Ley 14-2025 sec. 14
Sección 14. Remedios Legales
Una persona cuyo ejercicio del derecho fundamental a la libertad religiosa le ha sido violentado según establecido en esta u otra ley, podrá alegar tal violación ya sea como parte demandante o como una defensa en un procedimiento judicial o administrativo (o similar) y obtener la indemnización o reparación adecuada.