
terminal. El edificio del terminal requiere triplicar su tamaño y el
área de estacionamiento requiere 5 veces el espacio del 1990. De
acuerdo al Programa de Inversiones de la Autoridad de los Puertos
se proyectó comenzar un diseño en 1995 y la construcción en 1996-
97. También la rampa del terminal requiere una expansión
significativa de 3 posiciones para las naves hasta 18 en el 2010.
Deberá construirse una carretera de acceso exclusiva para el
aeropuerto ya que la actual es compartida por el complejo deportivo
adyacente al aeropuerto, ocasionando que el tránsito del aeropuerto
no fluya correctamente. El aeropuerto requerirá extensión y
expansión de la pista y la antepista para el año 2000 como resultado
de la introducción de naves de mayor tamaño tales como las ATR-42
y los jets antes mencionados. También señala la necesidad de
mejorar el sistema de navegación.
El plan maestro recomienda que los proyectos de desarrollo se
implanten en tres (3) fases (1990-95, 1996-2000 y 2000-2010). Las
primeras dos (2) fases contienen la mayor parte del programa de
desarrollo. Debemos tomar en cuenta que la implantación de los
proyectos dependerá del crecimiento actual del tráfico aéreo,
38
financiamiento disponible y consideraciones operacionales. Este
plan tampoco vislumbra impacto significativo al ambiente con los
proyectos propuestos e identifica los estudios y permisos necesarios
para la aprobación de los proyectos.
El programa total tiene un costo estimado de $15.6 millones basados
en el estimado del 1992.
El mismo es elegible a $11.4 millones de fondos federales provistos
por la Administración Federal de Aviación (FAA) y los restantes
$4.2 millones deberán ser aportados por otras fuentes de Puerto
Rico. Esto incluye mayormente fondos propios de la Autoridad de
los Puertos.
C. Infraestructura Marítima
El Municipio de Fajardo y sus municipios aledaños cuentan con un
muelle localizado en la Bahía de Fajardo, el cual sirve para
satisfacer las necesidades básicas de los habitantes de Vieques y
Culebra. Es importante señalar que mayoría de la carga de esas
islas se mueve en "ferry" desde este muelle. En los próximos meses
se completarán las mejoras al terminal de pasajeros y a las
instalaciones de estacionamiento y la construcción de un nuevo
muelle de carga con un costo de alrededor de cuatro millones de
dólares ($4,000,000).
39
d. Infraestructura Eléctrica (Fajardo, Río Grande y Luquillo)
La Región Este manifestaba problemas de regulación de voltaje por
la falta de extensión del sistema de transmisión a 230 KV hacia al
Este de la Isla para transferir bloques de potencia desde las plantas
generatrices en el Sur de la Isla. La expansión del sistema de
transmisión de 230 KV hacia Yabucoa y la instalación de bancos de
condensadores a 115 KV en Canóvanas y Fajardo resolvieron el
problema de regulación de voltaje.
La región Este, en especial los municipios de Fajardo, Río Grande y
Luquillo se proyectan como el próximo foco de desarrollo de la
actividad turística y comercial del país. El establecimiento de
grandes tiendas detallistas, la reapertura del Hotel El Conquistador y
la construcción de grandes complejos turísticos en estos municipios
apuntan hacia un gran crecimiento en la actividad turística y
servicios relacionados en el Este.
La Autoridad Energía Eléctrica (AEE) ha estimado un aumento
significativo en la demanda provocada por el desarrollo proyectado
para estos tres municipios durante el período de 1995-2005. Para
atender el aumento en la demanda de energía eléctrica que
experimentarán dichos municipios para el período señalado la
Autoridad ha programado varios proyectos en la infraestructura
eléctrica. Entre los proyectos se contempla la expansión de
40
terminales de 230 KV y 115 KV para líneas nuevas y la
reconstrucción de líneas existentes. Además, incluye la
construcción de nuevas subestaciones. Algunos de éstos ya se
completaron, otros están en la etapa de programación y
construcción para una inversión de $32.5 millones.
e. Infraestructura para Acueductos
En el municipio de Fajardo ubica una planta de filtración de agua
potable con capacidad de 6.3 mgd. En Luquillo y Río Grande, ubican
plantas de filtración de agua con capacidad de 1.50 mgd. y 20 mgd.
respectivamente.
La planta de filtración de Fajardo tiene una capacidad de 5.2 mgd.
Esta capacidad no implica que se satisfacen las necesidades de
producción de 4.7 mgd. y 4.8 mgd. proyectados al año 2000 y 2005
respectivamente, porque puede servir a sectores que no ubiquen la
jurisdicción del referido municipio, o tenga que producir menos
para atemperarse a los parámetros de calidad.
La planta de filtración de Río Grande está limitada por abasto y no
por su capacidad. Esta última es de 20 mgd., pero trabaja a una
capacidad de 8.40 mgd., por lo que su margen en capacidad es de 11.6
mgd. Su capacidad de diseño es para servir a otros sectores que
ubican fuera de la jurisdicción de Río Grande, ya sea en Canóvanas
41
y Luquillo. Luquillo podría suplirse de la planta de filtración de Río
Grande.
Para cubrir con los déficits y los proyectos programados se
recomienda:
Ampliar la capacidad de la planta de filtración de Fajardo de 6.3
mgd. a 10.2, es decir, 3.9 mgd. adicionales.
Planta de filtración de Canóvanas.
Construcción de un embalse en Río Grande para proveer la
insuficiencia de abasto hacia la planta de filtración del referido
municipio.
Desarrollo de una toma de aguas crudas en el Río Mameyes que
permitirá la producción de 5 millones de galones diarios de agua
adicionales a la Planta de Filtración del Yunque.
Desarrollo de una represa en el Río Fajardo.
Proyectos para mejorar y crear una red de distribución
completa e integrada entre los tres municipio.
Utilizar combinadamente facilidades existentes de acueductos y
alcantarillados.
No obstante, este Plan reconoce que para llevar a cabo el desarrollo
del sector, en algunos casos, será necesario combinar distintos
42
métodos para obtener el líquido; tales como hincados de pozos,
plantas de filtración y desalinización, entre otros.
f. Infraestructura para Alcantarillado Sanitario
Río Grande
La planta de tratamiento del Municipio de Río Grande fue
eliminada. Río Grande Urbano se conectó a la Planta Regional de
Carolina. Hacia el Este, en la Urb. Río Grande State, ubica una
Planta de Tratamiento Sectorial que opera satisfactoriamente,
Además, existe una plantita "Paquete", pero no opera
adecuadamente.
Luquillo
En el Municipio de Luquillo existe una planta con capacida de 1
mgd. El flujo es de 0.8 mgd., por lo que su capacidad residual es 0.20
mgd. De la información suministrada por el área de cumplimiento
de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillado, se desprende que la
planta opera bien considerando que:
El porciento de remoción para DBO es 97%.
En sólidos suspendidos remueve un 96%.
Fajardo
La planta de tratamiento de Fajardo tiene una capacidad de diseño
de 2.37 mgd. Opera casi a capacidad, por lo que requiere una
43
ampliación. Recientemente se le añadió un Biofiltro de remoción
de DBO. Sin embargo, necesita mejoras para el control de malos
olores y se necesita resolver el problema de insuficiencia de
capacidad. Para ello se recomienda la construcción de Plantas
"Paquetes" de disposición secundaria evaluadas con monitoría de la
Autoridad de Acueductos y Alcantarillado, en las fincas para
desarrollos turísticos, como complemento a la programación
anterior.
Se recomienda la utilización de plantas tipo compacto o "Package
Plants" modulares para la disposición de aguas servidas como
alternativa en ausencia de un sistema de alcantarillado sanitario.
g. Infraestructura de Comunicaciones
El desarrollo de las instalaciones de telecomunicaciones a nivel de
todo Puerto Rico ha sido tan acelerado y eficiente que no presenta
situaciones criticas para ninguna de las regiones en particular.
Esta ha propulsado la industria del turismo, ayudando a difundir la
imagen de las áreas turísticas del Nordeste hacia el exterior.
Fajardo y Luquillo cuentan con oficinas centrales. Dichas oficinas
centrales se entrelazan al sistema a través de una red de cables
convencionales, fibra óptica y una red de microondas.
Los municipios de Río Grande, Luquillo y Fajardo están entre
aquellos para los que se proyecta mayor demanda telefónica, dado el
44
auge en el desarrollo turístico, industrial, comercial y residencial
anticipado. El problema de infraestrutura no será de falta de
servicio, sino de buscar nuevas opciones para maximizar el uso de
los recursos existentes.
h. Instalaciones para el Manejo de Desperdicios Sólidos
El Plan de Regionalización de la Autoridad de Desperdicios Sólidos
propone que el municipio de Río Grande transporte sus
desperdicios sólidos a la Estación de Trasbordo localizada en
Carolina. Esta, al igual que el municipio de Luquillo depositará sus
despedicios en el Sistema de Relleno Sanitario Regional a ubicarse
en el muncipio de Fajardo.
B. Identificación de Recursos y Necesidades referentes al desarrollo
Esta sección comprende el análisis de los hallazgos de la fase de
reconocimiento, incluyendo sus potencialidades y limitaciones que nos
permiten llegar a conclusiones sobre nueva hipótesis.
1. Potencialidades
La Costa Nordeste de Puerto Rico posee recursos naturales y
características sobresalientes que convierten al área en una de
gran potencial para el desarrollo turístico.
Población: tasa de crecimiento poblacional mayor que el
promedio de la Isla.
45
Accesibilidad y proximidad al Area Metropolitana de San Juan.
Instalaciones de puerto y aeropuerto, con programación para
mejoras a sus instalaciones a fin de atender y satisfacer la
demanda actual y proyectada.
Gran número de proyectos turísticos ya establecidos y por
establecerse, como por ejemplo, restaurantes y áreas
recreativas.
Conexión directa con las Islas de Vieques y
Culebra; y otros cayos e islotes de gran atractivo turístico. Estas
Islas son ricas en áreas naturales y sus playas son de gran
belleza.
Existencia de cuatro Reservas Naturales designadas y el Bosque
Nacional del Caribe (El Yunque) con gran potencial para el
desarrollo de proyectos científicos y para el ecoturismo.
Posee terrenos prácticamente vírgenes con gran potencial para
su desarrollo turístico, que tienen extraordinarias vistas hacia
el mar y hacia el bosque.
Balnearios de aguas claras y tranquilas muy frencuentados por
el turismo interno. Ejemplo de esto son: La Monserrate y
"Seven Seas".
46
La construcción de la extensión de la Carretera PR-3 hacia
Humacao proveerá mayor accesibilidad a los municipios del
Sureste y la construcción de la Carretera PR-53 de Salinas a
Fajardo.
Oportunidad para combatir el desempleo y la dependencia de la
asistencia social en la región.
2. Limitaciones
En términos generales, podemos decir que los Municipios de Río
Grande, Luquillo y Fajardo evidencian las siguientes limitaciones:
En la última década, los municipios de la Costa Nordeste registraron
un aumento poblacional mayor al promedio de Puerto Rico.
Aunque la oferta de empleos aumentó durante el mismo período, su
tasa de aumento fue menor al incremento de la fuerza laboral,
aumentando así el desempleo en el sector. La insuficiencia de
medios económicos obliga a la búsqueda de recursos a tráves de
asistencia social y a la dependencia en el gobierno.
La variedad de recursos naturales y escénicos hacen atractivo al
Nordeste como destino turístico. Se encuentran en este litoral tres
reservas naturales con sus dunas, arrecifes, ciénagas, bosques,
mangles y pantanos, bahías, ensenadas, ríos, estuarios y lagunas,
entre las que se destacan dos bioluminiscentes, abundan en el
47
sector. Flora y fauna exuberante, algunas amenazadas o en
peligro de extinción, habitan aquí.
La actividad minera (extracción de arena y canteras), el desarrollo
en el litoral costero, la iluminación nocturna de las playas,
actividades agro-industriales, la disposición indebida de efluentes y
desperdicios solidos amenazan estos sistemas naturales.
Sensibilidad arqueológica
Sólo dos estructuras han sido incluídas en el Registro Nacional de
Lugares Históricos. Estas son: El Faro de las Cabezas de San Juan y
la Iglesia de Santiago Apóstol, ambas en Fajardo. Otras estructuras
que pueden tener valor histórico, al no ser reconocidas como tal,
pueden quedar desamparadas. En general, todos los cascos urbanos
tradicionales tienen lugares que pueden ser identificados como
sitios o como zonas históricas. Obras maestras de arquitectos
reconocidos, obras de arquitectura vernacular que ejemplifican
materiales, métodos y procesos de construcción, carreteras y
lugares donde ocurrieron eventos significativos deben
identificarse para luego ser nominados y designados.
Toda la Costa Nordeste y gran parte de sus riberas, son lugares de
alta potencialidad de yacimientos arqueológicos. En algunos casos,
la urbanización de terrenos sobre estos yacimientos, ha propiciado
la pérdida del recurso arqueológico.
48
Condición de inundabilidad
La preservación y conservación de los recursos, así como la
susceptibilidad a inundaciones de los terrenos limitan la cantidad
de terrenos disponibles para el desarrollo turístico del Nordeste. La
creciente población necesita lugares donde residir, trabajar,
comprar y recrearse, creando una gran demanda por terrenos para
acomodar el desarrollo. Mientras la demanda por terrenos
aumenta, la oferta el terreno disponible es constante. Es por ello
imperioso que se examine cuál es el mejor uso de esos terrenos y
propiciar que los idóneos para el turismo, permanezcan disponibles
para esta actividad principal de la economía del Nordeste.
Insuficiencia y uso ineficiente de la infraestructura
El Nordeste tiene limitaciones en su infraestructura para poder
servir nuevos desarrollos. Sus vías de accesos tienen limitada la
capacidad residual y el flujo a tráves de ellas se ve interrumpido
constantemente por semáforos en intersecciones a nivel. Existe
insuficiencia, tanto en la producción de agua potable, así como en
la disposición de aguas servidas para satisfacer la demanda de
nuevos proyectos, y hay escasez de terrenos adecuados para la
disposición de desperdicios sólidos. Muchos de estos señalamientos
están en proceso de superación, pero no obstante, el desarrollo a
efectuarse dependerá de alianzas entre el gobierno y la empresa
privada por la provisión de la infraestructura necesaria.
49
3. Conclusiones
Del análisis de las potencialidades y límitaciones validamos nuestra
hipótesis de que la Costa Nordeste presenta un gran potencial para el
desarrollo turístico:
Existen una serie de fincas de gran extensión, en tenencia del
Estado o de pocos dueños, lo que facilita su desarrollo.
Poseen recursos naturales, arqueológicos y/o culturales que se
deben preservar.
La infraestructura es limitada por lo que se recomienda:
Coordinar la programación de infraestructura para aumentar su
dotación.
Utilizar las Nuevas Competencias para viabilizar el Desarrollo;
tales como:
*
Exacción por impacto
*
Eslabonamiento
*
Transferencia de derechos de desarrollo
*
Reparcelación
C. Cursos de Acción
Al seleccionar alternativas se nos presenta un escenario de situaciones
que requieren acciones que varían desde lo general a lo específico,
50
algunas de las cuales podrán implantarse a mediano o largo plazo.
Para ser eficientes y efectivos en lograr nuestras metas no podemos
establecer un solo curso de acción, sino tantos como sean necesarios
para lograr el efecto sinergético que nos permitirá solucionar la
problemática diagno sticada. El Plan Conceptual de Desarrollo Turístico
para la Costa Nordeste de Puerto Rico establece tres cursos de acción. A
continuación describimos los mismos:
1. Designación de Zonas de Interés Turístico
Tiene como propósito integrar aquellas áreas con valor turístico
como opciones para la expansión y diversificación del turismo local
y extranjero. En ellas se aplica la reglamentación, con el propósito
de proteger y darle un tratamiento ordenado al desarrollo que se
puede dar en estas zonas, y donde requiera, recomendar mejorar
las instalaciones de infraestructura que las sirven. Esta fase fue
concluída el 30 de septiembre de 1993.
2. Discño e Implantación de Políticas Públicas
Definen con precisión el enfoque fundamental del gobierno,
establecen marcos de referencia claros para las gestiones y
prioridades de carácter normativo que complementan la
planificación determinada por planes de usos de terenos y planes
de ordenación territorial. El documento Objetivos y Políticas
Públicas del Plan de Usos de Terreno de Puerto Rico revisado
51
durante el 1995, atempera las políticas turísticas a las estrategias de
la Compañía de Turismo y de desarrollo sustentable. El mismo está
vigente desde el 31 de octubre de 1995.
