Ley 127-2020 art. 3

Artículo 3. Responsabilidad de los distribuidores y mayoristas de gasolina

Year: 2020Length: 165 wordsOfficial source
Los distribuidores y mayoristas de gasolina deberán informar a los detallistas de gasolina todos los aditivos que posea la gasolina antes de ser utilizada, así como certificación de que cumple con la reglamentación federal y estatal. Para el cumplimiento de esta obligación, los distribuidores y mayoristas deberán proveer a los detallistas de gasolina un rótulo, letrero, cartel, pizarra, aviso, publicación, anuncio o cualquier otro medio similar de información en el cual se notificará una dirección de página web o un código de respuesta rápida (quick response code “QR Code”), que pueda ser accedido por los consumidores y mediante el cual puedan obtener toda la información necesaria y más exacta sobre los aditivos que contiene la gasolina en venta. El medio de información seleccionado deberá ser evidente, conspicuo de un tamaño apropiado y permitir que la información sea claramente visible y legible. Rev. 28 de septiembre de 2020 www.ogp.pr.gov Página 2 de 4 “Ley para la Notificación del Contenido de Aditivos en la Gasolina” [Ley 127-2020]
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