Regl. 7014
Resolución Núm. 3145, Código Eléctrico Nacional y Código Eléctrico de Seguridad.
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Cite as Reglamento Núm. 7014
AEE 11.0-57
ENERGIA
STATE
REV. 9/02
22
&
AUTORIDAD
TUERTO
s
OFFICE
OFICIAL
Núm
7014 29 JUL 2005
Autoridad de Energía Eléctrica de
J. Bouth
Junta de Gobierno
Secretario de Estado
Por:
Secretaria-Auxiliar de Servicios
RESOLUCIÓN NÚM. 3145
POR CUANTO:
Esta Junta de Gobierno adoptó el Código Eléctrico Nacional
mediante la Resolución 2992 del 12 de febrero de 2002.
POR CUANTO:
El Código Eléctrico Nacional y el Código Eléctrico Nacional
de Seguridad son preparados y actualizados por la National
Fire Protection Association, Inc., y los derechos de autor
pertenecen a esta Asociación.
POR CUANTO:
Estos Códigos tienen el propósito de establecer los
estándares de la industria eléctrica para el diseño y
construcción de obras eléctricas. Además, proveen
información para eliminar el riesgo O peligro en las
instalaciones, la operación O mantenimiento de las líneas
eléctricas, líneas de comunicación y del equipo asociado.
De esta forma se protege al personal y las propiedades.
POR CUANTO:
El Director Ejecutivo le recomienda a la Junta de Gobierno
adoptar por referencia el Código Eléctrico Nacional y el
Código Eléctrico Nacional de Seguridad vigentes para
cumplir con lo establecido en la Ley Núm. 83 del 2 de mayo
de 1941, según enmendada, Ley Orgánica de la Autoridad
de Energía Eléctrica y la Ley Núm. 170 del 12 de agosto
de 1988, según enmendada, Ley de Procedimiento
Administrativo Uniforme del Estado Libre Asociado de
Puerto Rico.
POR TANTO:
La Junta de Gobierno de la Autoridad de Energía
Eléctrica, Resuelve que:
PRIMERO: Se adopten por referencia el Código Eléctrico
Nacional y el Código Eléctrico Nacional de
Seguridad, vigentes y cualquier revisión a los
mismos.
APARTADO 364267 CORREO GENERAL SAN JUAN, PUERTO RICO 00936-4267 TELÉFONO: (787) 289-4662 FAX: (787) 289-4660
"Somos un patrono con igualdad de oportunidades de empleo y no discriminamos por razón de raza, color, sexo, religión, nacionalidad,
edad, ideas políticas, impedimento físico 0 mental y condición de voterano do la Era do Vietnam 0 veterano con impedimentos."
Resolución Núm 3145
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SEGUNDO: El Director Ejecutivo está autorizado a iniciar
las gestiones para notificar al público, de
acuerdo con las disposiciones de ley, sobre la
adopción por referencia de los referidos
Códigos.
TERCERO:
El Director Ejecutivo está autorizado a radicar
el Código Eléctrico Nacional y el Código
Eléctrico Nacional de Seguridad en el
Departamento de Estado y efectuar la
presentación en la Biblioteca Legislativa,
posterior al aviso al público.
Aprobada en San Juan, Puerto Rico a los dieciocho días de noviembre de dos
mil tres.
AEE 11.0-57
ENERGIA
REV. 9/02
DE
of
AUTORIDAD
PUERTO
OFF
SELLO
OFICIAL
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico
Junta de Gobierno
CERTIFICACIÓN
División de Certificaciones y Reglamentos
Departamento de Estado
Yo, María E. Hernández Torrales, Secretaria de la Junta de Gobierno de la
Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico, CERTIFICO que la Resolución
3145 que se incluye, mediante la cual se autoriza a la Autoridad que adopte por
referencia el Código Eléctrico Nacional y el Código Eléctrico Nacional de
Seguridad vigentes y cualquier revisión a los mismos, es una copia fiel y exacta
del original, aprobada por la Junta de Gobierno de la Autoridad de Energía
Eléctrica el 18 de noviembre de 2003.
En testimonio de lo cual, firmo la presente certificación y hago estampar en
ella el sello oficial de la Autoridad de Energía Eléctrica, a los doce días de julio
de dos mil cinco.
María E. Hernández 4 Torrales Jonerals
Sello
Secretaria Junta de Gobierno
APARTADO 364267 CORREO GENERAL SAN JUAN, PUERTO RICO 00936-4267 TELÉFONO: (787) 289-4662 FAX: (787) 289-4660
"Somos un patrono con igualdad de oportunidades de empleo y no discriminamos por razón de raza, color, sexo, religión, nacionalidad,
edad, ideas políticas, impedimento físico 0 mental y condición de veterano de la Era de Vietnam 0 veterano con impedimentos."