3. Definición del área de intervención como una de carácter especial
y a tales propósitos establecen normas especiales para orientar el
desarrollo.
4. Desarrollo Conceptual de Fincas Prioritarias
"Charrette" Nordeste
El día 18 de febrero de 1994, a las 9:00 A.M. se inició el Charrette. Se
formaron tres grupos inter-disciplinarios de trabajo integrados por
representantes de la Junta de Planificación, del Departamento de
Recursos Naturales y Ambientales, de la Compañía de Turismo, de la
Administración de Terrenos, del Colegio de Ingenieros y
Agrimensores, del Colegio de Arquitectos y de la Sociedad
Puertorriqueña de Planificación. Trabajaron todo el día para producir
el desarrollo conceptual del Nordeste de Puerto Rico.
Concluidas las fases de reconocimiento y diagnóstico se identificaron
una serie de fincas de alta prioridad para el desarrollo turístico del
sector, como Las Paulinas, La Josefa, La Monserrate, San Miguel I, San
Miguel II- y El Convento, cada cual con su encanto. La Junta de
Planificación convocó el "Charrette" del Nordeste, invitando a
representantes de las diversas agencias gubernamentales, de la
52
empresa privada, de asociaciones profesionales y grupos de interés,
cada cual con su peritaje, para pensar sobre lo deseado en la Costa
Nordeste y diálogar sobre qué será el desarrollo sostenible para esta
porción de nuestro más escaso recurso, el recurso tierra.
El sábado 19 de febrero de 1994 tuvieron la oportunidad de presentar
sus trabajos ante un grupo de comentadores entre los que se
encontraban, el Secretario del Departamento de Recursos Naturales y
Ambientales, Sr. Pedro Gelabert, la Presidenta de la Junta de
Planificación, Plan. Norma E. Burgos, el Director Ejecutivo de la
Compañía de Turismo, Ledo. Luis Fortuño, el Administrador de la
Administración de Administración y Reglamentos, Ing. César Barreto,
el Director Ejecutivo de la Administración de Terrenos, Lcdo. José R.
Ramírez, el representante del Colegio de Arquitectos de Puerto Rico,
Arq. Otto Reyes, la representante de la Sociedad Puertorriqueña, Plan.
Lucilla Marvel, el Ing. Luis M. García Passalacqua, por la Asociación de
Contratistas Generales y el Arq. Francisco Javier Blanco, Director
Ejecutivo del Fideicomiso de Conservación de Puerto Rico. No
asistieron los líderes comunitarios, Sr. Nelson Reyes del Valle y Sr.
Jorge Fernández Porto, quienes habían sido invitados a participar. Las
presentaciones realizadas por los grupos que participaron se
complementaron, aunque fueron distintas en análisis y enfoque. Una
presentó un enfoque regional, otra un análisis a nivel municipal y la
otra proveyó alternativas específicas de intervención específica en las
53
localidades consideradas. Por su parte, el grupo comentador fue
receptivo y llegó a un valioso conjunto de observaciones.
El "Charrette" brindó la oportunidad de armonizar las políticas
públicas de la Compañía de Turismo, el Departamento de Recursos
Naturales y Ambientales, el Departamento de Recreación y Deportes
con las de la Junta de Planificación y a llegar a consensos con los
grupos de interés.
Consensos del Charrette
1. Necesidad de intervención en los kioskos de Luquillo.
2. Estudiar la posibilidad de utilizar la servidumbre existente del
tren como alternativa de transportación turística.
3. Restringir el uso de las playas de las fincas Convento, Paulina,
San Miguel I y San Miguel II para bañistas.
4. Intensificar el uso en las áreas de poca sensibilidad, mientras que
se protegen las áreas bajas, mucho más sensitivas.
5. Diversificación de opciones turísticas para satisfacer, tanto el
turismo interno como el externo.
6. Canalizar los beneficios de la aportación turística a los cascos
urbanos y a la condición urbana aledaña.
54
7. La construcción en las costas debe respetar la escala de los
recursos.
8. Establecer un plan integrado de circulación que mejore los
accesos existentes y busque accesos alternos.
9. Respetar los derechos del ciudadano.
10. Mantener conciencia de la planificación regional e integración
con el Bosque Nacional del Caribe (El Yunque) y otras amenidades.
11. Considerar la agrupación de fincas públicas y/o privadas que
deben ser consideradas.
12. Promover la participación ciudadana, tanto en la elaboración de
este plan como en los planes territoriales.
13. Participación del gobierno en el análisis económico que viabilice
los desarrollos.
14. Determinación y voluntad para hacer lo que sea necesario para
mantener la belleza.
Carta de Derechos del Ciudadano
La Carta de Derechos elaborado por el Arq. Emilio Martínez,
participante del "Charrette", surge a raíz de la preocupación sobre
cuál sería el efecto de estos posibles desarrollos en el ciudadano de la
55
región. La misma fue endosada por unanimidad y brinda un marco
de referencia en la elaboración del Plan.
Derechos a una ciudad 0 poblado libre de establecer su propia
identidad.
Derecho a una relación armoniosa y visible con la naturaleza.
Derecho a reunión. Esto expresado claramente en los espacios
públicos.
Derecho al acceso a todo el poblado.
Derecho a un albergue de placer y confort.
Derecho a la movilidad peatonal.
Derecho a la higiene.
Derecho a la memoria colectiva.
Derecho a la permanencia y también al cambio.
Derecho a la belleza.
Derecho a la Arquitectura.
A lo que los participantes añadieron:
Derecho al aire libre y a la recreación.
56
A la luz de los insumos obtenidos en el "Charrete" y de la evaluación
más específica que se hiciera de los terrenos posteriormente, se
definieron y/o ratificaron los aspectos normativos y las
recomendaciones siguientes:
1. Necesidad de intervención los kioskos de Luquillo.
2. Utilización de la servidumbre existente del tren como
transportación secundaria en la Costa Nordeste.
3. Mejorar accesos existentes a la región.
4. Limitar el uso de las playas Convento, Paulina, San Miguel I y II
para proteger la vida silvestre. Trabajar con la iluminación
indirecta en árcas de anidajes de tortugas.
5. Concentración de usos en segmentos no sensitivos para liberar
aquellos que sí lo son.
6. Mezcla de usos y diversificación de opciones turísticas para
distintos presupuestos y mercados en los desarrollos del sector.
7. Proveer conexión entre los desarrollos turísticos y los focos de
atracción en los pueblos aledaños. Habilitar zonas como los cascos
tradicionales, el Barrio Palmer y "Seven Seas", entre otros para
convertirlos en sectores turísticos prósperos.
57
8. No permitir más de seis (6) pisos de altura en toda nueva estructura
para armonizar con la naturaleza.
9. Proveer tratamiento paisajista a la región incluyendo rutas de
acceso y entradas importantes a zonas turísticas.
III. ASPECTOS NORMATIVOS, DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS Y PRACTICAS DE
DISEÑO Y CONSTRUCCION A TOMAR EN CONSIDERACION DURANTE LA FASE DE
LA IMPLANTACION
A. Alcance y criterios normativos
Este Plan, de carácter conceptual, define recursos de valor ecológico y
escénico-natural en los terrenos donde se establecerán las
instalaciones correspondientes. También se plantean diversas
alternativas generales de actividades y servicios que vienen a servir
de marco de referencia al momento de seleccionar las actividades y
servicios específicos que se desarrollarán y ofrecerán.
A la luz de las alternativas amplias de servicios y actividades a
desarrollar que establecen parámetros de usos e intensidad de los
mismos y respecto a los mecanismos de mitigación y control de los
impactos predecibles de las edificaciones e instalaciones a desarrollar,
se someterán los proyectos ante la Administración de Reglamentos y
Permisos (ARPE) enmarcados en la visión propuesta para el área.
58
La asignación de usos y la intensidad de éstos se determinará de
acuerdo a los parámetros de diseño conforme a los distritos de
zonificación establecidas en este Plan (Tabla de Zonificación).
La diversidad de ecosistemas que se encuentra en los terrenos
comprendidos en las fincas donde se construirán las instalaciones y en
el interés de que éstos sirvan como atractivo a la clientela turística y a
los residentes de Puerto Rico que visiten el área, nos lleva a destacar la
importancia de la conservación de los recursos correspondientes.
Por esta razón el criterio primordial al evaluar los proyectos es el
impacto del desarrollo en los recursos del lugar específico donde se
desarrollarán.
Los ecosistemas existentes tienen los atributos para definirlos como
reservas naturales y por esta razón el desarrollo de estos terrenos
tiene que ser sumamente responsable con la conservación de los
recursos y valores naturales correspondientes. Por tales
características se define el área como una de planificación especial.
Dentro de las consideraciones del concepto de desarrollo sustentable y
los contínuos cambios dentro del mercado turístico, es que cada
proyecto a desarrollar se evaluará por sus propios méritos, sus posibles
impactos y por la manera en que aporta a las necesidades de la
clientela turística que patrocine los servicios a ofrecer. De este modo
se elabora una normativa flexible y ágil que no menoscaba la riqueza
59
natural y cultural. Dada esta sensitividad ecológica del área donde se
implantará el Plan, se adoptaron criterios evaluativos y aspectos
normativos similares a los adoptados en las áreas especiales de las
Picúas y Piñones. Como cuestión de hecho, la zonificación de las zonas
de Interés Turístico se ha hecho tomando en consideración este interés
de conservación de los recursos a la vez que se promueve el desarrollo
responsable del área.
B. Zonificación
Simultáneamente que se utilizan las disposiciones del Reglamento de
Zonificación de Puerto Rico (Reglamento de Planificación Núm. 4) al
describir cabidas mínimas, uso e intensidad de usos de los distritos de
zonificación es importante reiterar que el área donde se desarrollará
la fase de implantación está comprendida en los que se define como
zona de interés turístico.
Designación de zonas de interés turístico
La Ley 374 del 14 de mayo de 1949, según enmendada, faculta a la Junta
de Planificación en coordinación con la Compañía de Turismo, a
establecer Zonas de Interés Turístico y adoptar la reglamentación
necesaria para guiar el desarrollo y usos de terrenos en tales zonas.
Se define Zona de Interés Turístico cualquier área de Puerto Rico que
disponga como parte integrante de su ubicación geográfica 0 dentro de
las inmediaciones de su localización, una serie de atractivos naturales
60
0 edificados que estén actualmente desarrollados o que tengan
potencial turístico, tales como:
- playas
lagos
bahías
lugares históricos
edificaciones o ambientes de valor histórico, arquitectónico y
parajes de gran belleza natural.
Siguiendo la metodología establecida se elaboraron zonas de
ordenamiento y desarrollo turístico del sector que se tradujeron en
enmiendas a los mapas de zonificación vigentes. Para considerar los
planteamientos y recomendaciones de la ciudadanía en general
respecto a la consideración de las propuestas enmiendas a los mapas de
zonificación de Río Grande, Luquillo y Fajardo, la Junta de
Planificación celebró vistas públicas el día 23 de junio de 1993. Luego
de analizar los comentarios y ponencias presentadas en la vista, los
memoriales recibidos y los estudios realizados, esta Junta de
Planificación en reunión del 30 de septiembre de 1993, aprobó y adoptó
enmiendas.
61
En general, áreas urbanas con su especial relación con el turismo han
sido zonificadas como Residencial-Turística (RT) y Comercial-Turística
(CT). Esto beneficia a los dueños de propiedades, ya que aumenta la
posibilidad de usos en las mismas, y las coloca en un lugar más
competitivo para lograr financiamiento. Sin embargo, en lugares
fuera del ámbito de expansión urbana y donde es necesario mantener
el carácter paisajista y las condiciones naturales del lugar, la
zonificación adoptada fue Desarrollo Turístico Selectivo (DTS). Los
proyectos turísticos y recreativos a autorizarse en este distrito
dependerán, en gran medida, de la disponibilidad de la infraestructura
en el área.
A continuación se describen los distritos que se encuentran en el área
del Plan Conceptual de Desarrollo Turístico del Nordeste.
La descripción se hace de manera resumida con relación a los
propósitos del distrito, usos permitidos y lotificaciones (cabidas)
mínimas permitidas.
La información pormenorizada respecto a usos y cabidas específicas
permitidas a modo de excepciones o variaciones, respectivamente,
aparece en el Reglamento de Zonificación de Puerto Rico (Reglamento
de Planificación Núm. 4) en las secciones dedicadas a tales fines.
62
1. Areas Desarrolladas (A.D.)
Se establece este distrito para identificar las áreas fuera de los
ámbitos de expansión urbana que han sido pobladas o desarrolladas
con el propósito de diferenciarlas de los demás distritos de
zonificación que se establecen en el Reglamento de Planificación
Núm. 4.
En poblados desarrollados sin la aprobación de un desarrollo
preliminar en el que se designen los usos de terrenos no se
permitirá el cambio de usos, excepto cuando estén en conformidad
con el carácter de la vecindad donde radican.
Los usos propuestos podrán ser residencial, institucional, comercial
o industrial siempre que tales usos armonicen con las
características predominantes en el vecindario inmediato.
Información adicional sobre este Distrito A-D favor de cotejarla en
el Reglamento de Zonificación de Puerto Rico (Reglamento de
Planificación Núm. 4).
2. Agrícola Mecanizable (A-1)
Se compone de terrenos con ninguna o escaza población, cuya
continuidad en uso agrícola se declara de importancia para el país.
Se establece para identificar áreas de gran productividad 0 de gran
potencial agrícola.
63
Se establece una densidad poblacional de una familia por lote con
cabida mínima de cincuenta (50) cuerdas.
Los usos son agrícolas: siembra, cría de ganado, de aves, de animales
domésticos, de caza y de abejas.
Los edificios a construirse se deben de ubicar en un lugar que
tenga el menor impacto sobre el potencial agrícola de la finca. El
área de ocupación total a permitirse no debe de exceder de un
cuatro por ciento (4%) del área total de la finca.
3. Agrícola General (A-2)
Se define sobre terrenos compuestos por terrenos con ninguna o
escasa población cuya continuidad en uso agrícola se declara de
importancia para el país; se establece para identificar áreas de
gran productividad o de gran potencial agrícola.
La densidad poblacional es de una familia por cada lote con cabida
mínima de veinticinco (25) cuerdas. Los usos permitidos son
agrícolas tales como siembra o productos agrícolas y la crianza de
ganado, aves, de animales domésticos, de caza y de abejas.
Las estructuras a edificarse deben ubicarse en el lugar donde
tengan el menor efecto negativo sobre el potencial de producción
agrícola de la finca.
64
El diseño y uso de las edificaciones estará estrechamente
relacionada con los usos agrícolas permitidos.
Información pormenorizada sobre estos y otros aspectos referentes
al distrito aparecen en el Reglamento de Zonificación de Puerto
Rico (Reglamento de Planificación Núm. 4).
4. Agropecuario (A-3)
Identifica áreas utilizadas 0 con potencial para la actividad
agropecuaria. Son áreas cuyo patrón general de desarrollo
agropecuario se afecta adversamente con la introducción de usos
residenciales en forma dispersa.
La densidad establecida es de una familia por cada veinticinco (25)
cuerdas (lotificación mínima).
Los proyectos de carácter comercial e industrial de ciertas
características son permitidos. Información pormenorizada
aparece en el Reglamento de Zonificación de Puerto Rico
(Reglamento de Planificación Núm. 4).
5. Bosques de Mangle (B-2)
Identificar los distintos tipos de bosques de mangle y salitrales
asociados a los sistemas de mangles que existen en Puerto Rico con
el propósito de protegerlos de los daños irreparables producidos por
65
el mal uso y la falta de previsión en entender el efecto adverso de
otras actividades sobre estos sistemas.
Existen cinco (5) tipos de mangle: islotes de mangle, mangle de
borde, manglares enanos o achaparrados, manglares ribereños y
manglares de cuenca.
Los mangles poseen un valor especial y unas características
distintivas con diferentes necesidades de manejo.
Los usos permitidos específicos aparecen descritos en el
Reglamento de Zonificación de Puerto Rico (Reglamento de
Planificación Núm. 4)
6. Conservación de Recursos Arqueológicos (C.R.A.)
Se establece para identificar terrenos o propiedades que
constituyen valores arqueológicos.
