Ley 430-2000 art. 5

Artículo 5. Facultades del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales

Last amended: 2000Year: 2000Length: 68 wordsOfficial source
El Departamento de Recursos Naturales y Ambientales queda investido con los poderes y facultades para adoptar, promulgar y hacer cumplir aquellas reglas y reglamentos necesarios para la adecuada ejecución y administración de esta Ley y para la implantación de la política pública establecida por ésta. Estos poderes y facultades se llevarán a cabo mediante los reglamentos y acciones de supervisión encomendadas a la Oficina del Comisionado de Navegación.
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