Ley 62-2022 art. 6
Artículo 6.
Se ordena al Municipio de Toa Baja, en conjunto con los dueños de los establecimientos comerciales que comprenden la Zona descrita en el Artículo 1 de esta Ley, a desarrollar un logo que los identifique, y a realizar la promoción de dichos establecimientos mediante las redes sociales. Rev. 24 de abril de 2026 www.ogp.pr.gov Página 3 de 4 Ley para Demarcar la Extensión de la Avenida Boulevard de la Urbanización Levittown de Toa Baja como “Zona de Turismo Gastronómico” [Ley 62-2022, según enmendada]