Los usos permitidos serán referente a estudios científicos,
excavaciones con propósito arqueológicos, museos, oficina de
instalaciones sanitarias, cafetería y venta de regalos como usos
accesorios, siempre que tales usos no conflijan con la
investigación, conservación y restauración de los yacimientos
arqueológicos. No se permitirán excavaciones que puedan afectar,
destruir, alterar o eliminar valores arqueológicos. Las
66
edificaciones a permitirse se utilizarán para propósitos afines con
la naturaleza del distrito en cuestión.
La lotificación no se permite en este distrito de conservación
excepto para viabilizar los usos propios del mismo.
En dichos distrito se permitirán los siguientes tipos de
construcciones siempre y cuando no interfieran con los propósitos
del mismo:
1. Edificios o estructuras determinadas en función de la naturaleza
de la actividad a permitirse.
2. Instalaciones para servicios de infraestructura que sean
necesarias para los usos permitidos.
El Consejo Arqueológico Terrestre del Instituto de Cultura
Puertorriqueña está disponible para asesorarle respecto a
yacimientos existentes y con relación a como proceder yacimientos
nuevos.
7. Conservación de Recursos Uno (CR-1)
Este distrito se crea para identificar aquellas áreas donde se puede
permitir un desarrollo siempre y cuando se tomen medidas
concretas para proteger y ofrecer mantenimiento al recurso que se
interesa conservar. Hacia esos fines, los proyectos deben de afectar
un mínimo el área del recurso, proteger el terreno y evitar su
67
impermeabilización, proteger, mantener y restaurar la vegetación
y los rasgos topográficos del lugar, evitar la deforestación de los
suelos que aumenten la escorrentía y erosión del terreno y en
general deben de buscar un balance positivo donde el ambiente
natural prevalezca sobre el desarrollo.
8. Conservación de Cuencas (CR-3)
Se establece para identificar terrenos en las cuencas de lagos y
embalses donde se debe de ejercer gran cuidado sobre el tipo de
desarrollo que se autoriza para evitar la sedimentación de lagos y
embalses, así como obras de canalización.
El uso residencial, que se permite es casas de una o dos familias en
lotes con cabida mínima de veinticinco (25) cuerdas. Cabidas
menores se evaluarán a la luz de las disposiciones de las secciones
98.00 y 99.00 del Reglamento de Zonificación de Puerto Rico
(Reglamento de Planificación Núm. 4).
Se permiten también usos agrícolas y relacionados. Las
instalaciones a construirse deben estar estrechamente relacionadas
al uso principal.
Durante las obras de urbanización y construcción de las
edificaciones se tomarán las medidas que sean necesarias para
reducir a un mínimo, las escorrentías, deforestación y la erosión
del terreno que puedan causar la sedimentación y la contaminación
68
de lagos y embalses. Toda, obra a realizarse conllevará la
reforestación y cualquier otra medida dirigida a proteger y
conservar los embalses y lagos, requeriéndose como mínimo que se
muestre evidencia de que luego del desarrollo del terreno no se
aumentará la escorrentía que se genere ni se afectará
significativamente su calidad.
En el área del Nordeste donde se implantará el Plan existen los
estuarios y embalses de los Rios Sabana, Pitahaya, Juan Martín, Río
Fajardo y la Laguna Aguas Prietas al Norte de El Convento los cuales
son segmentos del territorio del Plan donde deben de aplicarse estas
disposiciones reglamentarias.
9. Desarrollo Turístico Selectivo (D.T.S.)
Se establece con el propósito de facilitar la ubicación de proyectos
turísticos y recreativos fuera de los ámbitos de expansión urbana.
Presupone que existen las instalaciones necesarias de la
infraestructura correspondiente.
Es de primordial importancia mantener el carácter paisajista y las
condiciones naturales del lugar.
Los usos tienen que armonizar con los recursos naturales y
mantener la estabilidad de los ecosistemas existentes. Se permiten
usos agrícolas y agroindustriales, viviendas para una familia, venta
al detal de productos cosechados en la propiedad siempre que el
69
área de la estructura no exceda los doscientos (200) metros
cuadrados.
En el Distrito de Desarrollo Turístico Selectivo la densidad se
determina por a) contorno físico geográfico y b) nivel de
sensitividad ecológica. Tomando en consideración estos aspectos se
infiere que las particularidades ecosistémicas del segmento
particular donde se plantee la ubicación será factor principal al
determinar la densidad.
No obstante, lo anterior y a los fines de que la parte interesada someta
los proyectos que estime pertinente, se acuerda delegar en el Comité
Junta-ARPE la consideración las consideración de los proyectos a
someter para lo cual la Junta de Planificación ha acordado que los
diferentes proyectos cumplirán con los siguientes parámetros de
diseños, los cuales deberán tomar en consideración al someterse los
mismos ante dicha Administración.
10. Playas Públicas (P.P.)
Se define para áreas reservadas para baños de mar y la recreación
pasiva relacionada con dicha actividad. La delimitación del Distrito
Playa Pública en el agua será la línea de boyas instaladas.
Se equipan estas áreas con una serie de instalaciones y servicios
imprescindibles para que la ciudadanía pueda acudir baños de mar.
70
Entre estos cabe mencionar boyas para protección de los bañistas,
estacionamiento, duchas, vestidores, limpieza y salvavidas.
La actividad propiamente de balneario se complementa con otros
usos permitidos; tales como kioskos e instalaciones de barbacoa;
restaurantes y cafeterías son otros usos accesorios.
La lotificación de terrenos no es permitida excepto para viabilizar
los usos permitidos en la sección 99.00 del Reglamento de
Zonificación de Puerto Rico (Reglamento de Planificación Núm. 4).
Los accesos en un distrito de playas públicas no podrán ser
obstruidos o cerrados. Cuando se apruebe el desarrollo de terrenos
o lotificaciones colindando con fajas de playas públicas será
requisito proveer accesos peatonales y vehiculares a las playas.
El acceso principal al desarrollo 0 lotificación se extenderá hasta la
zona marítimo-terrestre para proporcionar acceso a la playa
pública. Se proveerán accesos vehiculares en los distritos playas
públicas con una separación o espacio no mayor de mil seiscientos
(1,600) metros entre uno y otro así como accesos peatonales a no
más de cuatrocientos (400) metros de separación entre sí.
71
11. Preservación de Recursos (P.R.)
Su propósito es clasificar y designar áres específicas que
constituyen recursos naturales cuya condición existente es única,
frágil, en peligro de extinción y que es necesario proteger para la
contemplación o el estudio científico.
Los usos están dirigidos a preservar la condición existente, a tales
efectos se permite realizar estudios científicos por personas o
entidades debidamente reconocidas y acreditadas, la contemplación
con la supervisión de oficiales custodios y otros usos estrechamente
relacionados con el propósito esencial por el cual fue creado el
Distrito.
La lotificación no será permitida, excepto para ciertas excepciones
especificadas en la sección 99.00 del Reglamento de Zonificación de
Puerto Rico (Reglamento de Planificación Núm. 4). Esos usos
también tienen que ser compatibles con el carácter esencial del
distrito.
12. Ruta Escénica (RE)
Se establece con el propósito de proteger la contemplación y el
disfrute del paisaje o panorama a lo largo de la Ruta Panóramica y
otras rutas escénicas designadas mediante legislación o por la Junta
de Planificación mediante resolución a través de controles
72
aprobados de los usos de terrenos y propiedades ubicadas en los
márgenes de los mismos.
Es Política de Usos de Terrenos el conservar en su mayor extensión
posible la condición natural existente de los terrenos y propiedades.
Se permitirán solamente aquellos usos que complementen,
armonicen y fomenten el más amplio disfrute de su ambiente
cultural, natural y la belleza de su paisaje.
Los Usos permitidos incluyen:
Residencia de una familia.
Merenderos al aire libre, miraderos o áreas para observar
paisajes o panoramas.
Instalaciones turístico-vacacionales mediante autorización de la
Junta de Planificación.
Usos agrícolas (cosechas, diversas siembras, puestos para la
venta al detal y otros estrechamente relacionados a la actividad
agrícola.
Los usos comerciales se permitirán siempre que el área de piso
de la estructura a utilizarse no exceda de doscientos (200) metros
cuadrados y se demuestre que dichos usos son necesarios para
servir los fines y propósitos de la vía panóramica 0 escénica.
73
Con relación a la lotificación la cabida mínima tendrá un tamaño no
menor de cinco (5) cuerdas y un ancho no menor de cien (100)
metros. Respecto a las construcciones cualesquiera, estructura que
obstruya la visibilidad hacia el Panorama desde una vía no será
permitida.
D. Desarrollos en Zona Costanera
La zona costanera se define como la franja de terreno costanero y las
aguas adyacentes a Puerto Rico, que se extiende a 1,000 metros
lineales de tierra adentro desde la línea de costa y distancias
adicionales para incluir sistemas naturales claves en la costa, así
como las aguas y el suelo oceánico 0 marítimo que se extiende tres (3)
millas náuticas (equivalentes a diez punto treinta y cinco (10.35)
millas terrestres, incluyendo a Vieques, Culebra, Mona, Islas y Cayos
dentro del límite geográfico de Puerto Rico.
Dado que en el Plan Maestro del Nordeste se plantean desarrollos
próximos al litoral costero se requerirá que entre otros instrumentos
de planificación se reglamenten los proyectos correspondientes a
través del Reglamento de Planificación Núm. 17, conocido como el
Reglamento de Zonificación de la Zona Costanera y de los Accesos a
las Playas y Costas de Puerto Rico.
74
Según la sección 3.05 se plantea lo siguiente:
"En todo proyecto para la construcción de edificios de lotificación o
de urbanizaciones de terrenos con frente a la costa o playas de
Puerto Rico, la Junta de Planificación requerirá que se dedique a
uso público una faja de terrenos de veinte (20) metros de ancho
contigua a la anterior."
E. Humedales
Los humedales palustrinos y estuarinos, deben mantenerse en su
estado natural. Estas planicies inundables tienen un alto valor
ecológico por lo cual se deben de conservar.
Al establecer instalaciones recreativas y/o deportivas próximas a
estas áreas de humedales se establecerá una franja de
amortiguamiento no menor de quince (15) metros alrededor de los
mismos.
Al establecer instalaciones de campo de golf; por ejemplo, se deben de
ubicar en áreas libres de restricciones por la presencia de sistemas
naturales. Las aguas de escorrentía e irrigación de los campos de
golf deben de ser recogidas y tratadas para impedir la contaminación
con plaguicidas y fertilizantes en áreas naturales de humedales
contiguas. También existen en el mercado métodos orgánicos de
fertilizantes para estas actividades.
75
Además de conservar, existe el mecanismo de mitigación para
aquellas áreas que han sido impactadas negativamente.
Por otro lado, las prácticas de desarrollo pueden incorporar todas
aquellas medidas actualizadas que podrían hasta lograr, como se ha
hecho en la Florida, Campos de Golf en áreas de manglares sin que tal
uso afecte la integridad ecológica del manglar. Es decir, siempre y
cuando se garantice la genuina conservación de los recursos la
política es alentar el crecimiento económico responsable.
F. Manglares, Dunas, Arrecifes y Lagunas
Los manglares son recursos de gran valor ecológico, especialmente
para varios propósitos: como amortiguadores contra catástrofes
naturales, refugios de vida silvestre, criaderos de vida marina, áreas
de pesca y filtros naturales para purificar las aguas.
Los manglares de la costa Nordeste desde Boca de Cangrejos hasta
Fajardo han estado sujeto a fuertes presiones de desarrollo. En Puerto
Rico quedan solamente aproximadamente 15,000 cuerdas de
manglares.
Las dunas sirven de protección contra los oleajes de las tormentas,
cumplen la función de proteger la propiedad y vida en terrenos
aledaños a la costa y limitan la erosión natural costanera. La
extracción de arena ha ocasionado que se hayan reducido
significativamente las áreas de dunas en las costas de Puerto Rico.
76
Plan Conceptual de Desarrollo Turístico de la Costa Nordeste de Puerto Rico
1
-
Federal
:
"
Although
i
cosetal
c
DO
-
2
=
AREAS DE INTERES AR SINGULAR Y AREAS DE PRESERVACION Y AND RESTORATION RESTAURACION
PE AMEAS OF PAPTICULA CONCERN AND AREAS FOR PRESERVATION
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
0
2<=
%
STREET
o
FARR
CEISA
If
MAPA DE ZONAO DE MUNDACIONES, BARRERAS COSTERAS Y. PLAYAS
ALIANZA ESTRATÉGICA ENTRE LA JUNTA DE PLANIFICACIÓN Y LA COMPAÑÍA DE TURISMO
39
Simultáneamente que cumplen las funciones previamente
mencionadas éstas son preferidas por las tortugas marinas para
anidar y desovar.
Es por esta razón que la sección costera que se extiende desde la
desembocadura del Río Pitahaya y el Río Sabana hasta Cabeza
Chiquita al Norte en la Laguna Aguas Prietas es un sector preferido
por dicha especie en peligro de extinción.
Los arrecifes son formaciones geológicas marinas que cumplen
varias funciones en los sistemas ecológicos referentes al mar y las
costas. Entre éstas cabe mencionar las siguientes:
a. Proteger las aguas del interior y las costas.
b. Sirven a modo de fuente de alimentación a ciertos organismos.
c. Son objeto de atención para la ciudadanía que disfruta de las
playas y el mar y para los amantes de la investigación científica.
d. Interactuan con otros sistemas.
e. Cumplen una función estética agregando diversidad a los recursos
de las aguas del mar.
Existen dos grupos principales que son los rocosos y los coralinos.
Los rocosos reflejan gran diversidad. Ambos grupos ofrecen
77
protección contra el choque de las olas en las orillas e influyen en el
depósito de arenas en las playas.
Los arrecifes de coral son muy frágiles y pueden ser destruidos,
fácilmente por las actividades marinas o terrestres. Algunos de ellos
están amenazados por la sedimentación, la contaminación de las
aguas por la descarga de desperdicios, los derrames de petróleo y los
cambios en el balance de la salinidad.
Estos factores que explican el deterioro de estos recursos ecológicos
nos lleva a plantear otro aspecto normativo: el disfrute de las playas
por los bañistas y el uso de ese litoral marítimo para uso de
embarcaciones debe de llevarse a cabo a través de prácticas que
reflejen el crecimiento en los niveles de conciencia ciudadana sobre
el valor de los recursos naturales. Respecto a los corales se debe
aplicar el Reglamento que se créó para controlar la extracción,
posesión, transportación y venta de recursos coralinos en Puerto
Rico. El mismo señala como acto ilegal "el tomar, tratar de tomar,
extraer, destruir, transportar, poseer o vender cualesquiera coral
vivo o muerto dentro de los límites jurisdiccionales de Puerto Rico."
78
Lagunas
Las lagunas cumplen una función muy diversa en las áreas donde
existe biodiversidad y múltiples ecosistemas. La Laguna Aguas
Prietas, al Norte de la finca El Convento y próxima al Balneario
"Seven Seas" en ejemplo de este recurso.
Especies diversas de aves, peces y otras formas de vida encuentran su
alimentación dentro y en los márgenes de dicho cuerpo de agua. El
Pelicano Pardo y la Paloma Cabeciblanca dos especies en peligro de
extinción son asociados al ecosistema de la Laguna Aguas Prietas. Sus
humedales se integran con los relacionados a la Quebrada Fajardo que
cruza los terrenos de la propiedad.
Esta área de la Laguna y sus márgenes deben ser considerados como
área de preservación de recursos en términos de zonificación.
G. Barreras Costaneras
Porciones significativas de los terrenos de las fincas comprendidas
en el Plan Conceptual de Desarrollo Turístico del Nordeste, al igual
que extensos segmentos del litoral costero, próximo a dichas fincas
están incluidos en áreas identificadas como barreras costaneras.
Estas áreas de barreras costaneras se comenzaron a identificar por el
Departamento del Interior de los Estados Unidos a través del Servicio
de Pesca y Vida Silvestre a partir de la aprobación de la Ley sobre
79
Recursos en las Barreras Costaneras aprobada por el Congreso el 25
de enero de 1982. Las barreras costaneras que se extienden a lo largo
de las costas del Océano Atlántico junto a humedales, ciénagas y
estuarios adyacentes proveen habitats para aves migratorias y otros
tipos de vida silvestre y son un habitat de gran importancia para
especies de peces y moluscos, así como otros organismos marinos
tales como tortugas marinas. Entre dichas especies marinas se
encuentran unas que tienen importancia comercial y recreativa.
