Cód. Mun. P.R. art. 7.102

Artículo 7.102. Exención de Contribuciones sobre la Propiedad

Last amended: 2020Year: 2020Length: 37 wordsOfficial source
La materia prima que se garantice que va a estar destinada a la producción de artículos terminados estará exenta del pago de toda contribución sobre la propiedad mientras se encuentre en poder del productor del artículo terminado.
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