Ley 201-2003 art. 5.003
Artículo 5.003. Competencia de los Jueces Superiores
Los jueces superiores ejercerán la competencia sobre todo caso o controversia, conforme la orden dispuesta por el Juez Presidente del Tribunal Supremo como administrador del Tribunal General de Justicia, a tenor con lo dispuesto en esta Ley.