Las barreras costaneras contienen recursos de extraordinario valor
escénico científico, recreativo, natural, histórico, arqueológico,
cultural y económico. Estos recursos tienden a ser afectados
irremediablemente por el proceso de desarrollo en dichas áreas y en
lugares adyacentes a éstas.
Estas barreras costaneras sirven como áreas protectoras y de
amortiguamiento contra los huracanes y tormentas. Por lo general
no son aptas para desarrollos debido a su vulnerabilidad hacia
huracanes y tormentas y a los procesos naturales característicos de
la costa, los cuales socavan las estructuras.
Este sistema de barreras incorpora aquellas áreas no desarrolladas y
sin ningún tipo de protección contra el desarrollo, cuyas
características las hace funcionar como una barrera contra los
efectos del mar y el viento sobre los terrenos aledaños.
80
El propósito de la Ley sobre Recursos en las Barreras Costaneras es
minimizar la pérdida de vida y propiedad, evitar grandes gastos de
fondos federales debido a la destrucción por fenómenos naturales y
evitar el daño a la vida marina, vida silvestre y otros recursos
naturales asociados a las barreras costaneras.
De proponerse algún tipo de desarrollo en un área identificada como
barrera costanera, el mismo no recibirá fondos federales ni estará
cubierto por seguro alguno contra los efectos de desastres naturales.
El Plan de Desarrollo Turístico del Nordeste no alienta ni promueve
desarrollos en las áreas que están comprendidas dentro de los límites
de las barreras costaneras. No obstante, de surgir propuestas de
desarrollo correspondiente con la actividad turística en dichas áreas
existirá la alternativa de poder radicarlas en la Junta de
Planificación como una consulta de ubicación. Mediante la consulta
de ubicación se procederá a hacer un análisis y una evaluación
minuciosa respecto a la ubicación y los impactos específicos de la
actividad que genera dicho proyecto en el sistema de barreras
costaneras específico donde se propone el proyecto. Claro está, las
consecuencias señaladas respecto a financiamiento con fondos
federales y respecto a seguros implica que la inversión se hace a
riesgo del desarrollador.
81
Excepciones permitidas
Existen seis (6) excepciones en la Ley sobre Recursos en las Barreras
Costaneras que permiten el uso de fondos federales en áreas
identificadas como barreras costaneras según la Sección 6 de dicha
Ley. Las mismas son las siguientes:
1. Cualquier uso o instalación necesaria para la exploración,
extracción o transportación de recursos energéticos los cuales
pueden ser acarreados solamente a través de áreas de barreras
costaneras o de áreas adyacentes a aguas costaneras debido a que
el uso o la facilidad requiere acceso al cuerpo de agua costanera.
2. El mantenimiento de mejoras a canales existentes y a estructuras
relacionadas tales como "jetties" e incluyendo la disposición de
materiales relacionados a tales mejoras.
3. Mantenimiento, reemplazo, reconstrucción o reparación (pero no
expansión) de carreteras cuya propiedad y operación
corresponde al sector público, estructuras o facilidades que son
vínculos esenciales en una red o sistema de más amplitud.
4. Actividades militares esenciales para la seguridad nacional.
5. La construcción, operación, mantenimiento y rehabilitación de
las facilidades de la Guardia Costanera y sus accesos
correspondientes.
82
6. Actividades 0 proyectos que están en conformidad con los
propósitos de la Ley sobre Recursos en las Barreras Costaneras;
como or ejemplo: proyectos de investigación, asistencia en alguna
emergencia y protección de la pesca y vida silvestre y sus
habitats.
En conclusión, las áreas delimitadas como barreras costeras se
definen en términos de los recursos y valores histórico-naturales
que poseen, respecto a su función de amortiguadores del impacto del
viento y el oleaje sobre los terrenos aledaños y por tales razones se
desalienta el desarrollo en éstos.
Todas las agencias federales tienen que certificar anualmente que
ellas están en cumplimiento con la Ley correspondiente.
Otras áreas protegidas
En estas áreas el seguro federal contra las inundaciones está
prohibido para nuevas construcciones que no estén en conformidad
con los propósitos por los cuales el área es protegida.
Prohibiciones de nuevos gastos de financiamiento y de asistencia
federal
Esta decisión, incluyendo los seguros federales contra inundaciones,
fue efectiva dentro de las nuevas unidades y aquellas que fueron
extendidas del sistema de recursos de barreras costaneras (CBRS) a
83
raíz de la promulgación de la Ley sobre Recursos en Barreras
Costaneras del 16 de noviembre de 1990. La prohibición de la venta
de nuevos seguros federales contra las inundaciones dentro de otras
áreas protegidas (OPA, por sus siglas en inglés) fueron efectivas hace
alrededor de cuatro (4) años atrás (16 de noviembre de 1991).
Revisión de los límites de barreras costaneras
Solo el Congreso de los Estados Unidos tiene la autoridad de revisar los
límites o las unidades del Sistema de Recursos de Barreras Costaneras
(CBRS) para así corregir inconsistencias percibidas con la definición
de lo que es una barrera costanera.
No obstante, el Departamento del Interior puede considerar
solicitudes con tales propósitos por parte de gobiernos estatales y
locales, pero limitándose a pequeñas modificaciones técnicas sobre
dichos límites. Estas modificaciones tienen que ser respecto a:
a. Correcciones técnicas menores.
b. Sólo son aceptables si son necesarias para clarificar los límites de
las unidades existentes.
c. Tienen que ser compatibles con los propósitos de la Ley sobre
Recursos en Barreras Costaneras (CBRA, por sus siglas en inglés).
84
H. Zonas Susceptibles a Inundaciones
Las zonas susceptibles a inundaciones en el área estudiada se
identifican en las hojas número 12A, 12B y 12D de los mapas de zonas
susceptibles a inundaciones, comenzando desde la Quebrada Mata de
Plátano, finca Monserrate al Noroeste del municipio de Luquillo
hasta la Quebrada Ceiba, al Sur del límite municipal de Fajardo y
Ceiba.
La delimitación de dichas zonas corresponde a un evento o tormenta
con recurrencia de 100 años o su equivalente con un por ciento (1%)
de probabilidad de ocurrir cada año. La fuente de información sobre
la designación de dichas zonas proviene de los estudios sobre seguros
de inundaciones preparados por la Agencia Federal sobre Manejo de
Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés); específicamente los
Mapas sobre Tasas de Seguros de Inundaciones número 720000-0065E,
01291 y 0130D.
El desarrollo de los terrenos en zonas inundables está regido por el
Reglamento de Planificación Núm. 13 sobre Zonas Susceptibles a
Inundaciones. En dicho reglamento se establecen las clasificaciones
de las zonas inundables que a su vez se identifican en los mapas de
zonas susceptibles a inundaciones. En el caso particular de esta
región, las clasificaciones de zonas inundables corresponden a la
Zona-1 y Zona-2, terrenos afectados por las inundaciones del Río
85
Fajardo y la Quebrada Ceiba, disposiciones reglamentarias en las
secciones 6.01 y 7.03; Zona-1M, Sección 8.01, terrenos localizados en o
cercanos a la costa afectada por marejadas y Zona-2 (sin estudio
detallado), incluye la totalidad de los terrenos susceptibles a
inundaciones en la Quebrada Mata de Plátano, Río Sabana, Río
Pitahaya, Río Juan Martin y Río Demajaguas, disposición
reglamentaria aplicable, sección 7.02 del Reglamento de
Planificación Núm. 13. Según dicha sección, se requiere la
preparación de un estudio hidrológico-hidraulico para determinar el
impacto y los niveles de protección de un proyecto.
De proponerse un proyecto en la Zona-1 en los terrenos antes
mencionados, se requiere como mínimo la preparación de un estudio
hidrológico-hidraúlico para demostrar que el proyecto propuesto no
aumentará los niveles de inundación establecidos en los mapas. En la
mayoría de los casos se requiere evaluarlos a través de enmiendas a
los mapas de zonas inundables. En los terrenos clasificados como
Zona-1M se requiere como mínimo, elevar las estructuras por encima
del nivel de inundación, con el espacio debajo abierto y no se permite
el depósito de relleno como soporte estructural.
I. Playas Públicas
En nuestro ordenamiento jurídico, la zona marítimo terrestre de
Puerto Rico, incluyendo las playas, es de libre uso y de libre acceso
en toda su extensión excepto en el caso de la Playa del Caribe Hilton y
86
en el caso de las playas en las reservaciones militares de los Estados
Unidos.
Es evidente que la jurisdicción del Gobierno de Puerto Rico sobre las
playas, la zona marítimo terretre y/o la zona costanera recae
principalmente sobre la Junta de Planificación, el Departamento de
Recursos Naturales y Ambientales, la Administración de Reglamentos
y Permisos (ARPE) y la Junta de Calidad Ambiental. Además, existen
varias agencias que ejercen una jurisdicción concurrente con sus
contrapartes locales sobre dicha zona. Entre estos el Cuerpo de
Ingenieros, la Agencia Nacional para la Protección del Ambiente
(EPA) y la National Oceanic and Atmospheric Administration (NOAA)
y la National Fisheries Services (N.F.S.) entre otras.
Como parte de los criterios normativos de la política pública
relacionada con la pérdida de opciones para el futuro por razón de la
autorización de nuevas actividades y nuevas lotificaciones, se
establece el criterio de "evitar la construcción de estructuras en las
áreas de playa y desestimular aquellas actividades o lotificaciones en
terrenos colindantes que tengan el efecto de impedir y obstaculizar
el libre acceso físico, la libre percepción de sus vistas panorámicas,
el libre acceso al sol y su disfrute para todos los ciudadanos."
Esta política pública se vierte en forma operacional y realista en el
Reglamento de Zonificación de Puerto Rico (Reglamento de
Planificación Núm. 4) con vigencia desde el 16 de septiembre de 1992
87
y en el Reglamento de Zonificación de la Zona Costanera y de Acceso
a las Playas y Costas de Puerto Rico (Reglamento de Planificación
Núm. 17).
J. Vegetación Submarina y de las Orillas de las Playas
En las aguas que se extienden desde la Desembocadura del Río Sabana
hasta Cabeza Chiquita, la Yerba de Tortuga es la plantación más
abundante. También se encuentra la yerba Manatí.
La vegetación submarina se estructura en praderas de yerbas
submarinas, las cuales producen gran cantidad de materia orgánica y
ofrecen alimento a especies pequeñas como lo son las algas y
también especies de gran tamaño. Simultáneamente actuan como
"trampas de sedimentos." A tales efectos cuentan con una gran
concentración de materia orgánica.
Estas praderas de yerba submarina sirven también como lugar de
apareamiento, desove y criadero para varias especies que incluyen
unas de valor comercial como son el carrucho y la langosta. Además,
son áreas de pastoreo del Manatí y las tortugas marinas. En el caso
particular de las tortugas además de áreas de alimento, sirven de
lugar idónco para anidaje por la poca presencia humana. Alrededor
del área de manglar están poblados los terrenos de vegetación leñosa.
88
Arrecifes de Coral
Son formaciones marinas que se desarrollan en los trópicos donde el
agua de mar es clara, cálida y está libre de sedimentos suspendidos. El
arrecife de coral está entre los ecosistemas marinos de mayor
productividad.
Los arrecifes actuan como amortiguadores protegiendo otras
comunidades, como lo son las praderas de yerbas submarinas.
K. Tortugas Marinas
Las tortugas marinas son los reptiles más antiguos existentes. Su
origen se remonta a ciento ochenta (180) millones de años atrás.
Las hembras adultas anidan cada dos 0 tres años. Se cree que
regresan a desovar a la playa donde nacieron. Con sus aletas
traseras cavan un nido en la arena. En el depositan 100 huevos o
más dependiendo de la especie. Una vez desova, regresa al mar.
En Puerto Rico existen cuatro (4) de las ocho (8) especies de
tortugas marinas conocidas alrededor del mundo. Estas son el
Carey (Eretmochelys imbricata) el Peje Blanco o Tortuga Verde
(Chelonia Mydas) la Caguama 0 Cabezona (Caretta, Caretta) y el
Tinglar o Tinglado (Dermochelys Coriacea).
Los Biólogos especulan que las tortugas marinas tardan entre 10 a
50 años en madurar y reproducirse.
89
La luz es el principal estímulo ambiental en la orientación de los
neonatos desde el nido al mar; un experimento que ilustra este
aspecto es que han podido ser guiados a voluntad por la playa con
una linterna.
El estímulo para encontrar el mar está basado primeramente en la
diferencia de la intensidad de la luz más que en la diferenciación
del color.
Las tortugas marinas tienen una sensibilidad azul-verde que
puede ser una adaptación a las propiedades de transmisión del
agua salada al mar.
Los neonatos demostraron una preferencia por el estímulo azul
sobre el rojo, pero esto depende del brillo, el rojo con una
intensidad mayor puede ser preferido al azul pálido.
Cuaquier tipo de estímulo visual tendrá algún efecto en la
orientación de los neonatos hacia el mar. El sol puede influir en
la dirección tomada por el neonato de tortuga verde y tortuga de
Carey en su camino hacia el mar.
Generalmente los neonatos emergen durante el día temprano en
la madrugada y se orientan hacia la vegetación más cercana.
Los neonatos integran la luz en un espacio de tiempo amplio más
que reaccionar a breves centelleos de la luz.
90
El Carey es la más pequeña; en su etapa adulta, esta tortuga pesa
unas 145 libras. Se distingue por su boca en forma de pico de
halcón y por tener su caparazón de placas imbricadas
(sobrepuestas entre sí) de color marrón ambar o café oscuro.
El Peje Blanco pesa entre 350 y 550 libras y su color varía de
verde olivo a marrón.
La Caguama puede pesar entre 200 y 350 libras y su color es
marrón rojizo.
El Tinglar, la tortuga que mayor tamaño alcanza, puede alcanzar
un peso de 1,700 libras. Su caparazón coriáceo negro está abierto
de manchas blancas o rosadas; está dividido a lo largo de siete
quillas o crestas.
L. Impacto de las Luces Artificiales sobre el Comportamiento de las
Tortugas Marinas en las Playas de Anidaje y Aguas Cercanas
Los desarrollos a proponerse para el Plan Conceptual de Desarrollo
Turístico del Nordeste al diseñar sus instalaciones deben de tener
presente el impacto de las edificaciones sobre el comportamiento de
las tortugas marinas y sus respectivos neonatos.
El comportamiento que se afecta comprende el referente a los
anidajes nocturnos de las féminas adultas y el de orientarse en
dirección al mar, tanto en las torugas adultas como de los neonatos.
91
La luz artificial desorienta las tortugas al confundirla con la luz del
horizonte que las guías al mar. Esta situación ocasiona que sean
destruidos por los depredadores o por la luz solar intensa cuando a
consecuencia de su desorientación ha pasado la noche y al
desarrollarse el día la alta temperatura solar los calcina.
En Puerto Rico, al igual que Islas Virgenes la situación se está
convirtiendo en un problema significativo, por lo cual se necesitan
ciertas prácticas administrativas que puedan reducir la iluminación
artificial a niveles tolerables.
Descripción de las fuentes de luz-problema
Las luces de los edificios ubicados cerca de las playas por lo general
tienen artefactos luminosos en el área exterior. Se encuentran en
edificios de. restaurantes, casas de playas y condominios. Los
reflectores están ubicados en los techos de los condominios y de otras
edificaciones que iluminan una parte considerable de las playas.
Las luces de los artefactos montados en las paredes y superficies y los
faroles son principalmente incandescentes, de uso común en la
iluminación de cruces en dunas privadas y senderos. Los artefactos
en las paredes son a menudo utilizados en los balcones para iluminar
pórticos o patios. Las intensidades de estos artefactos es algo que
predomina en las playas y pueden aumentar la brillantez del
horizonte hacia tierra.
92
El alumbrado público a lo largo del litoral costero es otra fuente que
ocasiona el problema. El alumbrado situado sobre dunas o próximo a
dichas áreas debe también ser objeto de atención. Las luces en los
automóviles, las linternas de los caminantes nocturnos y los
pesqueros y otros navios anclados también son causa de la
desorientación de los neonatos.
