Regl. 3248

Resolucióhn RP 16-0-80 (ZIT-20): Adoptando el ma de la Zona de Interés Trurístico del Sector Isla Verde del Municipio de Carolina (Puesto en vigor por el Boletín Administrativo 4022).

Length: 1,084 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 3248

Núm. 3248 In Fecha Moto d4198510:40AM Héctor Luis Acevedo OFICINA DEL GOBERNADOR Secretario de Estado JUNTA DE PLANIFICACION SANTURCE, PUERTO RICO Predium Por: Secretaria Auxiliar de Estado Resolución RP-16-0-80 (ZIT-2) NOV. 6 1980 ADOPTANDO EL MAPA DE LA ZONA DE INTERES TURISTICO DEL SECTOR ISLA VERDE DEL MUNICIPIO DE CAROLINA La Ley 187 del 26 de julio de 1979 declara Zona de Interés Turístico al Sector Isla Verde del Municipio de Carolina. La Junta de Planificacion, de acuerdo a las disposiciones de la Ley 374 del 14 de mayo de 1949, según enmendada, de la Ley 75 del 24 de junio de 1975, según enmendada, y de dicha Ley Núm. 187, tiene la función de delimitar las zonas de interés turístico y,en particular la del Sector Isla Verde. A tono con este marco legal, la Junta desarroll6 una metodología que permitiera delimitar zonas de interés turístico. Esta metodologia comprende la aplicacion de unos criterios al área identificada como turística. E1 primer criterio es que una zona de interés turístico debe caracterizarse por uno O varios de los siguientes elementos: 1. For atractivos turísticos naturales y artificiales. 2. Por producir y/u ofrecer bienes y servicios dirigidos casi exclusivamente a turistas y personas que buscan recreación. 3. For poseer facilidades turisticas, que incluyan facilidades de alojamiento y servicios complementarios como son alimentación, esparcimiento e instalaciones (marinas, funiculares, miradores), como también amenidades publicas y privadas. E1 otro criterio es que una zona de interés turístico debe estar enmarcada, ser dependiente O estar relacionada a un área o centro turístico, mediante una infraestructura de transportes y comunicaciones. Cumpliendo con las disposiciones del Reglamento de Planificación Número 16, Reglamento de Zonas de Interés Turístico, la Junta de Planificación preparó el mapa delimitando Zona de Interés Turístico del Sector Isla Verde. Dicho mapa, además de establecer los limites de las zonas, señala el tipo de zona de interés turístico, de acuerdo a las definiciones del Reglamento. Estado Libre Asociado de Puerto Rice Estado Libre Asociedo de Puerto Rice OFICINA DEL GOBERNADOR OFICINA DEL GOBERNADOR Junta de Planificación JUNTA DE PLANIFICACION (Cont. Resolución RP- 0-80 (ZIT-2) (2) Dado que dicho reglamento dispone en la Seccion 3.02 que en áreas urbanas zonificadas, se usarán los mapas de zonificación vigentes como base para una delimitación sobrepuesta a los diferentes distritos de zonificación, se utilizaron las hojas número 2, 5, 6, 7, 9 y 10 del Mapa de Zonificación del Muncipio de Carolina para la realización del Mapa de Zonas de Interés Turístico. A tenor con las disposiciones de ley, la Junta de Planificación presentó dicho mapa para discusión y comentarios de la ciudadanía en vista pública celebrada el día 11 de julio de 1980. Las recomendaciones hechas por la ciudadanía en la vista pública, fueron evaluadas, incorporando aquellas recomendaciones que se consideraron mejorarían la calidad de vida y del ambiente en el sector. En virtud de la Ley 75, del 24 de junio de 1975, según enmendada, por la presente, esta Junta de Planificación ADOPTA el Mapa de la Zona de Interés Turístico del Sector Isla Verde del Municipio de Carolina, el cual