Regl. 7014

Resolución Núm. 3145, Código Eléctrico Nacional y Código Eléctrico de Seguridad.

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AEE 11.0-57 ENERGIA STATE REV. 9/02 22 & AUTORIDAD TUERTO s OFFICE OFICIAL Núm 7014 29 JUL 2005 Autoridad de Energía Eléctrica de J. Bouth Junta de Gobierno Secretario de Estado Por: Secretaria-Auxiliar de Servicios RESOLUCIÓN NÚM. 3145 POR CUANTO: Esta Junta de Gobierno adoptó el Código Eléctrico Nacional mediante la Resolución 2992 del 12 de febrero de 2002. POR CUANTO: El Código Eléctrico Nacional y el Código Eléctrico Nacional de Seguridad son preparados y actualizados por la National Fire Protection Association, Inc., y los derechos de autor pertenecen a esta Asociación. POR CUANTO: Estos Códigos tienen el propósito de establecer los estándares de la industria eléctrica para el diseño y construcción de obras eléctricas. Además, proveen información para eliminar el riesgo O peligro en las instalaciones, la operación O mantenimiento de las líneas eléctricas, líneas de comunicación y del equipo asociado. De esta forma se protege al personal y las propiedades. POR CUANTO: El Director Ejecutivo le recomienda a la Junta de Gobierno adoptar por referencia el Código Eléctrico Nacional y el Código Eléctrico Nacional de Seguridad vigentes para cumplir con lo establecido en la Ley Núm. 83 del 2 de mayo de 1941, según enmendada, Ley Orgánica de la Autoridad de Energía Eléctrica y la Ley Núm. 170 del 12 de agosto de 1988, según enmendada, Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. POR TANTO: La Junta de Gobierno de la Autoridad de Energía Eléctrica, Resuelve que: PRIMERO: Se adopten por referencia el Código Eléctrico Nacional y el Código Eléctrico Nacional de Seguridad, vigentes y cualquier revisión a los mismos. APARTADO 364267 CORREO GENERAL SAN JUAN, PUERTO RICO 00936-4267 TELÉFONO: (787) 289-4662 FAX: (787) 289-4660 "Somos un patrono con igualdad de oportunidades de empleo y no discriminamos por razón de raza, color, sexo, religión, nacionalidad, edad, ideas políticas, impedimento físico 0 mental y condición de voterano do la Era do Vietnam 0 veterano con impedimentos." Resolución Núm 3145 Página 2 SEGUNDO: El Director Ejecutivo está autorizado a iniciar las gestiones para notificar al público, de acuerdo con las disposiciones de ley, sobre la adopción por referencia de los referidos Códigos. TERCERO: El Director Ejecutivo está autorizado a radicar el Código Eléctrico Nacional y el Código Eléctrico Nacional de Seguridad en el Departamento de Estado y efectuar la presentación en la Biblioteca Legislativa, posterior al aviso al público. Aprobada en San Juan, Puerto Rico a los dieciocho días de noviembre de dos mil tres. AEE 11.0-57 ENERGIA REV. 9/02 DE of AUTORIDAD PUERTO OFF SELLO OFICIAL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico Junta de Gobierno CERTIFICACIÓN División de Certificaciones y Reglamentos Departamento de Estado Yo, María E. Hernández Torrales, Secretaria de la Junta de Gobierno de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico, CERTIFICO que la Resolución 3145 que se incluye, mediante la cual se autoriza a la Autoridad que adopte por referencia el Código Eléctrico Nacional y el Código Eléctrico Nacional de Seguridad vigentes y cualquier revisión a los mismos, es una copia fiel y exacta del original, aprobada por la Junta de Gobierno de la Autoridad de Energía Eléctrica el 18 de noviembre de 2003. En testimonio de lo cual, firmo la presente certificación y hago estampar en ella el sello oficial de la Autoridad de Energía Eléctrica, a los doce días de julio de dos mil cinco. María E. Hernández 4 Torrales Jonerals Sello Secretaria Junta de Gobierno APARTADO 364267 CORREO GENERAL SAN JUAN, PUERTO RICO 00936-4267 TELÉFONO: (787) 289-4662 FAX: (787) 289-4660 "Somos un patrono con igualdad de oportunidades de empleo y no discriminamos por razón de raza, color, sexo, religión, nacionalidad, edad, ideas políticas, impedimento físico 0 mental y condición de veterano de la Era de Vietnam 0 veterano con impedimentos."
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