Las luces y actividades de los botes a su vez atraen peces
depredadores, los cuales se engullen los neonatos desorientados por
dichas embarcaciones. Es decir, el efecto de esas luces artificiales
sobre los neonatos puede ocurrir fuera de la costa a través de los
barcos anclados a varias millas con luces brillantes en las cubiertas.
Estos al atraer a los neonatos atraen también a los depredadores.
Las fogatas tienen un efecto desatroso con relación a los neonatos
emergentes del área de anidaje.
Medidas para evitar el problema
A continuación mencionamos medidas para subsanar la
desorientación de los neonatos.
1. Eliminar o reducir las luces que ocasionan el problema. Algunas
luces costeras parecen no servir ninguna función del todo y sin
embargo permanecen prendidas toda la noche.
93
La eliminación de las fuentes luminarias puede ser dividida en
tres categorías: a) eliminación anual, b) eliminación estacional,
c) eliminación nocturna.
2. Prohibir en las playas de anidamiento el crecimiento de la playa y
el uso anual de las luces costeras.
3. Establecer restricciones para la iluminación nocturna,
específicamente para aquellas luces que no pueden ser apagadas
por razones de seguridad. Se les puede colocar controladores
automáticos de tiempo (timers) para que se apaguen a
determinada hora.
4. Comenzar las restricciones estacionales del uso de las luces en la
playa antes del inicio de la estación de anidamientos y continuar a
través de la estación de desove.
5. Evitar luz directa sobre la playa.
Una medida efectiva consiste en colocar pantallas metálicas. Sc
pueden utilizar pantallas tipo campana para el alumbrado
público. También se pueden instalar pantallas en hileras para las
luces que se utilizan frecuentemente para iluminar arbustos y
senderos. El propósito al colocarlas de esta manera, es que dirijan
la luz hacia abajo, hacia el árbol que es su objetivo principal.
94
Los artefactos colocados en las paredes pueden ser revestidos con
cubiertas que solo permitan pasar la luz en una sola dirección.
Los faroles que contienen varios paneles de focos (a menudo
cuatro (4)) pueden ser modificados de modo que los que alumbran
en dirección al oceáno puedan ser oscurecidas o protegidas con
una pantalla.
6. Uso de barreras naturales que impiden el paso de la luz a la
intensidad de ésta.
La espesa vegetación cumple esta función. En el área donde se
implantará el plan, especialmente a lo largo del litoral marítimoterrestre, al Norte de la finca Las Paulinas, principalmente en el
litoral al Norte de El Convento y el Balneario "Seven Seas",
extendiéndose a su vez a Convento Sur y al Sur de la Laguna Aguas
Prietas predomina la vegetación "Arboleda Siempre Verde del
Litoral", la cual si se mantiene en su estado natural mediante un
Programa de Conservación puede favorecer este uso de barrera
natural o amortiguador de los rayos de la luz artificial evitando así
la desorientación de los neonatos.
7. Reducir la Altura de la Fuente de Luz
Las luces en la costa, si es que su uso es necesario, se pueden
instalar a la altura más baja posible. La colocación a baja altura
de éstas puede también hacer que la vegetación que es de altura
95
moderada pueda a su vez servir de barrera natural o amortiguador
de la brillantez de dicha iluminación.
8. Instalación de Sistemas de Iluminación con la Tecnología
Actualizada
Esa nueva tecnología climina la luz no deseada y los altos ángulos
de brillo. También existen artefactos de luces fijas en las paredes
con un sistema de corte de ángulo agudo que ayuda a eliminar el
reflejo y el desborde de la luz. Existen dispositivos para la
iluminación que al modificar la intensidad de la luz y la longitud
de onda de la luz producen la reducción de la brillantez
correspondiente. A tales efectos, se debe de investigar cuales son
las alternativas que están disponibles en el mercado al momento
de seleccionar tales artefactos de iluminación.
Las iluminaciones de vapor de sodio de baja presión (L.P.S., por
sus siglas en inglés) han sido identificadas por los investigadores
como las que menos impacto ocasionan sobre el comportamiento
de dichas especies. Este tipo de iluminación emite una luz
amarilla pura (monocromática). La emisión de luz se lleva a cabo
en una región particular del espectro que es ligeramente
atractiva (weakly atractive) a los neonatos.
En conclusión si adoptamos prácticas en el diseño de las instalaciones
y las edificaciones simultáncamente que aprovechamos estos otros
96
recursos (como las barreras naturales) que nos provee la misma
naturaleza, en estas fincas podemos llevar a cabo una implantación
exitosa que cree un balance entre la conservación y los impactos
controlados de los proyectos de manera que podamos así darle
concresión al concepto de desarrollo ecoturístico.
IV.
CARACTERISTICAS Y RECURSOS DE LAS FINCAS COMPRENDIDAS EN EL
PLAN
FINCA LA MONSERRATE
Areas Inundables en La Monserrate
La Finca La Monserrate está en su totalidad incluida en la clasificación
de área inundable. Por sus terrenos corren aguas de la Quebrada Mata
de Plátano. Predominan de dicha propiedad los humedales palustrinos
y un área estuarina en la parte Nordeste de la finca.
En los mapas de la Administración Federal para el Manejo de
Emergencias (FEMA) dichos terrenos aparecen como Zona A. Esta
categoría significa que los estudios de inundabilidad son aproximados,
por lo cual previamente a cualquier desarrollo se deberán realizar
estudios pormenorizados de esa área. Según se desprende de los Mapas
de Zonas Susceptibles a Inundaciones de la Junta de Planificación estos
terrenos están ubicados en área inundable Zona dos (2).
97
Plan Conceptual de Desarrollo Turístico de la Costa Nordeste de Puerto Rico
JUNTA DE PLANIFICACION
FINCA MONSERRATE
=<=
1:07
LEYERS
TOMAS
LIMITE DE FINCAS
PAPERIES convents
MAPA DE ZONAS DE INTURACIONES, PARRENAS COSTERAS Y PLAYAS
ALIANZA ESTRATÉGICA ENTRE LA JUNTA DE PLANIFICACIÓN Y LA COMPAÑÍA DE TURISMO
49
En un pequeño segmento (al Norte) próximo a la Carretera Estatal PR-3
aparece la clasificación de Zona I-M.
En Monserrate Sur es recomendable mantener las áreas de humedales,
estuarinos y palustrinos de alto valor ecológico y función en esta
porción de la finca, en su estado natural.
Para los proyectos propuestos de gran escala se requiere identificar
áreas libres de restricciones por la presencia de sistemas naturales de
importancia para identificar anticipadamente donde sean viables
proyectos tales como lo que podría ser un Campo de Golf.
Un Campo de Golf es factible siempre que se establezca una franja de
amortiguamiento no menor de quince metros alrededor de los
humedales de la Quebrada Mata de Plátano y los humedales inmediatos
al Sur del área de los kioskos. Las aguas de escorrentía e irrigación del
Campo de Golf deben de ser recogidas y tratadas para impedir la
contaminación con plaguicidas y fertilizantes en áreas naturales. Para
conservar adecuadamente el recurso humedal hay que mantenerlo en
su estado natural o mejorarlo mediante restauración.
En dicho sector se recomienda mantener intacto el área de humedales
y evitar la pérdida neta de éstos. Respecto a los proyectos próximos a la
zona marítimo-terrestre y amparándose en el Reglamento de
Planificación Núm. 17, Reglamento de Zonificación de la Zona
Costanera y de los Accesos a las Playas y Costas de Puerto Rico, se
98
plantea la necesidad de tomar en consideración las disposiciones
contenidas en la Sección 3.05. Específicamente a continuación citamos
textualmente una de sus disposiciones más relevantes.
"En todo proyecto para la construcción de edificios de lotificación o de
urbanizaciones de terrenos con frente a la costa o playas de Puerto
Rico, la Junta de Planificación requerirá que se dedique a uso público
una franja de terrenos de veinte (20) metros de ancho mínimo paralela
y medida desde la zona marítimo-terrestre. Además, no se pueden
erigir estructuras permanentes en una franja de terrenos de treinta
(30) metros de ancho contigua a la anterior."
Barreras Costaneras
El Sector Punta La Bandera, en el mismo litoral costero está ubicado en
un área identificada como Barreras Costaneras. El mismo ha sido
considerado para posibles desarrollos. Es por esta razón que debe de
tenerse en cuenta desde el punto de vista normativo, las disposiciones
que aparecen explicadas en la Sección parte III de este documento
referente a la Ley sobre Recursos en Barreras Costaneras (C.B.R.A., por
sus siglas en inglés).
Los Proyectos a Desarrollar
Por la condición de inundabilidad de una gran porción de esta finca,
los proyectos que se han considerado para La Monserrate son
culturales y recreativos.
99
Plan Conceptual de Desarrollo Turístico de la Costa Nordeste de Puerto Rico
AN PLAN DE DESARROLLO DEL SECTOR LA MONSERRATE
PLAN DE DESARROLLO CONCEPTUAL PARA EL AREA DE LUQUILLO
CENTRO GASTRONOMICO EN EL BALNEARIO LA ........ MONSERRATE
:
:
..........
ALIANZA ESTRATÉGICA ENTRE LA JUNTA DE PLANIFICACIÓN Y LA COMPAÑÍA DE TURISMO
51
Entre otros se han mencionado alternativas tales como un Parque
Temático, un Centro Gastronómico-Cultural, instalaciones recreativas y
aquellos asociados a la actividad del Balneario Público de Luquillo.
La proximidad de esta propiedad al Balneario de Luquillo implica que
las actividades e instalaciones que se desarrollan en el lugar cuentan
con la habitual asistencia de personas principalmente de la Región
Metropolitana y la Región Este a las actividades de balneario.
Es un área en particular donde se pueden crear las condiciones para
que la movilización pueblerina al balneario, junto a la calidad de los
servicios que se ofrezcan sea de por sí un atractivo para el turista. Se
recomienda la ubicación de plazas abiertas y áreas de esparcimiento y
festivales.
Especies en Peligro de Extinción
Los terrenos del litoral costero de la Finca La Monserrate quedan fuera
del segmento que es preferido por las tortugas para sus anidajes. De
ahí que la reglamentación respecto al uso de los recursos en área de
playa y con relación al diseño y construcción de las edificaciones
permite una intensidad de usos y flexibilidad en cuanto al diseño y
construcción de las instalaciones.
Los kioskos* próximos al balneario serán objeto de atención
particular. A tales efectos, se evaluará cómo éstos, a la vez que
continúan siendo expresión de lo cultural y de lo culinario peculiar
100
Plan Conceptual de Desarrollo Turístico de la Costa Nordeste de Puerto Rico
URB
LUCUILLO
BEACH
ad
IDENFICACION
Y
year
RT-I
-
1
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ALIANZA ESTRATÉGICA ENTRE LA JUNTA DE PLANIFICACIÓN Y LA COMPAÑÍA DE TURISMO
53
Plan Conceptual de Desarroh. arístico de la Costa Nordeste de Puerto Rico
C,
et
ec
&
54
ALIANZA ESTRATÉGICA ENTRE LA JUNTA DE PLANIFICACIÓN Y LA COMPAÑÍA DE TURISMO
pueden mejorarse de manera que puedan ser uno de los servicios que
propicie atraer más a los turistas y a la población que gusta de
patrocinarlos. Entre las posibles alternativas a considerar con el
propósito de mejorar el servicio de los mismos está su reubicación en
un área próxima a la actual y/o la rehabilitación de sus edificaciones
en el sitio actual simultáneamente que se mejore el servicio.
Reconocemos su potencial para desarrollo, por lo que recomendamos
relocalizar los mismos y convertirlos en un centro gastronómico que
provea integración y continuidad entre el Balneario de Luquillo y la
Comunidad Fortuna. Deben proveerse instalaciones sanitarias
adecuadas, un centro de acopio de grasas para su adecuada disposición,
garantizan las visuales mediante la modulación del volumen y el
disfrute de las vistas mediante un paseo tablado. Esto implica desplazar
la ubicación al Norte del predio, lo que permitirá el retiro de la PR-3 y
la construcción de un estacionamiento funcional. Estos proyectos
podrán desarrollarse a corto plazo.
* Ver ilustración gráfica (mapas de los kioskos)
Ecosistemas y Valores Naturales en Finca La Monserrate
Señalamos previamente que la Finca La Monserrate en su totalidad está
clasificada en las áreas inundables. Los humedales vienen a ser la
expresión más valiosa al hablar de ecosistemas.
101
Las entidades que tienen como misión proteger estos sistemas plantean
y recomiendan mantener intacto el área de manglares y evitar la
pérdida neta de humedales. En este sentido los desarrollos que se
lleven a cabo deben de hacer todo lo posible por diseñar y construir
instalaciones que hagan posible cumplir con la política de protección
y conservación.
FINCA SAN MIGUEL I
Extensión
Esta finca tienen un área de 495 cuerdas y su titularidad es privada.
Vegetación
Se encuentran extensas áreas de Málanga Cimarrona. Esta vegetación
crece en áreas permanentemente inundables o semi
permanentemente inundadas en el centro de la propiedad. Dichas
áreas están sujetas a inundaciones por el desbordamiento del Río
Pitahaya, sus afluentes y por la lluvia. Algunos segmentos del cauce de
este río también están cubiertos por esta planta.
En el área estuarina del Río Sabana y Pitahaya se encuentran
plantaciones de Cayure (Annona Glabral) y Escambrón (Machaerium
Lunatum). Esta formación de humedal y vegetación se conoce como
humedal leñoso y se conoce en pocos lugares en el Noroeste de Puerto
Rico.
102
Plan Conceptual de Desarrollo Turístico de la Costa Nordeste de Puerto Rico
N
SYNOI
MAPA DE ZONAS DE INUNDACIONES, BARRERAS COSTERAS Y PLAYAS
BARRERAS COSTERAS
LIMITE DE FINCAS
FINCA SAN MIGUEL 1
"YME?
N
NVS
FINCA
JUNTA DE PLANIFICACION
JP
56
ALIANZA ESTRATÉGICA ENTRE LA JUNTA DE PLANIFICACIÓN Y LA COMPAÑÍA DE TURISMO
Plan Conceptual de Desarrollo Turístico de la Costa Nordeste de Puerto Rico
RT-1
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01
ALIANZA ESTRATÉGICA ENTRE LAUL' DE PLANIFICACIÓN Y LA COMPANÍA DE TURISMO
57
Plan Conceptual de Desarrollo Turístico de la Costa Nordeste de Puerto Rico
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58
ALIANZA ESTRATÉGICA ENTRE LA JUNTA DE PLANIFICACIÓN Y LA COMPAÑÍA DE TURISMO
En la parte Central y Centro-Occidental se encuentran áreas de
ciénagas predominando las ciénagas herbacéas. Al Este de la
propiedad aparecen formaciones variadas de vegetación; también en
áreas de humedales próximos a la desembocadura estuariana del Río
Pitahaya del Río Sabana. Las mismas están compuestas de bosques
pantanosos (3) ciénagas herbacéas (6) matorrales (4 y 5).
En la sección Nordeste aparece un pequeño segmento de la finca, un
pantano de yerba (8). Como podemos observar, la vegetación
predominante en la finca está relacionada a las formaciones
hidrológicas correspondientes a los humedales.
Según los Mapas de Zonas Susceptibles a Inundaciones los terrenos
están clasificados como Zona 2.
Al Sur, y colindando con la Carretera Estatal PR-3 existe un segmento
que aparece fuera del área inundable.
Los Ríos Pitahaya y Sabana, los cuales nacen en la Sierra de Luquillo
desembocan ambos en el mismo Estuario. El Río Pitahaya recorre de
Este a Oeste la propiedad. El Río Sabana bordea el límite Oeste de la
finca.
Especies en Peligro de Extinción
Las aguas de mar que circundan la finca son parte del segmento de
costa que es preferido por lo Tinglares y el Carey de Concha para sus
103
anidajes. En esta área proliferan las praderas marinas que contienen
la vegetación que es preferida por especies como las tortugas marinas
y los manatíes.
Barreras Costeras (Coastal Barriers)
La propiedad, exceptuando un pequeño segmento al Sur está ubicado
en la demarcación de "Coastal Barriers". (Ver sección Barreras Costeras
en este documento)
Topografía y Clase de Suelos
Son predominantemente llanos compuestos principalmente por las
planicies inundables mencionadas.
