Ley 112-2014 art. 13

Artículo 13. Cláusula Enmendatoria

Last amended: 2014Year: 2014Length: 39 wordsOfficial source
Cualquier referencia al Colegio de Justicia Criminal contenida en cualquier otra ley, reglamento o documento oficial del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, se entenderá enmendada a los efectos de referirse a la Policía de Puerto Rico.
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