formard parte del Reglamento de Zonas de Interés Turístico (Reglamento de Planificación Número 16). CERTIFICO: Que la anterior es copia fiel y exacta de la Resolución adoptada por la Junta de Planificación de Puerto Rico en su reunión del 6 de noviembre de 1980, la cual fuera aprobada por el Honorable Gobernador el 27 de agosto de 1982, y para su conocimiento y uso general expido y notifico la presente, bajo mi firma y sello oficial de 1a Junta de Planificación, en San Juan, Puerto Rico, hoy ENE. 2 7 1983 Estado Libre Asociedo de Puer to Rice OFICINA DEL GOBERNADOR Lcdo Luis A. Benitez JUNTA DE PLANIFICACION Secretario Certifico que esta es copia fiel y exacta del documento original y para que así conste, firma la presente en San Juan, Puerto Rico aAGO. 2 3 1985 Secretaria Estado Libre Asociado de Puerto Rico OFICINA DEL GOBERNADOR Junta de Planificación POR: chiniana Almisdovar SUBSECRETARIA AUX ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO LA FORTALEZA SAN JUAN, PUERTO RICO Boletín Administrativo Núm. 4022 ORDEN EJECUTIVA DEL GOBERNADOR DE PUERTO RICO PARA APROBAR EL MAPA DE LA ZONA DE INTERES TURISTICO DEL SECTOR ISLA VERDE DEL MUNICIPIO DE CAROLINA POR CUANTO: A tenor con las disposiciones de la Ley Número 374 del 14 de mayo de 1949, según enmendada, y de la Ley Número 75 del 24 de julio de 1975, según enmendada, la Junta de Planificación tiene como función, en coordinación con la Compañía de Turismo, delimitar zonas de interés turístico con el propósito de guiar el uso y desarrollo de terrenos y edificios en esas zonas. POR CUANTO: El Sector Isla Verde del Municipio de Carolina fue declarado Zona de Interés Turístico mediante la Ley 187 del 26 de julio de 1979. POR CUANTO: A tenor con el Reglamento de Zonas de Interés Turístico (Reglamento de Planificación Numero 16), adoptado el 30 de marzo de 1979, la Junta de Planificación preparó el Mapa de Zona de Interés Turístico del Sector de Isla Verde. POR CUANTO: La Junta de Planificación, en el proceso de preparar dicho documento, celebró reuniones técnicas con representantes de la Compañía de Turismo y la ciudadanía y celebró una reunión informativa con los ciudadanos de Isla Verde el día 22 de abril de 1980. POR CUANTO: La Junta de Planificación celebró vista pública el día 11 de julio de 1980 para considerar las recomendaciones de la ciudadanía en general respecto al Mapa de la Zona de Interés Turístico del Sector Isla Verde del Municipio de Carolina. POR CUANTO: La Junta de Planificación, luego de considerar las recomendaciones hechas por la ciudadanía en la Vista Pública, adoptó el "Mapa" el día 6 de noviembre de 1980. POR CUANTO: Yo, Carlos Romero Barceló, Gobernador de Puerto Rico, en virtud de lo dispuesto en la Ley Número 75 del 24 de junio de 1975, según enmendada, APRUEBO, el Mapa de la Zona de Interés Turístico del Sector Isla Verde del Municipio de Carolina. EN TESTIMONIO DE IO CUAL, firmo la presente y hago estampar el Gran Sello del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, en la Ciudad de San Juan, hoy día 27 de agosto de 1982. Romeo Banks CARLOS ROMERO BARCELO Gobernador Promulgada de acuerdo a la Ley, hoy, día 27 del mes agost de 1982 CERTIFICO que esta es copia flei Y exacts del original aprobade for el CARLOS S. QUIROS Goberndor el Secretario de Estado Subsecretario de Estada
Regl. 3248: Resolucióhn RP 16-0-80 (ZIT-20): Adoptando el ma de la Zona de Interés Trurístico del Sector Isla Verde del Municipio de Carolina (Puesto en vigor por el Boletín Administrativo 4022). | Justis AI