A lo largo del litoral costero los terrenos son de la clasificación Cataño
Lómico Arcilloso. Estos son suelos profundos con excesivo drenaje de
rápida permeabilidad formados por diversos tipos de arena y rocas.
Están localizados en valles inundables y franjas estrechas de arena de
playa a lo largo de la costa.
En el centro de la finca predominan terrenos de la serie Coloso, los
cuales son suelos profundos; su drenaje y permeabilidad son
moderados y están formados por materiales sedimentarios residuales de
textura fina.
En el límite Sur-Oeste de la propiedad aparece un segmento de terrenos
Mabí; estos son suelos profundos con pobre drenaje. Están formados
104
por materiales residuales de rocas intrusivas de textura fina. Al igual
que los terrenos Colosos se encuentran en los abanicos aluviales y en
las planicies costeras.
Las siguientes Medidas y Prácticas de Conservación servirán de Marco
de Referencia al momento de Diseñar y ubicar las Instalaciones
1. Los usos en áreas de humedales se ajustarán a la reglamentación.
La intervención sobre el ecosistema que resulte de actividades
recreativas no deberá afectar adversamente su composición y
función dentro del ecosistema.
2. El uso humano de las playas no afectará la protección de los
recursos bióticos que éstas albergan, por ejemplo, arenales de
anidaje para especies de tortugas marinas.
Esto podría implicar la restricción de actividades de recreación
durante la época de anidaje de las especies que acuden a estas costas
y el control de la iluminación en éstas áreas utilizando sistemas de
iluminación indirecta para evitar la desorientación de las tortugas
marinas que anidan 0 de sus neonatos en su regreso al mar. (Ver
sección K)
3. El acceso a las playas de estas fincas (particularmente para las
fincas San Miguel I y II) se llevará a cabo a través de pasos o
estructuras que protejan y mantengan la estabilidad de las dunas.
105
Los estuarios señalados deberán incorporar los bosques pantanosos
que alberguen y otros anegados asociados.
Proyectos a Desarrollar
Los proyectos a desarrollarse deben ajustarse al factor característico
principal que es la existencia de humedales en territorio de la
propiedad. Los usos recomendados para esta finca son hoteles,
condohoteles, villas turísticas, desarrollos residenciales y/o
comerciales, según lo estipulado en la tabla de zonificación permitida
en este documento incluyendo actividades recreativas asociadas al
turismo tales como parques, plazas y campos de golf.
FINCA SAN MIGUEL II
La Finca San Miguel II cuenta con un área aproximada de 405 cuerdas.
A diferencia de San Miguel I, gran parte de sus terrenos se encuentran
fuera de áreas inundables.
Esta finca es propiedad de Juan R. Zalduondo y Beneira Corporation.
Sus áreas inundables radican en el Norte y en la parte Centro
Occidental de la propiedad. Están clasificadas como Zona 2 en los Mapas
de Zonas Susceptibles a Inundaciones de la Junta de Planificación.
Los terrenos al Sur y Suroeste al igual que al Noreste son de poca
altura, relativamente llanos.
106
Plan Conceptual de Desarrollo Turístico de la Costa Nordeste de Puerto Rico
JUNTA DE PLANIFICACION
FINCA
SAN MIGUEL 2
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LEYENDA,
ZONAS INUNDABLES
LIMITE DE FINCAS
BARLERAS COSTERNS
MAPA DE ZONAS DE INUNDACIONES, BARRERAS COSTERAS Y PLAYAS
ALIANZA ESTRATÉGICA ENTRE LA JUNTA DE PLANIFICACIÓN Y LA COMPAÑÍA DE TURISMO
61
Las áreas más elevadas con alturas de cincuenta (50) metros son los
terrenos montañosos al centro de la finca.
Los terrenos relativamente llanos están cubiertos de yerba lo que en la
clasificación de Mapas de Vegetación se conocen como Pastos
Secundarios (pastos de ganado). Al Sur, colindan con la Hacienda
Borrás aparecen terrenos para proyectos propuestos.
Vegetación
En los terrenos de la propiedad predominan los sembrados de pastos
secundarios (pastos de ganado). Estos cubren prácticamente toda la
propiedad exceptuando aquellas áreas cubiertas por los humedales.
Litoral Costero
La propiedad a través del límite Norte está separada de las aguas de mar
que la circundan a través de un área de terrenos clasificados como
"upland".
Barreras Costeras
El segmento del litoral costero y la propiedad en sí entán fuera de las
áreas clasificadas como barreras costeras.
Suelos en la Finca San Miguel II
En esta finca prácticamente la totalidad de los suelos están clasificados
en la serie Sábanas, son suelos cienagosos arcillosos lómicos, sus
107
declives fluctúan entre 40-60% (SAF2). Son suelos poco profundos que
tienen un buen drenaje, de mediana permeabilidad. Están formados de
material residual meteorizado de rocas volcánicas; se encuentran en
montes y laderas de montañas.
Esta serie de suelos se extiende al Este hasta las márgenes del Río Juan
Martín en los terrenos de la Finca Las Paulinas.
Instalaciones a Desarrollar
Instalaciones hoteleras a mayor escala que en la Finca San Miguel I
podrían ubicarse en determinados segmentos de la propiedad. Sin
embargo, las instalaciones a construirse deben de tomar en
consideración la topografía relativamente clevada de los terrenos de la
finca.
El Plan Conceptual de Desarrollo Turístico del Nordeste identifica las
planicies inundables como área para la posible ubicación de las
instalaciones deportivas que específicamente se relacionan a un
desarrollo hotelero, campos de golf, centros de tennis y veredas
interpretativas.
Los usos recomendados para estas finca son hoteles, condohoteles,
villas turísticas, desarrollos residenciales y/o comerciales según lo
estipulado en la tabla de zonificación permitido en este documento
incluyendo actividades recreativas asociadas al turismo, tales como
parques, plazas y campos de golf.
108
FINCA LAS PAULINAS
La Finca Las Paulinas tiene un área de 446 cuerdas. Es propiedad de la
Compañía de Fomento Industrial.
Humedales
Aproximadamente un 15% del área de la propiedad está cubierta por
humedales. Estas planicies suman unas sesenta y siete (67) cuerdas.
Los humedales que discurren a través del Valle Intermontano se
clasifican como humedales no leñosos. Al igual que en la Finca San
Miguel II los humedales cubren un área relativamente limitada del
territorio. Los mismos siguen la trayectoria del Río Juan Martín el
cual discurre de Sur a Norte; sus humedales se van haciendo más
grandes en la medida que se acercan al área de la desembocadura. Esta
área está formada por humedales estuarinos con dos humedales
palustrinos: uno al lado Este y otro al Oeste del área mencionada. Al
Norte de esta parte del río se encuentra un humedal marino próximo al
cual existe un área de arboleda siempre verde del litoral. Dicha área
está clasificada como Zona I-M. Los dos (2) humedales mencionados al
lado Este y Oeste están clasificados como Zona-2. Los humedales que se
desarrollan a lo largo del recorrido del Río Juan Martín, en el centro y
Sur de la propiedad también son clasificados en Zona-2 de acuerdo con
los Mapas de Zonas Susceptibles a Inundaciones de la Junta de
Planificación.
109
Plan Conceptual de Desarrollo Turístico de la Costa Nordeste de Puerto Rico
INTERCALADO-A
JUNTA DE PLANIFICACION
FINCA LA PAULINA
zip
LETENDA:
ZONAS IMINDABLES
LIMITE DE FINCAS
BARLERAS COSTERNS
MAPA DE ZONAS DE INUNDACIONES, BARRERAS COSTERAS Y PLAYAS
ALIANZA ESTRATÉGICA ENTRE LAJL DE PLANIFICACIÓN Y LA COMPAÑÍA DE TURISMO
63
Vegetación, Topografía y Suelos
Al Sur de la propiedad aparecen terrenos de elevación de cincuenta
(50) metros.
Un segmento de la propiedad al Este tienen alturas menos elevadas de
diez (10) metros. Estos terrenos están ubicados al lado Oeste del Barrio
Juan Martín.
En la porción Oeste de la propiedad aparecen terrenos que están
cubiertos por pastos secundarios. También en esa sección Oeste
próximo a la colindancia con la Finca San Miguel II está cubierto por
un bosque de arboleda secundario que también se extiende hacia esta
otra finca.
El segmento clasificado como Zona I-M y que se incluye en la categoría
de Barreras Costeras tiene una porción considerable del bosque de
composición mixta.
Los terrenos cubiertos de pastos secundarios son extensos y están fuera
de las áreas de humedales.
Clasificación de Suelos
En la Finca Las Paulinas, al lado Oeste del Río Juan Martín, el cual cruza
la propiedad de Norte a Sur encontramos suelos de la serie Sabanas.
Específicamente éstos son cienagosos arcillosos lómicos cuyo declive
110
fluctúa entre 40-60%. Los mismos se extienden hacia el Oeste en los
terrenos de la Finca San Miguel II.
El lado Este del Río Juan Martín en dicha finca Las Paulinas, también
encontramos en la porción Este de la propiedad, terrenos con esta serie
de suelos. La serie de suelos Sabana son poco profundos que están bien
drenados y son moderadamente permeables. Están formados de
residuos de fina textura derivados parcialmente de rocas volcánicas.
En esta misma sección, al Este del Río Juan Martín, encontramos suelos
de la serie Coloso los cuales son profundos de drenaje y permeabilidad
moderada; formados por materiales sedimentarios y residuales de
textura fina. Se encuentran en los abanicos aluviales y en las
planicies costeras.
En el límite Sur y Sureste encontramos suelos Fajardo Arcilloso (Fa C2)
al lado Sur del río aparecen Yunes de Limo Archilloso Lómico (yu F2) y
en ese mismo segmento suelos Toa de Limo Archilloso Lómico. Estos
tres tipos de suelos están ubicados en ese segmento Sur y Sureste de la
finca en torno a los márgenes del Río Juan Martín.
Instalaciones Recomendadas y Segmentos donde Podrían Ubicarse
El Plan identifica esta área para ubicar las instalaciones-recreativas y
deportivas asociadas a un posible desarrollo hotelero.
No se permitirá que proyecto alguno altere significativamente los
humedales existentes, ya que esto va en contra de la política de
111
conservación y mejoramiento de los recursos, la cual es parte
fundamental del concepto de desarrollo económico sostenible. Por esta
razón se reitera la recomendación de intensificar los usos de las áreas
menos sensitivas para liberar aquellas que sí lo son.
Se identifica un área en el Centro-Este de la finca, que luego de separar
la franja de veinte (20) metros o más que requiere la reglamentación
vigente, puede ser la apropiada para ubicar parte de dichas
instalaciones. Este segmento de la finca comprende un quince por
ciento (15%) de la finca. Su topografía refleja alturas que giran en
torno a los diez (10) metros. Se ubica al lado Este del Río Juan Martín y
su extensión colinda con los humedales que se extienden a partir de la
zona estuarina donde está la desembocadura del Río Juan Martín. El
15% del área de la propiedad a que nos referimos equivale a unas
sesenta y seis (66) cuerdas, aproximadamente.
Otro segmento que resulta propio para ubicar las instalaciones es el
que está próximo a dichos terrenos, pero que está al otro lado del río
(Oeste) el cual tiene un área de aproximadamente cuarenta y cuatro
(44) cuerdas. Este segmento se extiende desde la porción Centro-Este
de la finca hasta las colindancias al Norte y Noreste de la finca.
112
Areas de Dunas y Playas Sensitivas
En estas áreas no se permitirá edificar. Existe la posibilidad de
construir las instalaciones de alojamiento y comerciales en el área
rocosa de los montes que bordea dicha propiedad.
Proyectos a Desarrollar
Las características y condiciones propicias al desarrollo de la finca Las
Paulinas hace posible el considerar propuestas afines con el concepto
de mezcla de usos. A tales efectos, se pueden visualizar proyectos tales
como hoteles pequeños, "spa resorts", "all inclusive resorts",
instalaciones recreativas y miradores, merenderos al aire libre,
proyectos residenciales, incluyendo los de interés social.
LA FINCA SEVEN SEAS, CONVENTO NORTE CONVENTO SUR
La Finca El Convento pertenece a la Compañía de Fomento Industrial y
tiene un área de 642 cuerdas.
El Balneario Seven Seas es propiedad de la Compañía de Fomento
Recreativo y tiene una extensión de 110 cuerdas. Ambas áreas
totalizan unas 752 cuerdas.
Humedales y Vegetación
Los humedales de ambas fincas se componen de los que se forman
alrededor de la Laguna Aguas Prietas y los que se forman respecto a la
113
Quebrada Fajardo. Esas planicies inundables comprenden un área
aproximada de trescientas cincuenta y seis (356) cuerdas.
La vegetación terrestre integra ambas propiedades. La categoría
predominante está compuesta por la "arboleda siempre verde del
litoral", la cual además, se extiende a lo largo de los terrenos próximos
a las respectivas áreas de playa de ambas fincas. También prolifera
esta vegetación en un área extensa en el centro de la finca El Convento
y se extiende en dirección Este al Sur de la Laguna Aguas Prietas.
Entre esta área de "Arboleda Siempre Verde del Litoral" y de la que se
extiende al Norte de la propiedad discurre un área de mangle (13) la
cual une los humedales de la Quebrada Fajardo con los de la Laguna
Aguas Prietas.
Area de Tierra Firme
El Convento y el Balneario Seven Seas "tienen sobre 300 cuerdas de
tierra firme que se ubican alrededor del área de manglar y están
densamente pobladas de vegetación. Esta vegetación está clasificada
como "Arboleda Siempre Verde del Litoral". Los terrenos del área de
manglar están rodeados de vegetación leñosa.
114
Vegetación Marina
La vegetación marina está integrada predominantemente por
planicies inundables marinas donde abundan las plantaciones de
yerbas de tortuga y la yerba de los manatíes.
Especies en Peligro de Extinción
Las especies marinas en peligro de extinción en las aguas que bordean
la Finca El Convento son las tortugas marinas Tinglar y Carey de
Concha.
Este segmento del litoral tiene playas donde abundan las dunas, es poco
visitado por seres humanos debido principalmente a la poca
accesibilidad vial y donde abunda la vegetación denominada "Arboleda
Siempre Verde del Litoral". Además, no hay iluminación artificial en
los alrededores exceptuando los edificios del área desarrollada de
Luquillo y es una costa poco alterada en su alrededor. La vegetación
sumergida en las aguas está formada por las praderas marinas donde la
vegetación es alimento preferido de tortugas y manatíes.
La Laguna Aguas Prietas es uno de los recursos ecológicos de esta
propiedad la cual, se integra al sistema ecológico de la Quebrada
Fajardo. En la laguna y sus márgenes habitan y se reproducen
especies como El Pelícano Pardo y la Paloma Cabeciblanca. Estudios
han demostrado que este cuerpo de agua contiene el alimento para
115
estas especies de aves. Además, en torno a dicho sistema se reproducen
treinta y ocho (38) especies de aves.
Los manglares (356 cuerdas) son de valor reconocido para un amplio
número de avifauna; peces e invertebrados como sabélidos, ostiones y
esponjas.
INVERTEBRADOS MARINOS
Caracoles
Ostion de Mangle
REPTILES
Rana Toro
Sapo Común
Sapito de labio Blanco
Coquí Churi
Coquí Pitito
CRUSTACEOS
Cangrejos Violinistas
Juey Pelú
116
Cangrejo de Mangle
La Cocolía
Juey Común
Clasificación de Suelos
La característica que integra en una unidad a ambas fincas es la
diversidad respecto a los suelos.
Entre las series de suelos cabe mencionar playas costeras (CM) y Yunes
de Limo Arcilloso (Yu F2).
En los alrededores de la Laguna Aguas Prietas existen suelos de la serie
Descalabrados. Entre estos se encuentran Descalabrado Complejo Roca
Tierra (Dr F) y Descalabrado Arcilloso Lómico (De E2).
En torno a estos, encontramos suelos Jácana Arcilloso; fraternidad
arcilloso y de la Asociación Cataño-Aguadilla la cual está compuesta
por unos suelos profundos con excesivo drenaje, de rápida
permeabilidad, formados de fragmentación de arena y rocas,
localizados en valles inundables y en franjas de arena de playa a lo
largo de la costa.
