Ley 385-2004 art. 3
Artículo 3. Evaluación del Establecimiento de una Zona Especial de Planificación
La Junta de Planificación de Puerto Rico como parte de la evaluación del Plan de Uso de Terrenos de Puerto Rico y en coordinación con el Municipio de Isabela, que a su vez trabaja el Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio, evaluarán la delimitación una o varias zonas Especiales de Planificación que abarquen todo el territorio del Poblado Planas. Para dicha zona o zonas, la Junta estudiará la viabilidad de establecer un plan de desarrollo integrado, y reglamentación que rijan los usos de terrenos, montes, lagos y ríos, recursos mineros y arqueológicos, así como edificaciones, necesarias para estimular el desarrollo del Poblado Planas a tenor con la política pública establecida en el Artículo 2 de esta Ley.