Ley 14-1996 art. 19

Artículo 19. Tiempo de reclamación de los incentivos, deducciones y otros beneficios

Last amended: 1996Year: 1996Length: 35 wordsOfficial source
Cualquiera de los incentivos, deducciones y otros beneficios otorgados por virtud de los Artículos 6, 10 y 11 de esta Ley podrá ser reclamado durante años contributivos comenzados antes del 1 de enero de 2015.
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