FINCA CONVENTO NORTE Y SEVEN SEAS
La finca Convento Norte localizada en el término municipal de Fajardo
es propiedad de la Cía. de Fomento Industrial. En lindes por el Norte
117
con el Oceáno Atlántico; al Sur con el Sector Sardinera; y Finca
Convento al Este con el Sector Las Croabas y la Carretera Estatal Núm.
987 y al Oeste con la Servidumbre C. Brewer la finca con Finca
Convento Sur y en parte con Finca Paulina. Su topografía es
semillana. Dichos terrenos están ubicados parcialmente en Zona 2 y
Zona I-M (elev. 3.1 metros), según los Mapas de Zonas Susceptibles a
Inundaciones de la Junta de Planificación. Esta finca tiene una cabida
de 642 cuerdas y está zonificada mediante distritos de conservación de
recursos, bosque de mangle y preservación de recursos (CR-1, B-2 y
P.R.)
La finca del Balneario "Seven Seas" localizada en el término municipal
de Fajardo es propiedad de la Cía. de Fomento Recreativo. Sus 110
cuerdas de topografía llana es parte de una finca mayor de 216 cuerdas
que posee la Compañía de Fomento Recreativo. Hasta el momento se ha
desarrollado con una tercera parte de la misma en área de balneario y
un área de casas remolques. La misma está zonificada mediante
distritos de conservación de recursos y de playa pública (CR-1 y P.P.)
Estas fincas tienen gran sensibilidad ecológica, debido a la presencia
de:
Manglares
Anegados
Laguna bioluminiscente
118
Playa Balneario "Seven Seas"
Anidage de tortugas praderas marinas, manatíes
Existe la propuesta ante la consideración de la Junta de Planificción
para incluir estas fincas en la expansión adyacente de la Reserva
Natural de Cabezas de San Juan. La presión de desarrollo y la amenaza
a los sistemas críticos son factores que deben de ser considerados de
manera de poder asignarle prioridad a la aprobación de dicha
propuesta.
Barreras Costeras
El área de playa que bordea la finca Convento Norte y porciones
significativas de los terrenos que se adentran a partir del litoral
costero están comprendido en la demarcación de barreras costeras. El
segmento de la propiedad que aparece fuera de tal demarcación, la
parte Central-Oeste de la finca.
Especies en Peligro de Extinción
Las áreas de playa y de arenales que bordean la parte Norte de la
propiedad, son parte del área preferida por las tortugas marinas para
sus anidages. Ese segmento también se extiende al Balneario "Seven
Seas".
Las dunas de arenas y las praderas marinas donde abunda la
vegetación preferida por las tortugas y los manatíes crean el habitat
119
Plan Conceptual de Desarrollo Turístico de la Costa Nordeste de Puerto Rico
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CONVENIO NORTE
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LEYENDA:
ZONAS INTERNABLES
LIMITE DE FINCAS
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CIAPA DE ZOHAS DE COSTERAS y PLAYAS
ALIANZA ESTRATÉGICA ENTRE LAU
DE PLANIFICACIÓN Y LA COMPAÑÍA DE TURISMO
69
Plan Conceptual de Desarro... furístico de la Costa Nordeste de Puerto Rico
MAPA DE ZONAS DE INUNDACIONES, BARRERAS COSTERAS Y PLAYAS
BARRERAS COSTERAS
LIMITE DE FINCAS
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LEYENDA:
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JUNTA DE PLANIFICACION
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SEVEN SEAS
BALNEARIO
Ensenada
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70
ALIANZA ESTRATÉGICA ENTRE LA JUNTA DE PLANIFICACIÓN Y LA COMPAÑÍA DE TURISMO
idónco para que dichas especies acudan para su alimentación y/o sus
anidages. Abunda también la "vegetación siempre verde del litoral", la
cual es útil para las tortugas que su ruta de regreso hacia el mar luego
de sus anidages.
También, en torno a la Laguna Aguas Prietas, se desarrolla el habitat
de la Paloma Cabeciblanca y el Pelícano Pardo. Estas son otras especies
que se encuentran en peligro de extinción y que se relacionan a los
recursos de las propiedades de "Seven Seas" y la Finca Convento Norte.
Más de 40 especies migratorias relacionan ésta área como su habitat en
determinada época del año.
Proyectos a Desarrollar en la Finca El Convento Norte y Seven Seas
Se proponen actividades propiamente de Ecoturismo:
Paseos Tablados
Torres de Observación Aérea y/o Submarina
Instalaciones de bajo impacto relativas al "snorkeling" y el buceo
Teatro al Aire Libre
Areas para la Contemplación
Campos de golf con mínimo movimiento de tierra y la mínima
utilización de fertilizantes orgánicos.
120
Estas propiedades contienen altos valores ecológicos y debe
permanecer en su gran mayoría como Reserva Natural, lo cual
mediante medidas de conservación y mitigación puede ser de gran
atractivo para desarrollos enmarcados en el concepto ecoturístico.
Aquella área de Convento Norte que colinda con Convento Sur y
Paulina se tratará como una zona de transición que permitirá los
accesos, luces y vistas necesarias para los proyectos que se lleven a
cabo.
El área de Las Croabas, localizada al final de la Carretera Estatal PR-987,
posee un alto potencial para convertirse en una simpática Villa
Pesquera. Próxima a puntos turísticos importantes como el Hotel
Conquistador, el Balneario "Seven Seas" y el Faro Cabezas de San Juan,
entre otros, Las Croabas cuenta con condiciones únicas; tales como su
valor escénico, accesibilidad al amplio litoral costero y escala peatonal.
Además, la actividad típica gastronómica ya es muy conocida en Puerto
Rico. Las acciones recomendadas son:
1. Limpieza de la playa.
2. Conexión lineal del sector a través de un paseo tablado para crear
un parque recreativo frente a la Bahía al cual le sirven de apoyo
los comercios desarrollados en el sector.
121
3. Tratamiento paisajista.
4. Diversificación de usos para acomodar Paradores, tiendas, cafés, etc.
FINCA CONVENTO SUR
Area
Esta finca es propiedad privada y está localizada en el Bo. Quebrada
Fajardo. La finca es propiedad de la Familia Fernández Cerra. La
misma tiene una cabida de aproximadamente de trescientos ochenta
(380) cuerdas y es marcadamente diferente a Convento Norte en
términos ecológicos.
Topografía e Inundabilidad
Esta propiedad es predominantemente llana con una pequeña porción
inundable. Sus segmentos de mayor relieve se encuentran en el
extremo este que comprende el límite de la jurisdicción de los
Municipios de Luquillo y Fajardo.
Barreas Costeras
A diferencia de la Finca Convento Norte, esta propiedad se encuentra
fuera de la delimitación de Barreras Costeras. Esta condición la hace
más favorable para desarrollos diversos desde la perspectiva turística.
122
Plan Conceptual de Desarrollo Turístico de la Costa Nordeste de Puerto Rico
Pristas
JUNTA DE PLANIFICACION
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(480
JOAN
CONVENTO SUR
Punio
Garda
LEYENDA,
TONAS INUNDABLES
LIMITE DE FINCAS
BARRERAS COSVERAS
MAPA DE ZONAS DE INUNDACIONES, BARRERAS COSTERAS Y PLAYAS
ALIANZA ESTRATÉGICA ENTRE LAJU DE PLANIFICACIÓN Y LA COMPAÑÍA DE TURISMO
73
Especies en Peligro de Extinción
La Finca Convento Sur no tiene accesos al área de playa, según se
refleja en el Mapa de Ubicación de la propiedad y está bastante alejada
de los humedales de la Laguna Aguas Prietas. No hay evidencia de que
las especies en peligro de extinción que se relacionan a las Fincas
Convento Norte y Seven Seas habiten en dicha propiedad.
Proyectos a Desarrollar
Los usos recomendados para esta finca son hoteles, condohoteles, villas
turísticas, desarrollos residenciales y/o comerciales según lo
estipulado en la tabla de zonificación permitida en este documento,
incluyendo actividades recreativas asociadas al turismo; tales como
parques, plazas y campos de golf.
FINCA JOSEFA
La Finca Josefa es propiedad de varios dueños del sector privado. Su
tamaño comprende un área de 660 cuerdas. El área apta para
desarrollo comprende más de 370 cuerdas, aproximadamente.
La propiedad está ubicada al Sur de la desembocadura del Río Fajardo.
Estos terrenos en su mayoría fueron de alta productividad agrícola (A-
1). Próximo a la finca radica el Bosque Estatal de Ceiba (B-2), el cual
esta ubicado al Sur de la desembocadura del Río Fajardo. La Finca
Josefa está incluida en la Zonificación Especial de los terrenos rurales
123
de los municipios que circundan El Bosque Nacional del Caribe (El
Yunque).
Humedales y Barreras Costeras
A través de los terrenos de esta propiedad están localizados,
principalmente al centro y Norte de la misma humedales estuarinos.
Los mismos se originan a raíz de las corrientes del Río Fajardo y la
Quebrada Mata Redonda. A lo largo del litoral costero proliferan los
humedales marinos.
Las áreas de humedales de los terrenos de la finca propuesta para
desarrollos se encuentran principalmente en la parte Norte de la
propiedad. Los humedales en el extremo Norte de la finca
corresponden al Río Grande de Fajardo. Los mismos ocupan un área de
aproximadamente cincuenta (50) cuerdas.
En el centro Norte aparecen otras treinta (30) cuerdas de humedales a
lo largo del segmento de la Quebrada Mata Redonda que cruza la
propiedad de Oeste a Este.
Los humedales al extremo Norte están clasificados como Zona I, según
se indica en los Mapas de la Junta de Planificación de Zonas
Susceptibles a Inundaciones, por lo que no puede haber desarrollo
alguno en esa porción. Los humedales que se forman a lo largo del
segmento de la Quebrada Mata Redonda que cruza la finca están
clasificados como Zona-2.
124
Contiguo y al Noreste (Zona I) de la finca aparecen los terrenos de la
propiedad Santa Rita, los cuales están clasificados también como Zona I
y están zonificados como Distrito Turístico Selectivo (D.T.S.). En
dirección Este hacia el litoral costero existe una franja zonificada
Conservación de Recursos Uno (CR-1). Contigua a esa franja y hasta la
costa misma aparece una extensa área de bosques de mangle (B-2) la
cual se extiende desde la desembocadura del Río Fajardo hasta Punta
Barrancas. Es importante señalar que la propiedad se encuentra fuera
del área demarcada como barrera costera. Es decir, el territorio
incluido por tal demarcación se encuentra al Este de la Finca Josefa sin
incluir ninguna porción de dicha propiedad.
Topografía
Los terrenos más llanos de la finca se ubican al centro de la misma.
Este sector comprende unas setenta (70) cuerdas. El resto de la
propiedad (sector Sur) es de una topografía con altura de 50-100
metros.
Especies en Peligro de Extinción
El litoral costero que se extiende a lo largo del límite Este de la finca
está dentro del sector identificado como área sensitiva al desarrollo de
marinas, según lo señala el documento: "Guías para la Ubicación de
Marinas en Puerto Rico, Area Este" del Departamento de Recursos
Naturales y Ambientales y está en un área identificada con prioridad
125
Plan Conceptual de Desarrollo Turístico de la Costa Nordeste de Puerto Rico
FINCA JOSEFA
X
JUNTA DE PLANIFICACIÓN
B-RADA
R
Zip
LEYA NDA: LEYINDA:
TONAS INTERABLES
LIMITE DE FINCAS
MAPA DE ZONAS DE INUNDACIONES, BARRERAS COSTERAS Y PLAYAS
BARRERAS
ALIANZA ESTRATÉGICA ENTRE LA JUNTA DE PLANIFICACIÓN Y LA COMPAÑÍA DE TURISMO
75
para la conservación de especies en peligro de extinción por el
Programa Pro-Patrimonio Natural del D.R.N.A. Este sector es el
segundo lugar con más alto porcentaje de manatíes avistados en Puerto
Rico. A tales efectos debe de tomarse en consideración esta situación al
proponer en esta área un proyecto como marinas las cuales atentarían
contra el habitat de esa especie.
Se ha auscultado la posibilidad de utilizar el canal de inundaciones
para tener acceso al mar, pero según el D.R.N.A. las obras de control de
inundaciones no contemplan la canalización o mejoras al cauce
existente del Río Fajardo. De hecho, el valle aluvial al lado Este del río,
continuará siendo inundable por desbordamiento y sujeto a
inundaciones según el Plan recomendado por el Cuerpo de Ingenieros
del Ejército.
Proyectos a Desarrollar
Aledaños a esta propiedad e integrándose a sus ecosistemas se
encuentra el área de manglares previamente mencionados
correspondientes al Bosque Estatal de Ceiba. Específicamente ese
segmento Norte posee un alto valor ecológico. Por otro lado, la riqueza
de la biodiversidad se complementa con los elementos faunísticos
críticos presentes tales como la Paloma Cabeciblanca (Columba
Leucocephalia) el Pato de Quijada Colorada (Anas Bahamensis) el
Manatí (Trichechus Manatus) y las Tortugas Marinas, Carey de Concha
(Eretmochelys Imbrica) y Tinglar (Dermochelys Coriacea).
126
La porción peninsular del Bosque Estatal de Ceiba, segmento Norte,
bordeado por el Río Fajardo es uno de los ecosistemas más valiosos por
lo cual no se alientan desarrollos en dicha área. Se recomienda tanto
por entidades gubernamentales como por ambientalistas que se
mantega intacta aún con posterioridad a que pueda ser desarrollada
del resto del bosque por el establecimiento de las obras propuestas por
el Cuerpo de Ingenieros del Ejército de Estados Unidos. Tal proyecto
consiste de diques a lo largo de la ribera Norte del Río Fajardo desde la
Carretera Estatal PR-3, hasta la desembocadura del mismo en la
colindancia con el Bosque de Ceiba.
La condición marcada de inundabilidad de estos terrenos presupone
propiciar desarrollos cónsono con el ambiente de una escala que
permita anticipar y controlar sus impactos de manera que no se
afecten los recursos naturales ni la belleza y diversidad lo cual es el
atractivo principal para el turista.
El uso de los terrenos en esta finca debe enmarcarse en la recreación.
No obstante, quedan disponibles algunos bolsillos que desarrollados
ciudadosamente, pueden tolerar en uso más intenso ya sea actividad
hotelera, comercial o residencial. Esta finca también ofrece una gran
oportunidad para el establecimiento de proyectos agro-industriales de
alta tecnología que podría servir de apoyo a la industria turística del
sector y constituir un atractivo por sí solo como mostrador de
productos autóctonos como en otros lugares del mundo.
127
De esta manera se minimiza el impacto ambiental a la vez que se promueve el
uso óptimo de los recursos, y se propicia un desarrollo que al conservar y
preservar los ecosistemas propende a un desarrollo económico sustentable.
La Finca Josefa es el enlace entre infraestructura de transportación aérea y
marítima, el Bosque de Ceiba y las instalaciones turísticas de la Marina Puerto
del Rey. Su desarrollo brindaría continuidad a la actividad turística y
completaría un circuito de amenidades.
128
TABLA DE ZONIFICACION
TIPO
PARAMETROS MAXIMOS
VILLAS TURISTICAS
Separadas
5 unidades de vivienda básica por cuerda
Agrupadas (clostered)
40 unidades de vivienda básica por
cuerda
HOTELES
25 UNIDADES DE VIVIENDA BASICA POR
CUERDA
CONDOHOTELES
40 UNIDADES DE VIVIENDA BASICA POR
CUERDA
HABITACIONES POR CUERDA
APARTAMENTOS
40 UNIDADES DE VIVIENDA BASICA POR
CUERDA
RECREACION COMERCIAL
CT-2
VIVIENDA UNIFAMILIAR
R-1/900 METROS CUADRADOS
VIVIENDA DE INTERES SOCIAL
1.5 POR CADA HABITACION DE HOTEL
CON ALCANTARILLADO SANITARIO
(BAJO EL PARAMETRO DE VIVIENDA
DE LA JP-242)
CAMPO DE GOLF
KIOSKOS
CT-1
AGRO-INDUSTRIAL
129
La parte interesada podrá someter un uso específico 0 una combinación de
éstos siempre y cuando se cumpla con todos los requisitos reglamentarios aquí
establecidos en adición a las facilidades de estacionamiento, áreas verdes,
reforestación, amenidades turísticas (piscinas, canchas, paseos, veredas, etc.),
Zonas de amortiguamiento, etc. Se le dará especial atención a los recursos
naturales existentes, tales como: mangles, quebradas, ríos, anidaje de tortugas,
etc., para lo cual se someterán medidas de mitigación para conservar los
mismos.
