Regl. 7606
Enmienda al Reglamento Núm. 4430, Reglamento del Sistema de Anualidades y Pensiones para Maestros. Vigencia 30 días después de su presentación.
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Cite as Reglamento Núm. 7606
SISTEMA DE RETIRO PARA MAESTROS
Núm.
7606
Fecha:
10 de noviembre de 2008
Secretario de Estado
Por: Francisco José Martín Caso
Secretario Auxiliar de Servicios
ENMIENDA AL REGLAMENTO 4430 - REGLAMENTO DEL SISTEMA DE
ANUALIDADES Y PENSIONES PARA MAESTROS
DEROGACIÓN DE LOS REGLAMENTOS:
1. 5376 REGLAMENTO DE PRÉSTAMOS PERSONALES DE LA JUNTA DE
RETIRO PARA MAESTROS DE PUERTO RICO.
2. 5745 NORMAS PARA CONTRATOS DE ADMINISTRACIÓN,
MANTENIMIENTO, ARRENDAMIENTO Y OTROS SERVICIOS
RELACIONADOS A BIENES INMUEBLES DEL SISTEMA DE RETIRO PARA
MAESTROS.
SISTEMA DE RETIRO PARA MAESTROS
ENMIENDA AL REGLAMENTO 4430, REGLAMENTO DEL SISTEMA DE
ANUALIDADES Y PENSIONES PARA MAESTROS.
DEROGACIÓN DE LOS REGLAMENTOS:
1. 5376, REGLAMENTO DE PRÉSTAMOS PERSONALES DE LA JUNTA DE RETIRO
PARA MAESTROS DE PUERTO RICO.
2. 5745, NORMAS PARA CONTRATOS DE ADMINISTRACIÓN, MANTENIMIENTO,
ARRENDAMIENTO Y OTROS SERVICIOS RELACIONADOS A BIENES
INMUEBLES DEL SISTEMA DE RETIRO PARA MAESTROS.
ÍNDICE
Página
ALCANCE
2
BASE LEGAL
2
ENMIENDA
2
A. REGLAMENTO 4430
2
DEROGACIONES
3
A. REGLAMENTO 5376
3
B. REGLAMENTO 5745
3
VIGENCIA
3
1
ALCANCE
Para Enmendar el Reglamento 4430, Reglamento del Sistema de Anualidades y Pensiones para
Maestros. Para derogar en su totalidad el Reglamento 5376, titulado Reglamento de Préstamos
Personales de la Junta de Retiro para Maestros de Puerto Rico y el Reglamento 5745, titulado
Normas para Contratos de Administración, Mantenimiento, Arrendamiento y Otros Servicios
Relacionados a Bienes Inmuebles del Sistema de Retiro para Maestros.
BASE LEGAL
Se promulga esta Reglamento para enmendar el Reglamento 4430 y derogar en su totalidad los
Reglamentos 5376 y 5745 de conformidad con las disposiciones de la Ley Orgánica para el
Sistema de Retiro para Maestros, Ley 91 del 29 de marzo de 2004, según enmendada, y de la
Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, Ley
170 del 12 de agosto de 1988, según enmendada.
ENMIENDA
A.
Para ser sustituido por un reglamento que será adoptado directamente por la Junta
de Síndicos del Sistema de Retiro para Maestros en cuanto a las secciones de la 21 a la 40 y
todos sus incisos se enmienda el Reglamento 4430 Reglamento del Sistema de Anualidades y
Pensiones para Maestros del 3 de abril de 1991. Tanto en su Índice como en el Cuerpo de su
Reglamento se derogan las siguientes secciones: Sección 21 titulada "Préstamos para Viajes
Culturales" y todos sus incisos; Sección 22 titulada "Elegibles a Préstamos para Viajes
Culturales" y todos sus incisos; Sección 23 titulada "Cuantía y Margen Prestatario en la
Concesión para Préstamos Culturales" y todos sus incisos; Sección 24 titulada "Instrucciones
Específicas en la Concesión de Préstamos para Viajes Culturales" y todos sus incisos; Sección 25
titulada "Garantía en los Préstamos para Viajes Culturales" y todos sus incisos; Sección 26
titulada "Intereses en Préstamos para Viajes Culturales" y todos sus incisos; Sección 27 titulada
"Seguro de Vida Colectivo" y todos sus incisos; Sección 28 titulada "Definiciones (Seguro de
Vida Colectivo)" y todos sus incisos; Sección 29 titulada "Personas Cubiertas por el Seguro de
Vida Colectivo" y todos sus incisos; Sección 30 titulada "Prueba de Asegurabilidad para el
Seguro de Vida Colectivo" y todos sus incisos; Sección 31 titulada "Importe del Seguro de Vida
Colectivo" y todos sus incisos; Sección 32 titulada "Fecha de Efectividad del Seguro de Vida
Colectivo" y todos sus incisos; Sección 33 titulada "Prima del Seguro de Vida Colectivo" y
todos sus incisos; Sección 34 titulada "Certificado del Seguro de Vida Colectivo" y todos sus
incisos; Sección 35 titulada "Liquidación Deuda Asegurada" y todos sus incisos; Sección 36
2
titulada "Terminación de la Protección del Seguro de Vida Colectivo" y todos sus incisos;
Sección 37 titulada "Trámite Administrativo del Seguro de Vida Colectivo" y todos sus incisos;
Sección 38 titulada "Reserva para el Seguro de Vida Colectivo" y todos sus incisos; Sección 39
titulada "Reaseguro del Seguro de Vida Colectivo" y todos sus incisos y la Sección 40 titulada
"Terminación del Seguro de Vida Colectivo" y todos sus incisos.
La sección 19 titulada "Adquisición de Propiedades Hipotecadas a favor de la Junta" y todos sus
incisos fue derogada por el Reglamento 5376, Reglamento para la Concesión de Préstamos
Personales de la Junta de Retiro para Maestros de Puerto Rico.
La sección 41 titulada "Decisiones del Secretario Ejecutivo y Apelaciones ante la Junta" y todos
sus incisos fue derogada por el Reglamento 7053, Reglamento de Procedimiento Adjudicativo
del Sistema de Retiro para Maestros.
Las secciones 20, 42, 43, 44 y 45 se renumerarán como las secciones 19, 20, 21, 22 y 23
respectivamente al igual que todos sus incisos para que mantenga su correlación en números
tanto en el Índice como en el cuerpo del Reglamento.
DEROGACIONES
A.
Se deroga la totalidad del Reglamento 5376, Reglamento de Préstamos Personales
de la Junta de Retiro para Maestros de Puerto Rico del 5 de febrero de 1996 para ser sustituido
por un reglamento que será adoptado directamente por la Junta de Síndicos del Sistema de Retiro
para Maestros.
B. Se deroga la totalidad del Reglamento 5745, Normas para Contratos de
Administración, Mantenimiento, Arrendamiento y Otros Servicios Relacionados a Bienes
Inmuebles del Sistema de Retiro para Maestros del 30 de enero de 1998 por su incompatibilidad
con la Ley de Propiedad Horizontal, Ley 103 del 15 de abril de 2003, según enmendada.
VIGENCIA
Este Reglamento tendrá vigencia el día que sea aprobado por el Departamento de Estado de
conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme, Ley 170 del 12 de agosto
de 1988, según enmendada y la reglamentación vigente.
En San Juan, Puerto Rico a 24 de octubre de 2008.
dat
Harold González Rosado
Ángel A. Ortíz García
Director Ejecutivo
Presidente
Junta de Síndicos
3