Regl. 7606

Enmienda al Reglamento Núm. 4430, Reglamento del Sistema de Anualidades y Pensiones para Maestros. Vigencia 30 días después de su presentación.

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SISTEMA DE RETIRO PARA MAESTROS Núm. 7606 Fecha: 10 de noviembre de 2008 Secretario de Estado Por: Francisco José Martín Caso Secretario Auxiliar de Servicios ENMIENDA AL REGLAMENTO 4430 - REGLAMENTO DEL SISTEMA DE ANUALIDADES Y PENSIONES PARA MAESTROS DEROGACIÓN DE LOS REGLAMENTOS: 1. 5376 REGLAMENTO DE PRÉSTAMOS PERSONALES DE LA JUNTA DE RETIRO PARA MAESTROS DE PUERTO RICO. 2. 5745 NORMAS PARA CONTRATOS DE ADMINISTRACIÓN, MANTENIMIENTO, ARRENDAMIENTO Y OTROS SERVICIOS RELACIONADOS A BIENES INMUEBLES DEL SISTEMA DE RETIRO PARA MAESTROS. SISTEMA DE RETIRO PARA MAESTROS ENMIENDA AL REGLAMENTO 4430, REGLAMENTO DEL SISTEMA DE ANUALIDADES Y PENSIONES PARA MAESTROS. DEROGACIÓN DE LOS REGLAMENTOS: 1. 5376, REGLAMENTO DE PRÉSTAMOS PERSONALES DE LA JUNTA DE RETIRO PARA MAESTROS DE PUERTO RICO. 2. 5745, NORMAS PARA CONTRATOS DE ADMINISTRACIÓN, MANTENIMIENTO, ARRENDAMIENTO Y OTROS SERVICIOS RELACIONADOS A BIENES INMUEBLES DEL SISTEMA DE RETIRO PARA MAESTROS. ÍNDICE Página ALCANCE 2 BASE LEGAL 2 ENMIENDA 2 A. REGLAMENTO 4430 2 DEROGACIONES 3 A. REGLAMENTO 5376 3 B. REGLAMENTO 5745 3 VIGENCIA 3 1 ALCANCE Para Enmendar el Reglamento 4430, Reglamento del Sistema de Anualidades y Pensiones para Maestros. Para derogar en su totalidad el Reglamento 5376, titulado Reglamento de Préstamos Personales de la Junta de Retiro para Maestros de Puerto Rico y el Reglamento 5745, titulado Normas para Contratos de Administración, Mantenimiento, Arrendamiento y Otros Servicios Relacionados a Bienes Inmuebles del Sistema de Retiro para Maestros. BASE LEGAL Se promulga esta Reglamento para enmendar el Reglamento 4430 y derogar en su totalidad los Reglamentos 5376 y 5745 de conformidad con las disposiciones de la Ley Orgánica para el Sistema de Retiro para Maestros, Ley 91 del 29 de marzo de 2004, según enmendada, y de la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, Ley 170 del 12 de agosto de 1988, según enmendada. ENMIENDA A. Para ser sustituido por un reglamento que será adoptado directamente por la Junta de Síndicos del Sistema de Retiro para Maestros en cuanto a las secciones de la 21 a la 40 y todos sus incisos se enmienda el Reglamento 4430 Reglamento del Sistema de Anualidades y Pensiones para Maestros del 3 de abril de 1991. Tanto en su Índice como en el Cuerpo de su Reglamento se derogan las siguientes secciones: Sección 21 titulada "Préstamos para Viajes Culturales" y todos sus incisos; Sección 22 titulada "Elegibles a Préstamos para Viajes Culturales" y todos sus incisos; Sección 23 titulada "Cuantía y Margen Prestatario en la Concesión para Préstamos Culturales" y todos sus incisos; Sección 24 titulada "Instrucciones Específicas en la Concesión de Préstamos para Viajes Culturales" y todos sus incisos; Sección 25 titulada "Garantía en los Préstamos para Viajes Culturales" y todos sus incisos; Sección 26 titulada "Intereses en Préstamos para Viajes Culturales" y todos sus incisos; Sección 27 titulada "Seguro de Vida Colectivo" y todos sus incisos; Sección 28 titulada "Definiciones (Seguro de Vida Colectivo)" y todos sus incisos; Sección 29 titulada "Personas Cubiertas por el Seguro de Vida Colectivo" y todos sus incisos; Sección 30 titulada "Prueba de Asegurabilidad para el Seguro de Vida Colectivo" y todos sus incisos; Sección 31 titulada "Importe del Seguro de Vida Colectivo" y todos sus incisos; Sección 32 titulada "Fecha de Efectividad del Seguro de Vida Colectivo" y todos sus incisos; Sección 33 titulada "Prima del Seguro de Vida Colectivo" y todos sus incisos; Sección 34 titulada "Certificado del Seguro de Vida Colectivo" y todos sus incisos; Sección 35 titulada "Liquidación Deuda Asegurada" y todos sus incisos; Sección 36 2 titulada "Terminación de la Protección del Seguro de Vida Colectivo" y todos sus incisos; Sección 37 titulada "Trámite Administrativo del Seguro de Vida Colectivo" y todos sus incisos; Sección 38 titulada "Reserva para el Seguro de Vida Colectivo" y todos sus incisos; Sección 39 titulada "Reaseguro del Seguro de Vida Colectivo" y todos sus incisos y la Sección 40 titulada "Terminación del Seguro de Vida Colectivo" y todos sus incisos. La sección 19 titulada "Adquisición de Propiedades Hipotecadas a favor de la Junta" y todos sus incisos fue derogada por el Reglamento 5376, Reglamento para la Concesión de Préstamos Personales de la Junta de Retiro para Maestros de Puerto Rico. La sección 41 titulada "Decisiones del Secretario Ejecutivo y Apelaciones ante la Junta" y todos sus incisos fue derogada por el Reglamento 7053, Reglamento de Procedimiento Adjudicativo del Sistema de Retiro para Maestros. Las secciones 20, 42, 43, 44 y 45 se renumerarán como las secciones 19, 20, 21, 22 y 23 respectivamente al igual que todos sus incisos para que mantenga su correlación en números tanto en el Índice como en el cuerpo del Reglamento. DEROGACIONES A. Se deroga la totalidad del Reglamento 5376, Reglamento de Préstamos Personales de la Junta de Retiro para Maestros de Puerto Rico del 5 de febrero de 1996 para ser sustituido por un reglamento que será adoptado directamente por la Junta de Síndicos del Sistema de Retiro para Maestros. B. Se deroga la totalidad del Reglamento 5745, Normas para Contratos de Administración, Mantenimiento, Arrendamiento y Otros Servicios Relacionados a Bienes Inmuebles del Sistema de Retiro para Maestros del 30 de enero de 1998 por su incompatibilidad con la Ley de Propiedad Horizontal, Ley 103 del 15 de abril de 2003, según enmendada. VIGENCIA Este Reglamento tendrá vigencia el día que sea aprobado por el Departamento de Estado de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme, Ley 170 del 12 de agosto de 1988, según enmendada y la reglamentación vigente. En San Juan, Puerto Rico a 24 de octubre de 2008. dat Harold González Rosado Ángel A. Ortíz García Director Ejecutivo Presidente Junta de Síndicos 3
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