Para la conversión de los proyectos propuestos a unidades de vivienda básica se
utilizará la siguiente relación acorde con el Reglamento de Planificación Núm.
4, mejor conocido como Reglamento de Zonificación de Puerto Rico:
Número de Dormitorios
Equivalencias en Términos de
por Unidad
Unidad de Vivienda Básica
0 (Estudio o "Efficiency)
0.4
1
0.6
2
0.8
3
1.0
Cuando se provean más de tres (3) dormitorios por unidad de vivienda, cada
dormitorio adicional se computará a razón de 0.2 unidades de vivienda básica
adicionales.
130
V. INSTRUMENTOS DE IMPLANTACION
A. Zonificación
Los distritos de la zonificación especial están fundamentados en el
Reglamento de Planificación Núm. 4. Los usos contemplados deben de
ubicarse en el contexto de un área de planificación especial. Los altos
valores ecológicos, la diversidad en los ecosistemas enmarcados en el
objetivo de propiciar un desarrollo que no conflija con la
preservación y la conservación de los recursos requieren que se
defina el área de intervención en tales términos. Las normas y
disposiciones del Plan Conceptual de Desarrollo Turístico del Nordeste,
se enmarcan en el Reglamento de Zonificación de Puerto Rico
(Reglamento de Planificación Núm. 4). Sin embargo, en términos de
zonificación, por el carácter especial del área de intervención, no se
limitan en su particularidad ni en su alcance por las contenidas en
dicho reglamento. Simultáneamente, al considerar dicha área como
una de planificación especial, desde el punto de vista normativo y con
relación a la asignación e intensidad de usos, se le confiere relevancia
y gran peso en la toma de decisiones a los impactos anticipables de los
desarrollos y sus respectivas instalaciones sobre los recursos de los
segmentos particulares de las propiedades que integran el área de
intervención e implantación.
131
Dado que la actividad económica central en torno a la cual se ha de
propiciar el desarrollo es el turismo, la zonificación a utilizar es parte
de la que corresponde a la zona de interés turístico delimitada en esa
área del Nordeste de Puerto Rico. Esta zonificación, a la vez que crea
las condiciones para actividades propiamente dirigidas al turismo,
también le confiere gran importancia al elemento de la conservación.
La mezcla de usos es otro objetivo que está implícito en la zonificación
desarrollada para el área. A su vez, esa mezcla nos permite tomar en
consideración características bien particulares por segmento de las
propiedades al momento de determinar cuales actividades específicas
propiciar en determinado lugar.
El producto esperado viene a ser una infraestructura turística donde
se combinen las hospederías e instalaciones recreativas con la
actividad comercial y las áreas residenciales para variados mercados.
B. Normas Especiales y Parámetros de Diseño
Se adoptarán criterios uniformes con relación a diseño y uso. Por otro
lado, se podrá aumentar la densidad siempre y cuando se justifique que
se mejorará significativamente la actividad económica del área y que
podrán controlar los impactos predecibles de los proyectos sobre los
recursos naturales.
132
El Concepto de Capacidad de Acarreo del Area de Implantación se
utilizará al momento de evaluar los impactos estimados del conjunto de
los proyectos sobre el área.
Luego de determinar el límite tierra adentro de la Zona Marítimo
Terrestre y estableciendo a partir de éste una separación de 1,000 pies
lineales, se podrán permitir proyectos recreativos pasivos de áreas de
alta sensitividad ecológica.
La Zona Marítimo Terrestre según se define en el Reglamento de
Zonificación de la Zona Costanera y de Accesos a las Playas y Costas de
Puerto Rico (Reglamento de Planificación Núm. 17) es "el espacio de las
costas de Puerto Rico que baña el mar en su flujo y reflujo en donde
son sensibles las mareas y las mayores olas en los temporales en donde
las mareas no son sensibles e incluye los terrenos ganados al mar y los
márgenes de los ríos hasta el sitio en que sean navegables o se hagan
sensibles las mareas; y el término, sin condicionar, significa la zona
marítima terrestre de Puerto Rico."
Altura de edificaciones
La Altura de las edificaciones próximas al litoral costero no deben de
exceder de cuatro (4) plantas 6 12 metros de altura, aproximadamente.
Según se van retirando de dicha área hacia el interior del litoral y
tomando en consideración las características particulares del lugar de
ubicación, se podrán aceptar considerar mayores.
133
Plan Conceptual de Desarrollo Turístico de la Costa Nordeste de Puerto Rico
ViSUALES
A
OPTIMIZAR VISUALES APROVECHANDO LA TOPOGRAFiA
HACIA FRENTE DE FINCAS
HACIA INTERIOR DE FINCAS
- MENOR DENSIDAD
- MAYOR DENSIDAD
- MENOR ALTURA
- MAYOR ALTURA
MAYOR SEPARACION
- MENOR SEPARACION
MC
N4-
HI
Q
Q
0
9
9
a
9
2-4 PISOS
4
6
PISOS
ZONA
MARITIMO
TERRESTRE
RELACION DE LA SEPARACION Y ALTURAS DELOS DESARROLLOS RESPECTO A LAS FINCAS
ALIANZA ESTRATÉGICA ENTRE LA JUNTA DE PLANIFICACIÓN Y LA COMPAÑÍA DE TURISMO
81
Plan Conceptual de Desarrollo ristico de la Costa Nordeste de Puerto Rico
DESARROLLOS
VISUALES
CALLE
MAR
DESARROLLOS PERPENDICULAR A LA LINEA DE COSTA Y/O
VISUALES
82
ALIANZA ESTRATÉGICA ENTRE LA JUNTA DE PLANIFICACIÓN Y LA COMPAÑÍA DE TURISMO
Plan Conceptual de Desarrollo Turístico de la Costa Nordeste de Puerto Rico
VISUALES
OPTIMIZAR VISUALES APROVECHANDO LA TOPOGRAFiA
HACIA FRENTE DE FINCAS
HACIA INTERIOR DE FINCES
- MENOR DENSIDAD
- MAYOR DENSIDAD
- MENOR ALTURA
- MAYOR ALTURA
- MAYOR SEPARACION
- MENOR DEPARACION
MC
N4-
HI
a
Q
0
9
Q
0
©
2-4 risos
6 PISOS
ZONA
MARITIMO
RELACION DE LA SEPARACION Y ALTURAS DE LOS DESARROLLOS RESPECTO A US FINCAS
ALIANZA ESTRATÉGICA ENTRE LA JUNTA DE PLANIFICACIÓN Y LA COMPAÑA DE TURISMO
83
Plan Conceptual de Desar.
Turístico de la Costa Nordeste de Puerto Rico
OCCO
RÍO
BOSQUE
IMPACTO MINIMO EN Las RECURSOS NATURALES DE IHPORTANCIA
84
ALIANZA ESTRATÉGICA ENTRE LA JUNTA DE PLANIFICACIÓN Y LA COMPAÑÍA DE TURISMO
Declaración de impacto ambiental
Todo proyecto de desarrollo o de provisión de infraestructura
requerirá la preparación de una Declaración de Impacto Ambiental
según se establece por la Ley Sobre Política Pública Ambiental, Ley
Núm. 9 del 18 de junio de 1970, según enmendada.
Esta Ley dispone la política pública del Gobierno de Puerto Rico en
cuanto a la conservación de los recursos naturales y el ambiente;
reconoce la importancia critica de restaurar y mantener las
condiciones bajo las cuales el hombre y la naturaleza podrían existir
en armonía productiva; y ordena a las entidades gubernamentales que
al implantar la política pública indicada se cumpla con una
declaración escrita y detallada sobre el impacto ambiental de
legislación, acción o decisión que afecte significativamente la calidad
del ambiente.
En la Declaración de Impacto Ambiental, se identificarán y evaluarán
las alternativas razonables que existen para las acciones propuestas,
las cuales aminorarán o minimizarán los posibles efectos adversos de
dichas acciones sobre la calidad del ambiente.
Desarrollo perpendicular a la zona marítimo terrestre y línea de costa
No se permitirán desarrollos paralelos a la zona marítimo-terrestre;
deben de ser perpendiculares. El propósito es evitar que los impactos
de los desarrollos afecten los recursos de dicha zona.
134
Prevalecen criterios de área especial de planificación
Dado que el área de intervención donde se construirán las
instalaciones se considera especial por sus ecosistemas y valores
ecológicos, los criterios que la definen como tal prevalecen al
momento de asignar usos, intensidad de usos, altura de las edificaciones
y otras características estructurales relacionadas.
Conexión entre los Desarrollos
Con el propósito de mitigar el impacto del desarrollo en términos de
tránsito y de dar identidad propika a lo propuesto, este Plan
recomienda una calle interna, que provea comunicación directa a las
fincas, desde la PR-3 hasta la PR-987. Dicha arterial contará con un
tratamiento paisajista uniforme y los dueños serán responsables de
construir la porción correspondiente a su finca. La ARPE velerá
porque exista una coordinación adecuada entre los dueños y las
agencias concernidas para su discño y ubicación exacta.
VI.
OTROS MECANISMOS EN LA FASE DE IMPLANTACION
A. Permisos
Todo proyecto que cumpla con los parámetros generales dispuestos en
este Plan podrá ir directamente a la Administración de Reglamentos y
Permisos (ARPE) con un Desarrollo Preliminar y efectuar el proceso de
la Declaración de Impacto Ambiental, según se establece por la Ley #9,
135
con dicha agencia. Nos obstante, cualquier variación 0 excepción al
Plan se efectuará mediante el mecanismo del Comité Junta-ARPE para
garantizar su integridad.
La evaluación de los proyectos para cumplir con ese propósito esencial
tiene como marco de referencia la zonificación específica de ese
segmento donde solicita ubicarse dicho proyecto.
Se crearán mecanismos que a la vez que adoptan este proceso
mantengan los propósitos esenciales del proceso adjudicativoevaluativo.
Por otro lado, se cuenta con la participación de agencias relacionadas;
tales como el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, el
Instituto de Cultura Puertorriqueña ( a través del Consejo Arqueológico
Terrestre), las agencias de infraestructura y otros organismos que
emitiran comentarios y recomendaciones al respecto.
B. Componente de participación ciudadana en las actividades económicas
y socioculturales a realizarse
Un aspecto normativo importante consiste en que el Plan incorpore los
recursos humanos con diversas destrezas y capacidades entre la
población de los municipios donde se ubican los terrenos en los que se
llevará a cabo la fase de implantación.
136
La gestión comunal, institucional, de entidades que administran áreas
de valor ecológico como la referente al Bosque Nacional del Caribe y
los gobiernos municipales del área deben de integrarse y participar de
diversas maneras de forma tal que el Plan, en su fase de implantación,
cree actividades de beneficios económicos donde se desarrolle una
participación efectiva de los habitantes del área Nordeste de Puerto
Rico. En estos términos se hará mas efectiva la implantación debido a
que los recursos humanos de dichos municipios del Nordeste se
identificarán con el mencionado Plan. La integración ayudará
significativamente al éxito de la implantación.
El desarrollo turístico es la variable económica central en torno a la
cual se interesa impulsar el desarrollo y crecimiento económico. El
concepto de desarrollo en sí presupone una activa participación de los
recursos humanos donde se implanta el Plan con este carácter. El Plan
provee para también desarrollar otras actividades económicas
indirectamente ligadas a la actividad turística, que también propicien
el crecimiento económico y las oportunidades de empleo de la
población del área. Una instalación industrial, luego de evaluar y
seleccionar una correcta ubicación puede ser considerada para
mezclarse con otros usos.
Este componente en la fase de implantación asegura que una parte de
los beneficios que produce la actividad económica sea directamente
recibida por los ciudadanos residentes del área de implantación y las
137
áreas circundantes. Insumos obtenidos en la vista pública de
diciembre de 1994, nos señalan la importancia de este asunto.
Se han identificado unos asentamientos comunales, entidades
administrativas de conservación de recursos ambientales,
instituciones y organismos de otra índole donde se plantea una
disposición a integrar sus esfuerzos, proyectos, recursos humanos y
económicos en la dirección previamente señalada.
A modo de ejemplo mencionamos la Administración del Bosque
Nacional del Caribe (El Yunque). La comunicación y participación con
la Junta de Planificación y otras entidades le ha permitido traer
asuntos de interés para la conservación de El Yunque y también para
el desarrollo económico del área Nordeste.
En este contexto se ubica el concepto del Centro del Bosque Tropical El
Portal. Este tiene tres componentes principales:
Servicios de recreación y exhibiciones para que la visita a El
Yunque pueda ser más amena. El Portal tendrá 10,000 pies
cuadrados del área de exposición para recibir un millón de
visitantes al año. Servirá como atracción y como base para el
ecoturismo en bosques tropicales en la isla.
Un programa de educación ambiental para escolares que estimule
una mejor comprensión de la conservación y administración de los
recursos naturales y el papel que desempeña.
138
Un programa de adiestramiento para administradores forestales del
mundo entero, con énfasis en el Caribe y America Latina.
Al observar las edificaciones correspondientes a la primera fase
encontramos que El Portal es una hermosa joya arquitectónica que
resuelve la contradicción entre conservación y proceso de edificación
al interior de las áreas de alto valor ecológico.
Los asentamientos comunales se ejemplifican en el Barrio Palmer en
Río Grande. Es una comunidad que vincula lo rural y lo urbano; la
diversidad de servicios que podría ofrecer y el gran número de
familias que la habitan la definen como un asentamiento que puede
ser integrado a la actividad turística a desarrollarse. En este momento
se están canalizando recursos a nivel municipal y de la Administración
del Bosque Nacional del Caribe (El Yunque), para el mejoramiento
socioecómico de la comunidad. Otros asentamientos también serán
incorporados a través de toda el área de implantación.
El sector comercial e industrial también tiene ante sí diversas opciones
para integrarse al proceso de desarrollo económico del área Nordeste
de Puerto Rico.
C. Financiamiento
La Compañía de Fomento Turístico junto al sector privado ha delineado
una serie de mecanismos y fuentes de financiamiento mediante los
cuales se desarrollarán los proyectos y actividades. Se han
139
desarrollado entre el sector gubernamental y el sector privado una
serie de intercambios preliminares en torno al asunto de fuentes y
mecanismos posibles a considerar. Una opción adicional la constituye
la gestión del Banco Gubernamental de Fomento en asesorar con
relación a la óptica gubernamental.
D. Nuevas competencias
A raíz de la implantación por los mecanismos de la Ley de Municipios
Autonómos, según enmendada, las nuevas competencias contenidas en
ésta son instrumentos de planificación que pueden incorporarse a los
mecanismos a utilizar para el desarrollo de los diversos usos que
requiere el Plan.
La exacción por impacto (impact fees) es un instrumento que puede
ser utilizado por los gobiernos municipales para establecer convenios
con los desarrolladores; los eslabonamientos pueden ser la alternativa
para que simultáneamente que se crean proyectos relacionados con la
actividad económica se provee la vivienda de interés social que
necesita la población. La dedicación de terrenos para usos comunales a
modo de ejemplo también es un instrumento que propicia que se
desarrollen las instalaciones propias para la actividad recreativacultural.
140
Estos instrumentos de planificación que provee dicha Ley de
Municipios Autónomos junto a otros relacionados al financiamiento
pueden lograr que los proyectos que se desarrrollen sean también
económica y socialmente beneficiosos para los sectores poblacionales
menos favorecidos.
141
BIBLIOGRAFIA
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de 1992,
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(Coastal Barrers Resources Act)
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5. Junta de Planificación Reglamento Sobre Zonas Susceptibles a
Inundaciones
(Reglamento de Planificación Núm. 13
Impresora Junta de Planificación, febrero de 1992
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Impresora, Junta de Planificación, marzo 1983
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Impresora de Junta de Planificación, junio de 1995
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Desorientación de los Neonatos de Tortugas Marinas y la Iluminación
Artificial de Las Playas
Universidad Central de Florida, marzo 1984
9. Municipio de Río Grande y Servicio Forestal de los Estados Unidos
Economic Development Strategy for Palmer Community
Mimeografiado, abril 1994
142